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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 8949
Convocatoria de subvenciones en materia de ayuda de alquiler para jóvenes y estudiantes

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Por Decreto de Alcaldía nº 2020-3086de 23 de septiembre 2020, se aprobó  la  siguiente 

“Convocatoria de subvenciones en materia de ayuda de alquiler para jóvenes y estudiantes

1. Objeto

El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas económicas dirigidas a facilitar el acceso y disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a la población más joven, con escasos recursos económicos, a través del otorgamiento de ayudas a los inquilinos, consistentes en la financiación de una parte de la renta que el inquilino debe satisfacer por la vivienda alquilada.

2. Normativa aplicable

La presente convocatoria se somete a la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia (BOIB n.º 66, de 30 de mayo de 2017), así como la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, en el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y su desarrollo mediante el Real decreto de 887/2006, de 21 de julio; la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 40/2015, del 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y al Plan estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Sant Josep para los ejercicios 2020-2022, aprobado por acuerdo del pleno del Ayuntamiento de fecha 17 de junio de 2020 (BOIB n.º 112, de 20 de junio de 2020).

3. Consignación presupuestaria y cuantía de la ayuda

La cuantía máxima de las ayudas que se podrán conceder en esta convocatoria es de 60.000,00 €, con cargo a la partida presupuestaria 1521 48054 con fondo de financiación municipal, condicionado a lo dispuesto en el correspondiente presupuesto de la corporación para el año 2020. La cuantía de la ayuda será de un máximo novecientos euros (900,00 €) y solo se concederá una ayuda por vivienda o por contrato de alquiler. Sin embargo, las personas arrendatarias podrán manifestar la voluntad de que la totalidad de la ayuda sea satisfecha a una de ellas, mediante el anexo 4.

4. Procedimiento de concesión de las ayudas y notificación. Requisitos generales

4.1. Podrán acogerse a esta convocatoria las personas físicas mayores de edad que, en la fecha del último día de presentación de las solicitudes de subvención, no hayan cumplido 39 años, empadronadas en Sant Josep de sa Talaia al menos con dos años de antelación a la fecha de presentación de la solicitud, y que cumplan los siguientes requisitos:

  1. Que sean titulares, en calidad de inquilinos, de un contrato de alquiler de vivienda de una duración mínima de un año. El contrato deberá estar formalizado en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos. La condición de inquilino se acreditará mediante la aportación de este contrato. Los y las estudiantes que no sean los titulares del contrato de alquiler, y lo sean los progenitores, deberán aportar el anexo 5, y presentar el contrato de alquiler y el certificado de convivencia que justifique que forman parte de la misma unidad convivencial, o bien la autorización para consultarlo.

  2. Estar al corriente de pago de las rentas del contrato de alquiler en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda.

  3. Que la vivienda objeto de alquiler esté situada en el término municipal de Sant Josep de sa Talaia, o bien, para los y las estudiantes (que acrediten esta situación con las matrículas correspondientes), que esté en el territorio español.

  4. Que acrediten tener la residencia legal en España, por poseer la nacionalidad española o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza o el parentesco determinado por la normativa que sea aplicable y residir legalmente en España. En el caso de personas extranjeras no comunitarias, se considera que una persona tiene la residencia legal en España cuando es titular de una autorización de residencia de acuerdo con lo establecido en la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, y el Real decreto 557/2011, de 20 de abril que aprueba el reglamento.

  5. Que la vivienda alquilada constituya la residencia habitual y permanente del inquilino o inquilinos y de los integrantes de la unidad de convivencia durante todo el periodo del contrato de alquiler por el que se conceda la ayuda. Esta circunstancia deberá acreditarse mediante un certificado de convivencia que acredite, durante los últimos doce meses o, en su caso, desde la fecha del contrato si no se consiguiera esta duración en la fecha de presentación de la solicitud de la subvención, la identidad de todas las personas físicas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda objeto del contrato de alquiler. Para los y las estudiantes, se deberá acreditar que ha residido en la vivienda alquilada (anexo 4), ya que sólo habrá una ayuda por contrato de alquiler.

  6. Que la renta de la vivienda objeto del contrato del alquiler sea igual o inferior a 1.200,00 € mensuales.

  7. Que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda alquilada, sean o no titulares del contrato de alquiler, cumplan los requisitos de ingresos mínimos y máximos establecidos en estas bases.

