Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 8931
Resolución de Alcaldía de constitución de la bolsa para proveer con funcionarios interinos necesidades urgentes existentes en la policía local, categoría C1 del Ayuntamiento de sa Pobla
Vista la propuesta del Tribunal calificador respecto a la relación definitiva de personas aprobadas por orden de puntuación, y en conformidad con el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, y 22 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
RESUELVO
PRIMERO.- Constituir la bolsa del proceso de constitución de un borsí de interinos de policía local, categoría C1 del Ayuntamiento de sa Pobla, con el siguiente orden de puntuación:
Identitad del Aspirante |
Experiencia |
Curso EBAP |
Puntos Obtenidos |
---|---|---|---|
Sebastián Soler Trias |
30 |
6,11 |
36,11 |
Luis Miguel Aguado Ferrer |
30 |
5,37 |
35,37 |
Eugenio Lozano Sabater |
30 |
5,10 |
35,10 |
SEGUNDO.- Notificar esta resolución a los interesados con expresión de los recursos oportunos.
TERCERO.- Publicar la presente resolución en la sede electrónica de la Corporación en conformidad con la bases sexta de la convocatoria.
Sa Pobla, 21 de septiembre de 2020
El alcalde
Llorenç Gelabert Crespí
He tomado conocimiento El secretario
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente en la publicación del presente anuncio, ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado del Contencioso-Administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente en la publicación del presente anuncio, en conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara para interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo esto sin perjuicio de qué pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.