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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 8956
Notificación de Resolución de revocación parcial a los beneficiarios de la ayuda «Fomento de los pastos para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica» RRP1 (anualidad 2019) de fecha 18 de setiembre de 2020, al emparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2015 por la cual se aprueba la convocatoria para el año 2015

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Texto

El apartado 8 de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 26 de febrero de 2015, por la cual se convocan subvenciones para el «Fomento de los pastos para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica», especifica que la Resolución se notificará a las persones interesadas mediante su publicación al Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos que prevé el artículo 45.2 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones publicas.

El expediente ha sido tramitado por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en complimiento del que dispone el artículo 43 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 18 de setiembre de 2020, firmó la siguiente resolución:

 

“RESOLUCIÓN DE REVOCACIÓN PARCIAL

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida 11.2.1- .Fomento de los pastos para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica

Convocatoria: 2015 RRP1

Anualidad: 2019

Antecedentes

Los expedientes tramitados al amparo de la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 28 de febrero de 2015 por la cual se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al Fomento de los pastos para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica se extrae una relación compuesta por:

-Anualidad 2019: 28 expedientes

Dado que los importes pagados de los citados expedientes difieren de los importes autorizados para la campaña 2019.

En el anexo 1 que empieza con el expediente núm. 3/15 a nombre de GUILLEM PONS VINENT y acaba con el expediente núm. 9/15 a nombre de  MARIA JESUS PONS FERRER aparecen los Importes a revocar para la anualidad 2019.

Con fecha  6  de julio de 2020 se publicó en la web del FOGAIBA la propuesta provisional de revocación para que en el plazo de 10 días hábiles se pudiesen presentar las alegaciones pertinentes.Una vez transcurrido este plazo , sin haber recibido ninguna alegacién al respecto se continua con la pertinente tramitacion. 

Fundamentos de derecho

1.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de, 27 de febrero de 2015, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2015 de las ayudas destinadas al "Fomento de los pastos para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica", la Resolución de modificación, de 9 de junio de 2015 y de 30 de junio de 2016, por la que se modifica la Resolución del presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de, 27 de febrero de 2015, por la que se aprueba la convocatoria, para el año 2015, de las ayudas destinadas al Fomento de los pastos para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica.

2.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA), de 22 de julio BOIB núm. 95 de 28 de julio de 2016 por la que se modifican los créditos y las cofinanciaciones de varias convocatorias de subvenciones del FOGAIBA, correspondientes a las medidas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

3.Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1698/2005 del Consejo.

4.Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola Común, por el que se derogan los Reglamentos (CE) núm. 352/78, (CE) núm. 165/94, (CE) núm. 2799/98, (CE) núm. 814/2000, (CE) núm. 1290/2005 y (CE) núm. 485/2008 del Consejo.

5.Reglamento delegado (UE) núm. 640/2014 de la Comisión, de 11 de marzo de 2014, por el que se completa el Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo al sistema integrado de gestión y control y a las condiciones sobre la denegación o retirada de los pagos y sobre las sanciones administrativas aplicables a los pagos directos, a la ayuda al desarrollo rural y a la condicionalidad.

6.Reglamento de ejecución (UE) núm. 808/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER).

7.Reglamento de ejecución (UE) núm. 809/2014 de la Comisión, de 17 de julio de 2014, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) núm. 1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, en lo relativo al sistema integrado de gestión y control, las medidas de desarrollo rural y la condicionalidad.

8.Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la Ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y los pagos al desarrollo rural.

9.Real Decreto 1078/2014, de 19 de diciembre, por el que se establecen las normas de condicionalidad que deben cumplir los beneficiarios que reciban pagos directos o determinadas primas anuales de desarrollo rural, o pagos en virtud de los programas de apoyo a la reestructuración y reconversión o de apoyo a la cosecha en verde, del sector vitivinícola.

10.Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

11.Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

12.Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones.

13.Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

14.Orden del Consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014 a 2020.

15.Ley 12/2014, de 16 de diciembre, agraria de las Islas Baleares.