  8. Que los ingresos íntegros de la unidad de convivencia no excedan de 22.558,78 € (3 IPREM en 14 pagas 2020) en el caso de que esté formada por una sola persona adulta, y de 3.759,80 € adicionales (0,5 IPREM en 14 pagas 2020) por cada persona más que forme parte de la unidad de convivencia cuando esté formada por más de un individuo.

  9. Estar al corriente de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el propio Ayuntamiento de Sant Josep. Sin embargo, este requisito se podrá enmendar durante el periodo de alegaciones a la resolución provisional de la ayuda mediante el pago de la deuda.

  10. Acreditar el cumplimiento de obligaciones en materia de reintegro de subvenciones que establece el artículo 25 del RLGS.

  11. No encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones, ni haber sido sujeto de una revocación de ninguna de las ayudas que, por causas imputables al solicitante, prevé el Plan estatal de vivienda 2018-2021 o los anteriores planes estatales o autonómicos de vivienda.

4.2 No se podrán conceder las ayudas al alquiler de viviendas cuando el inquilino solicitante o quien tenga la residencia habitual y permanente en la vivienda objeto del contrato de alquiler se encuentre en alguna de las situaciones que se indican a continuación:

a)   

a.1) Para los inquilinos que vivan en Sant Josep: ser propietario o usufructuario de alguna vivienda en España. A tal efecto se considerará que no es propietario o usufructuario de una vivienda si el derecho recae únicamente sobre una parte alícuota de la vivienda y ésta se ha obtenido por herencia. Se exceptúan de este requisito aquellas personas físicas que sean propietarias o usufructuarias y acrediten que no disponen del uso y disfrute por alguna de las siguientes causas:

  1. Separación o divorcio.

  2. Cualquier otra causa ajena a su voluntad, debidamente acreditada.

a.2) Para los y las estudiantes: ser propietario/a de alguna vivienda en la ciudad donde estudia.

b) Tener parentesco de primer o de segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el arrendador de la vivienda.

c) Ser socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúa como arrendador de la vivienda.

5. Régimen de las ayudas

5.1. La concesión de la subvención se llevará a cabo mediante el régimen de concurrencia no competitiva. Sólo podrán obtener subvención aquellos o aquellas solicitantes que, reuniendo los requisitos exigidos, cumplan las condiciones señaladas en la base 4.

En caso de que en el contrato de alquiler figuren varios inquilinos y no especifiquen, en la solicitud o en el contrato, cuál es la parte de la renta que satisface cada uno de ellos, se entenderá que la pagan a partes iguales. En este caso, se repartirá la ayuda de manera equitativa. Sin embargo, los inquilinos podrán manifestar la voluntad de que la totalidad de la ayuda sea satisfecha a uno de ellos, según el anexo 4.

5.2. Se establece como único medio de notificación de todos los actos de trámite y resolutorios o definitivos del presente procedimiento el tablón de anuncios del Ayuntamiento, el de la página web del Ayuntamiento y el de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Josep (www.santjosep.org, santjosep.sedelectronica.es).

5.3. En caso de que el total de ayudas que se deban conceder supere la consignación presupuestaria, se reducirán proporcionalmente las cantidades concedidas.

5.4. Las ayudas objeto de esta convocatoria son compatibles con otras ayudas efectuadas por cualquier otra administración pública o institución privada.

6. Solicitud, plazo de presentación y documentación

6.1. Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y se presentarán:

1. Con certificado digital, a través de la sede electrónica:

SANTJOSEP.SEDELECTRONICA.ES: CATÁLOGO DE TRÁMITES: INSTANCIA GENERAL (mencionando «Convocatoria ayudas alquiler jóvenes»): SUBIR FICHEROS (anexos y documentos escaneados).

2. Sin certificado digital, en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia o en la forma establecida en el art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En este caso se deberá pasar aviso por correo electrónico a la dirección joventut@santjosep.org.

6.2. Los y las solicitantes de la subvención deberán adjuntar a la solicitud (anexo 1) la siguiente documentación:

  1. Identificación de quien suscribe la solicitud y del carácter con que lo hace, mediante copia del DNI, NIF u otro documento acreditativo.

  2. Documentos de identidad de las personas titulares del contrato de alquiler (DNI, NIE o documento equivalente en vigor) y los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.

  3. Anexo 2: modelo de autorización. Este anexo será presentado por el solicitante y titular del contrato de alquiler, por el resto de titulares del contrato, en su caso, y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.

  4. Contrato en vigor de alquiler de la vivienda.

  5. Certificado de matrícula en la universidad, que coincida en cuanto a localización con el contrato de alquiler presentado.

  6. Los justificantes de que el pago del alquiler se ha realizado, por transferencia, a través de una entidad financiera o de crédito o recibidos (en el caso de pagos en metálico) durante el último año o, en su caso, desde la fecha del contrato si tiene una duración menor, y en ambos casos hasta la última mensualidad vencida.

  7. Certificado de convivencia a efectos de determinar que la vivienda alquilada es el domicilio habitual y permanente del inquilino y de los miembros de la unidad de convivencia o autorización expresa para que el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia pueda comprobarlo mediante la presentación del anexo 2 cumplimentado. En el caso de solicitudes realizadas por estudiantes o por sus progenitores, se adjuntará certificado de convivencia, para acreditar a qué unidad de convivencia pertenece el o la solicitante.

  8. Anexo 3: declaración responsable firmada por el solicitante y titular del contrato de alquiler, por el resto de titulares, en su caso, y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años, en la que declararán que:

  • No tienen relación de parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad o de afinidad con el/la arrendador/a.

  • No son socios/as ni partícipes de la persona física o jurídica que actúa como arrendador/a.

  • No incurren en ninguna de las causas de incompatibilidad y que cumplen los requisitos que fija el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones, ni han sido sujeto de una revocación de ninguna de las ayudas que, por causas imputables al solicitante, previsto en el Plan estatal de vivienda 2018-2021 o los anteriores planes estatales o autonómicos de vivienda.

  • Cumplen los requisitos y las condiciones que determinan la concesión de la subvención, que conocen y aceptan íntegramente.

  • Comunicarán al órgano que concede la subvención la modificación de cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos que se exigen para conceder la subvención.

  • Se someterán a las actuaciones de comprobación y cualquier actuación de verificación y control de los órganos competentes.

  • Los y las solicitantes están al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • Saben que, en caso de falsedad de los datos o en la documentación aportada o de ocultación de información, de las que se pueda deducir intención de engaño en beneficio propio o ajeno, se les podrá excluir de este procedimiento y podrán ser objeto de sanción.

  • No es propietario/a o usufructuario/a de vivienda en el territorio español. Se especificará si se está exento de este cumplimiento por las causas que explican en la base 4.

Para los y las estudiantes: declaración responsable de no ser propietario/a de ninguna vivienda en la ciudad, fuera de la isla de Ibiza, donde cursan estudios.

  1. Anexo 4: modelo de comunicación de las personas perceptoras de la subvención (en caso de que los solicitantes deseen manifestar la voluntad de que la totalidad de la ayuda sea satisfecha a uno de ellos/as o que se reparta la ayuda de manera equitativa entre las personas arrendatarias que figuran en el contrato y que cumplan los requisitos de la convocatoria).

  2. Acreditación de los ingresos del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia, mediante la presentación de la declaración de la renta. En caso de no estar obligado a hacer la declaración de la renta y tener algún otro ingreso como pensión, nómina, etc., se deberá presentar documentación que acredite estos ingresos.

  3. Impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentado con los datos bancarios actualizados o certificado de titularidad de cuenta a nombre del/de la solicitante.

  4. Anexo 6: modelo de poder de representación, en caso de presentar la solicitud una persona distinta del solicitante.

6.3. Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el BOIB.

6.4. Enmienda de defectos de las solicitudes

En caso de que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, se requerirá a la/s persona/s peticionaria/s que en el plazo de diez días, a partir del día siguiente de la notificación, presente/n las rectificaciones o correcciones necesarias, con la indicación de que si no lo hace/n se entenderá por desistida la solicitud, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

6.5. Un/a mismo/a aspirante no podrá obtener más de una ayuda.

7. Órgano colegiado

El órgano colegiado realizará la valoración técnica de las solicitudes y elevará un informe al órgano instructor, el cual formulará la propuesta de resolución, que cuando sea definitiva elevará al órgano resolutorio para las oportunas concesiones de subvenciones.

Estará formado por los siguientes miembros:

  • Presidente/a: el/la concejal/a del Departamento de Juventud o persona en quien delegue.

  • Vocales:

—Un/a técnico/a de Educación/Juventud o persona en quien delegue.

—Un/a auxiliar administrativo/a del Departamento de Juventud.