16.Decreto 65/2007, de 25 de mayo, de constitución, organización y funcionamiento del Organismo Pagador de los gastos del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) y del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en la comunidad autónoma de las Islas Baleares BOIB núm. 082 de 2007; en virtud de la Orden de la Consejera de Agricultura y Pesca de 23 de diciembre de 2005, por la que se dispone la asunción de la ejecución de la política de mejora y fomento de los sectores agrario y pesquero por parte del Fondo de garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares, establece en el artículo 1 que el FOGAIBA asume la ejecución de la política de la Consejería de Agricultura y Pesca referente a la aplicación de las medidas de fomento y mejora de los sectores agrario y pesquero , a partir del 1 de enero de 2006.

17.Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común

18.Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimeiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas.

Resolución de revocación parcial

Por todo esto, dicto resolución en los términos siguientes:

1.Proceder a la revocación de los importes concedidos a los beneficiarios y los expedientes que configuran el anexo 1 que empieza con el expediente núm. 3/15 a nombre de GUILLEM PONS VINENT y acaba con el expediente núm. 9/15 a nombre de MARIA JESUS PONS FERRER para la anualidad 2019 de la línea de ayudas destinada al “Fomento de los pastos para el aprovechamiento de la Ganadería Ecológica”.

2.Publicar la resolución en el BOIB.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 121 y 122 de la Ley 39/92, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común  de las Administraciones Publicas.

 

Palma, 18 de setiembre de 2020

El vicepresidente  del FOGAIBA

Gabriel Torrens Llabrés”

 

ANEXO I: RELACIÓN DE BENEFICIARIOS CON REVOCACIÓN PARCIAL DE LA AYUDA (AERA 2015) RRP1 (anualitat 2019)

NIF/CIF

EXPED

Num sol 2019

Titular

Motivo de reducción

IMPORTE APROBADO 2015

IMPORTE PAGADO 2019

DIFERENCIA

FEADER 2019

MAGRAMA 2019

CAIB 2019

***0974**

3/15

04000688

GUILLEM PONS VINENT

5

1.500,00

1.440,00

60,00

24,60

2,46

32,94

***5326**

96/2015

04000874

ANTONI Mª LLINAS NEBOT

10

1.764,00

1.634,00

130,00

53,30

5,33

71,37

***3474**

102/2015

04001270

FRANCISCO BOSCH TRUYOL

8

4.354,00

4.310,46

43,54

17,85

1,79

23,90

***4020**

7/2015

04001293

JAIME JAUME LLABRES

10

5.828,00

5.678,00

150,00

61,50

6,15

82,35

***2245**

101/2015

04001552

MIGUEL MANRESA CIRER

5

1.260,00

1.050,00

210,00

86,10

8,61

115,29

E07723315

39/2015

04002343

SON GUIEM S.R.M

5

2.850,00

2.790,00

60,00

24,60

2,46

32,94

A07052053

85/2015

04002382

VIVES SERVERA, S.A.

5

2.026,00

2.010,00

16,00

6,56

0,66

8,78

***6895**

71/2015

04002639

CATALINA CONTESTI TERRASA

5

6.560,00

6.222,50

337,50

138,38

13,84

185,29

***7245**

16/2015

04003040

JUAN ADROVER CARDELL

10

1.814,00

1.451,20

362,80

148,75

14,87

199,18

***0599**

34/2015

04003049

JOANA AINA NOGUERA GELABERT

8

1.590,00

1.574,10

15,90

6,52

0,65

8,73

***3122**

75/2015

04003289

BERNARDO MOLL MERCADAL

5

1.778,00

1.600,00

178,00

72,98

7,30

97,72

***2007**

97/2015

04003427

JAIME SUREDA FERRIOL

5

5.225,00

4.570,00

655,00

268,55

26,86

359,60

***0615**

98/2015

04003430

MARGARITA CLADERA SERRA

10

1.890,00

1.512,00

378,00

154,98

15,50

207,52

***0868**

5/2015

04003447

FRANCISCO ADROVER FULLANA

19

3.730,00

3.508,06

221,94

91,00

9,10

121,85

****7984*

52/2015

04003757

GEORG BRAUTIGAM .