—Un/a técnico/a de administración general del Ayuntamiento.

  • Secretario/a: la de la corporación o persona en quien delegue.

El órgano colegiado tiene atribuidas las siguientes funciones:

  • Analizar y valorar las solicitudes de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en esta convocatoria.
  • Formular el informe de evaluación y elevarlo al órgano instructor.
  • Resolver cualquier duda que se presente en la interpretación y aplicación de esta  convocatoria.

8. Instrucción y resolución

8.1. El órgano instructor del procedimiento será un/a técnico/a del Departamento de Educación/Juventud, que tiene atribuidas las funciones establecidas en el artículo 24 de la Ley general de subvenciones y el artículo 12 de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep.

El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución provisional debidamente motivada, que se notificará a los interesados, concediéndoles un plazo de 10 días, contados a partir del día siguiente de la publicación de la propuesta, para presentar alegaciones y, en su caso, requerir la presentación de la documentación que acredite la realidad de los datos afirmados en la declaración.

Examinadas las alegaciones que, en su caso, hayan presentado los/las interesados/as, el órgano instructor, previo informe del órgano colegiado, formulará la propuesta de resolución definitiva, que deberá expresar la relación de personas solicitantes para las que se propone la concesión de la ayuda. La propuesta de resolución definitiva se elevará al órgano competente para resolver, que dictará resolución definitiva con la lista de los solicitantes que hayan obtenido ayudas y la cuantía de las ayudas concedidas, que se notificará de conformidad con lo se expone en la base 5.2.

La resolución de la concesión, de acuerdo con el artículo 14a de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep, deberá contener la relación de personas beneficiarias a las que se otorga ayuda con las cuantías individualizadas así como la desestimación y la no concesión, por desistimiento, renuncia al derecho o imposibilidad material sobrevenida, de solicitudes no atendidas.

8.2. El órgano competente para resolver las convocatorias de subvenciones es el alcalde de Sant Josep de sa Talaia, sin perjuicio de que pueda ser asistido por la Junta de Gobierno Local, según las atribuciones que le confiere el artículo 23.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y en relación con el artículo 10.4 de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

La resolución será pública de conformidad con lo previsto en el artículo 18.2 de la Ley 38/2003 general de subvenciones y el artículo 17 de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep. El plazo máximo para la resolución y notificación del procedimiento es de doce meses desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.

9. Difusión de la subvención concedida

Por la naturaleza de esta subvención no es preceptivo establecer medidas de difusión de la subvención concedida al beneficiario.

10. Reintegros

10.1. Es procedente el reintegro total o parcial de la ayuda concedida y, en su caso, la exigencia del interés de demora, en los siguientes casos:

a. El incumplimiento de la finalidad para la que se concedió la ayuda.

b. La obtención de la ayuda sin que se cumplan las condiciones requeridas o cuando se alteren las condiciones tenidas en cuenta para concederla, siempre que sea por causas imputables a la persona beneficiaria.

c. El incumplimiento grave de la obligación de justificar la finalidad de los fondos percibidos en la forma y los plazos establecidos.

d. La negativa a someterse a las actuaciones de control previstas legalmente o la obstrucción injustificada de estas actuaciones.

10.2. El procedimiento de reintegro se iniciará de oficio por resolución del órgano competente y se regirá por los artículos 36 a 43 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el título III del Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y por el artículo 27 de la Ordenanza general de las bases reguladoras de las subvenciones que concede el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

10.3. Las cantidades reintegrables tienen la consideración de ingresos de derecho público y pueden ser exigidas por la vía de apremio.

11. Protección de datos

La solicitud de ayuda al alquiler implicará que la persona interesada autoriza al Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia al tratamiento de los datos de carácter personal para la gestión de las ayudas, de conformidad con lo dispuesto en la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

12. Régimen de recursos

Contra la resolución que recaiga en este procedimiento, la cual pondrá fin a la vía administrativa, se podrán interponer, alternativamente, los siguientes recursos:

—El recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictará la resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de esta resolución. Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación de la desestimación del recurso de reposición. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, se podrá interponer el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.

—O, directamente, el recurso contencioso administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del acuerdo.”

 

Lo que se hace público para general conocimiento

  

Sant Josep de sa Talaia, 24 de septiembre de 2020

El alcalde

Josep Marí Ribas

  

ANEXO 1 SOLICITUD DE AYUDA PARA EL ALQUILER DE VIVIENDA PARA JÓVENES Y ESTUDIANTES

SOLICITANTE Y TITULAR DEL CONTRATO DE ALQUILER:

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Domicilio:

Teléfono:

Dirección de correo electrónico:

REPRESENTANTE:

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Domicilio:

Teléfono:

Dirección de correo electrónico:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA VIVIENDA OBJETO DEL ALQUILER

tipo de vía: ............. nombre de la vía: ............................................................

número: ...................... escalera: ................... piso ........... puerta ...........

población: .............................................................. código postal: ..................

SITUACIÓN (MÁRQUESE LA OPCIÓN DE LA AYUDA A LA QUE SE OPTA)

—JOVEN QUE VIVE EN SANT JOSEP

—ESTUDIANTE

DATOS DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD DE CONVIVENCIA

n.º

Parentesco

Nombre y apellidos

Fecha de nacimiento

DNI/NIE

1

Solicitante

 

 

 

2

 

 

 

 

3

 

 

 

 

4

 

 

 

 

5

 

 

 

 

6

 

 

 

 

7

 

 

 

 

8

 

 

 

 

EXPONGO:

Que, considerando que reúno los requisitos exigidos, quiero acogerme a la convocatoria de ayudas para el alquiler que hace el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia para jóvenes y estudiantes.

 

SOLICITO:

Que se me conceda la subvención correspondiente.

Sant Josep de sa Talaia, a ......... de .............................. de 20 .......

(firma)

DOCUMENTACIÓN QUE SE ADJUNTA:

□ Anexo 1: solicitud mediante modelo normalizado.

□ Documentos de identidad de las personas titulares del contrato de alquiler (DNI, NIE o documento equivalente en vigor) y los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.

□ Anexo 2: modelo de autorización. Este anexo será presentado por el solicitante y titular del contrato de alquiler, por el resto de titulares del contrato, en su caso, y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.

□ Contrato en vigor de alquiler de la vivienda.

□ Certificado de matrícula en la universidad, para el caso de los estudiantes.

□ Justificantes de que el pago del alquiler se ha realizado.

□ Certificado de convivencia o autorización expresa para que el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia pueda comprobarlo mediante la presentación del anexo 2 cumplimentado.

□ Anexo 3: declaración responsable firmada por el solicitante y titular del contrato de alquiler, por el resto de titulares, en su caso, y por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.

□ Anexo 4: comunicación del/de los perceptor/es de la subvención.

□ Acreditación de los ingresos del solicitante y de los miembros de la unidad de convivencia mediante la presentación de la declaración de la renta. En caso de no estar obligado a hacer la declaración de la renta y tener algún otro ingreso como pensión, nómina, etc., se deberá presentar documentación que acredite estos ingresos.

□ Impreso de transferencia bancaria facilitado por el Ayuntamiento, debidamente cumplimentado con los datos bancarios actualizados o certificado de titularidad de cuenta a nombre del solicitante.

□ Documentación que acredite, en su caso, estar en alguna de las situaciones de causas de excepción del punto 4.2.a.1 de las bases.

□ Anexo 6: modelo de poder de representación, en caso de presentar la solicitud una persona distinta del solicitante.

ALCALDÍA DEL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

  

 

​​​​​​​ANEXO 2 MODELO DE AUTORIZACIÓN

(A rellenar por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.)

....................................................................................................................., con DNI/NIE ..............................................., como posible beneficiario/a de las ayudas que otorga este Ayuntamiento para el alquiler para jóvenes y estudiantes,

AUTORIZO EXPRESAMENTE AL AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA a solicitar información de carácter tributario, económico o catastral a la Agencia Tributaria Estatal (AEAT), a la Agencia Tributaria de las Illes Balears (ATIB), a la Tesorería General de la Seguridad Social, al Catastro y al Padrón Municipal, y que pueda verificar los datos de carácter personal, de acuerdo con lo establecido en el Real decreto 6/2013, de 8 de febrero, de medidas de simplificación documental de los procedimientos administrativos.

Sant Josep de sa Talaia, a .......... de .......................... de 20 .........

firma

  

 

ANEXO 3 DECLARACIÓN RESPONSABLE

(A rellenar por cada uno de los miembros de la unidad de convivencia mayores de 18 años.)