7, 19

1.000,00

532,00

468,00

191,88

19,19

256,93

J57965964

13/2015

04003889

BINIBECA NOU SRM

5

6.320,00

6.020,00

300,00

123,00

12,30

164,70

***1982**

90/2015

04004073

MIGUEL MESTRE ARTIGUES

5

1.532,00

1.530,00

2,00

0,82

0,08

1,10

***6524**

84/2015

04004226

LLUIS CIRERA PLANAS

10

12.345,00

11.111,40

1.233,60

505,78

50,58

677,25

***3266**

104/2015

04004252

ANTONIO NOGUERA MORA

5

5.450,00

4.700,00

750,00

307,50

30,75

411,75

J16555674

58/2015

04004306

FINCA MONNABERNOU SC

5

1.550,00

1.526,00

24,00

9,84

0,98

13,18

Q5750018C

68/2015

04004309

INSTITUTO BALEAR DE LA NATURA

5, 10

12.227,50

11.616,60

610,90

250,47

25,05

335,38

E07712094

19/2015

04005085

SON JOVER I ALGENDARET SRM

2

1.520,00

0,00

1.520,00

623,20

62,32

834,48

***0152**

36/2015

04005177

MARGALIDA MARIA CARBONELL BERGAS

19

3.294,00

3.129,30

164,70

67,53

6,75

90,42

E07712573

59/2015

04005566

PARELLETA SRM

22

1.510,00

0,00

1.510,00

619,10

61,91

828,99

***9899**

83/2015

04005631

JOSE CERDA TORRENS

23

620,00

0,00

620,00

254,20

25,42

340,38

***5114**

48/2015

04005669

ANTONI FELIU POU

10

5.990,00

4.105,60

1.884,40

772,60

77,26

1.034,54

V57779761

57/2015

 

SAT SON JOVER BA 105

21

3.622,00

0,00

3.622,00

1.485,02

148,50

1.988,48

***1940**

9/2015

 

MARIA JESUS PONS FERRER

17

1.390,00

0,00

1.390,00

569,90

56,99

763,11

 

 

 

 

 

100.539,50

83.621,22

16.918,28

6.936,49

693,65

9.288,14

 

 

MOTIVOS DE REDUCCIÓN

1

CAMBIOS SIGPAC

2

SUPERFICIE CERTIFICADA POR EL CBPAE INFERIOR

3

GRUPO DE CULTIVO CERTIFICADO POR EL CBPAE DIFERENTE

4

USO SIGPAC DIFERENTE AL USO DECLARADO

5

NUM DE UGM INFERIOR AL COMPROMETIDO

6

ROTACIÓN DE CULTIVOS

7

SOLICITA MENOS SUPERFICIE QUE LA COMPROMETIDA

8

OMISIÓN DE PARCELAS

9

SUPERFICIE SIGPAC INFERIOR A LA DECLARADA

10

PENALIZACIONES Y SANCIONES PARA CONTROL DE CAMPO

11

PENALIZACIÓN POR PRESENTACIÓN TARDÍA

12

REDUCCIÓN POR DUPLICIDAD DE PARCELAS

13

NINGUNO INFERIOR A 50%

14

RENUNCIA POR PARTE DEL BENEFICIARIO

15

EL GRUPO DE CULTIVO SOLITADO NO ES SUBVENCIONABLE POR ESTA LINEA DE AYUDA

16

EL GRUPO DE CULTIVO NO LLEGA A LA SUPERFICIE MÍNIMA EXIGIDA (2 ha)

17

NO HA PRESENTADO SOLICITUD 2019

18

PENALIZACIÓN POR SOBREDECLARACIÓN (ARTICULO 19)

19

INCUMPLIMIENTO CRITERIOS ADMISIBILIDAD Y COMPROMISOS ( ARTICULO 35)

20

BAJA EN EL CBPAE

21

INCOMPATIBILIDAD CONVOCATORIA AERA2016

22

NO FACILITA EL CONTROL DE CAMPO

23

NO INSCRITA EN EL CBPAE

 

Palma, 18 de setiembre de 2020

El director gerente del FOGAIBA

Mateu Morro Marcé​​​​​​​