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Domicilio:

Teléfono:

Dirección de correo electrónico:

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD QUE:

  • No tengo parentesco de primer o segundo grado de consanguinidad ni de afinidad con la persona arrendadora ni soy socio ni partícipe de la persona física o jurídica que actúa como arrendador.
  • No incurro en ninguna de las circunstancias de prohibición para ser beneficiario de subvenciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones aprobado mediante el Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, ni he sido sujeto de una revocación de ninguna de las ayudas, por causas imputables al solicitante, que prevé el Plan estatal de vivienda 2018-2021 o los anteriores planes estatales o autonómicos de vivienda.
  • Cumplo los requisitos y las condiciones que determinan la concesión de subvención y comunicaré al órgano que concede la subvención la modificación de cualquier circunstancia que afecte a alguno de los requisitos que se exigen para conceder la subvención.
  • Me someteré a las actuaciones de comprobación y a cualquier actuación de verificación y control de los órganos competentes.
  • Estoy al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
  • Me comprometo a cumplir las condiciones y los requisitos que establece la convocatoria, que conozco y acepto íntegramente, y sé que en caso de falsedad de los datos o en la documentación aportada o de ocultación de información, de las que se pueda deducir intención de engaño en beneficio propio o ajeno, se me podrá excluir de este procedimiento y podré ser objeto de sanción.
  • No soy propietario/a ni usufructuario/a de vivienda en el territorio español (excepto los estudiantes). Se especificará si se está exento de este cumplimiento por las causas que se explican en la base 4.
  • Si soy estudiante, declaro que no soy propietario/a de ninguna vivienda en la misma ciudad donde curso los estudios.

Sant Josep de sa Talaia, a ........ de ................................. de 20 .......

(firma)

  

 

ANEXO 4 ​​​​​​​COMUNICACIÓN DEL/DE LOS PERCEPTOR/ES DE LA SUBVENCIÓN

(A rellenar solo por los arrendatarios/as del contrato de alquiler.)

Declarante 1:

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Domicilio:

Teléfono:

Dirección de correo electrónico:

Declarante 2:

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Domicilio:

Teléfono:

Dirección de correo electrónico:

Declarante 3:

Nombre y apellidos:

DNI/NIE:

Domicilio:

Teléfono:

Dirección de correo electrónico:

EXPONEMOS:

Que, a efectos de poder participar en la convocatoria de ayudas en materia de alquiler para jóvenes y estudiantes del Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia.

HACEMOS CONSTAR (márquese la opción que corresponda):

□ Que solicitamos que la totalidad de la ayuda (100%) sea satisfecha en el número de cuenta corriente siguiente:

País

D. c. IBAN

Código de la entidad bancaria

Código de la sucursal

D. c.

n.º cuenta o libreta

 

 

 

 

 

 

□ Que se reparta la ayuda de manera equitativa entre las personas arrendatarias que figuran en el contrato y que cumplan los requisitos de la convocatoria.

Sant Josep de sa Talaia, a ......... de ................................ de 20 ........

Firma del declarante 1     Firma del declarante 2     Firma del declarante 3

  

 

 

​​​​​​​ANEXO 5 PARA ESTUDIANTES QUE NO SON TITULARES DEL CONTRATO DE ALQUILER

.........................................................................................., como solicitante de la ayuda de alquiler en calidad de estudiante, informo de que los titulares del alquiler son mis progenitores ...........................................................

......................................................................................................................

y por esto he presentado el contrato de alquiler y el certificado de convivencia que justifica que formo parte de la misma unidad convivencial que mis progenitores, o bien firmo para autorizar el Ayuntamiento a consultarlo.

Sant Josep de sa Talaia, a ......... de ................................ de 20 ......

  

 

ANEXO 6 ​​​​​​​MODELO DE PODER DE REPRESENTACIÓN

Nombre:

DNI/NIE:

Domicilio al efecto de notificaciones:

Tel.:

Correo electrónico:

COMUNICO

Que, al amparo del artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, otorgo poder de representación a fin de que lleve a cabo las actuaciones procedimentales que estime procedentes, actuando en mi representación y en la defensa de mis intereses, en el procedimiento de convocatoria de subvenciones en materia de ayuda de alquiler para jóvenes y estudiantes, que se sigue en el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, a:

Nombre:

DNI/NIE:

Domicilio al efecto de notificaciones:

Tel.:

Correo electrónico:

Y en prueba de conformidad lo firmo en el lugar y fecha expresados:

Lugar y fecha:

Firma: