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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 8907
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 10 de julio de 2020, por la cual se conceden ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 , se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago

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Texto

Hechos

1.Por Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

2.Dentro del plazo establecido a la Orden mencionada en el párrafo 1, han tenido entrada a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de forma telemática la solicitud y la documentación prevista en la convocatoria por parte de los autónomos a que hace referencia el anexo.

3.La Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, órgano instructor del procedimiento, ha examinado las solicitudes y ha comprobado que las personas que constan en el anexo cumplen los requisitos establecidos a la convocatoria, así como también que se encuentran al corriente de pagos en la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria Autonómica, con la Agencia Tributaria Estatal y con la entidad local del domicilio fiscal, de acuerdo con la declaración responsable de cada una de las personas solicitantes.

4.El artículo 7.7 de la Orden mencionada en el párrafo 1, indica que la notificación a los interesados se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5.Hay crédito adecuado y suficiente para hacer efectiva esta subvención, en las partidas presupuestarías 12801.413G01.47000.00 FF 20021 y 12801.413G01.47000.00 FF 20121, de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cooperativas, calificación y registro de sociedades anónimas laborales y programas de apoyo a la ocupación (BOE n.º 52, de 29 de febrero) y el Decreto 32/1996, de 7 de marzo (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), por medio del cual la CAIB las asumió.

2. El Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Ocupación.

3. El Texto Refundido de la ley de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. El Decreto Ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19

5. Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

6. La competencia para resolver la concesión de estas subvenciones corresponde al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de acuerdo con el artículo 7.2 de la Orden mencionada por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, en relación con el artículo 2.4 del Decreto 12/2019, de 3 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 106, de 2 de agosto).

7. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 44, de 3 de abril) y los artículos 10.1.b y 11.1 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020 (BOIB n.º 175, de día 31 de diciembre), el órgano competente para autorizar y disponer el gasto así como para reconocer las obligaciones económicas y proponer el pago es el titular de la sección presupuestaria respectiva.

Además los beneficiarios tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

Resolución

1.Conceder ayudas para mantener la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de los autónomos afectados directamente por la COVID-19 a las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución, por las cuantías individuales que este Anexo dispone.

2.Autorizar y disponer un gasto global de 129.000,00 € a favor de las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución por las cuantías individuales que este Anexo dispone con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20021 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se muestra en la tabla siguiente:

Partida

Importe (euros)

12801.413G01.47000.00 FF 20021

129.000,00

Total

129.000,00

3.Reconocer la obligación y proponer el pago global de 129.000,00 € a favor de las personas relacionadas en el Anexo que se adjunta a esta resolución , por las cuantías individuales que este Anexo dispone, con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20021 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se ha mostrado a la tabla anterior .

4.Comunicar a los beneficiarios que las ayudas que establece esta Resolución están sometidas en el régimen de Marc nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a autónomos consistentes en ayudas directas destinadas a apoyar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 de la Comisión Europea.

5.Comunicar a las personas beneficiarias que tendrán que cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 9.1 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19.

6.Comunicar a los beneficiarios que tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

7.Así mismo, comunicar a los beneficiarios que los incumplimientos darán lugar al reintegro de las subvenciones percibidas en el términos previstos en el artículo 9.2 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020 mencionada en el párrafo anterior y de acuerdo con lo establecido en los artículos 44 y 45 del Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares y el resto de normativa aplicable.

8.Notificar a las personas beneficiarias esta Resolución, mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración autonómica de las Islas Baleares y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haber recibido la notificación o publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

​​​​​​​Palma, 24 de septiembre de 2020

El secretario general de la Conselleria de Model Econòmic, Turisme i Treball Jaume Colom Adrover (Por ausencia del director general de Promoció Econòmica, Emprenedoria i Economia Social i Circular - BOIB núm.97 de 2019)

 

ANEXO

Núm. expediente

Núm. de registro

NIF del beneficiario

Importe de la ayuda

[AUT 2642/2020]

L99E103909/2020

43050045W

2000,00

[AUT 2396/2020]

L99E103628/2020

41740500P

2000,00

[AUT 2378/2020]

L99E103673/2020

Y0618005D

2000,00

[AUT 2305/2020]

L99E103587/2020

43087375A

2500,00

[AUT 2284/2020]

L99E103220/2020

42987238P

2000,00

[AUT 2231/2020]

L99E103323/2020

43142297R

2000,00

[AUT 2044/2020]

L99E103142/2020

43463679G

2000,00

[AUT 2016/2020]

L99E103194/2020

41459423Z

2000,00

[AUT 2014/2020]

L99E102688/2020

78208964V

2000,00

[AUT 1840/2020]

L99E102461/2020

12710232H

2500,00

[AUT 1797/2020]

L99E102407/2020

41510232Q

2500,00

[AUT 1792/2020]

L99E102372/2020

42944752A

3000,00

[AUT 1758/2020]

L99E102311/2020

43020321V

2000,00

[AUT 1613/2020]

L99E101991/2020

43028580L

2000,00

[AUT 1612/2020]

L99E101984/2020

42995960J

2000,00

[AUT 1584/2020]

L99E101924/2020

49924684X

2000,00

[AUT 1524/2020]

L99E101746/2020

46952858Z

2000,00

[AUT 1519/2020]

L99E101733/2020

50804620N

2000,00

[AUT 1451/2020]

L99E101553/2020

43035641L

3000,00

[AUT 1442/2020]

L99E101528/2020

18219373S

2000,00

[AUT 1432/2020]

L99E101503/2020

49925844C

2000,00

[AUT 1408/2020]

L99E101453/2020

42980571B

2000,00

[AUT 1388/2020]

L99E101438/2020

78207586L

2000,00

[AUT 1384/2020]

L99E100946/2020

28659461N

2500,00

[AUT 1324/2020]

L99E101289/2020

43068111J

2000,00

[AUT 1125/2020]

L99E100838/2020

43082796R

2500,00

[AUT 1124/2020]

L99E100839/2020

31328241X

2500,00

[AUT 1109/2020]

L99E100802/2020

78213301F

2000,00

[AUT 1049/2020]

L99E100676/2020

43128010C

2500,00

[AUT 1043/2020]

L99E100658/2020

43144440M

2000,00

[AUT 934/2020]

L99E100411/2020

78201099H

2000,00

Núm. expediente

Núm. de registro

NIF del beneficiario

Importe de la ayuda

[AUT 914/2020]

L99E100355/2020

43077467P

2000,00

[AUT 904/2020]

L99E100335/2020

43011324J

2000,00

[AUT 865/2020]

L99E100229/2020

X6529976T

2500,00

[AUT 858/2020]

L99E100205/2020

43098380Z

2500,00

[AUT 850/2020]

L99E100182/2020

43180224R

2500,00

[AUT 838/2020]

L99E100150/2020

43152546S

2000,00

[AUT 806/2020]

L99E100095/2020

49483761C

2500,00

[AUT 797/2020]

L99E100069/2020

43014917H

2000,00

[AUT 777/2020]

L99E100025/2020

35769953P

2000,00

[AUT 761/2020]

L99E100000/2020

42996708W

2000,00

[AUT 660/2020]

L99E99775/2020

41664225R

2000,00

[AUT 608/2020]

L99E99643/2020

43146806W

2000,00

[AUT 602/2020]

L99E99655/2020

78218577Q

2000,00

[AUT 580/2020]

L99E99603/2020

78203600N

2500,00

[AUT 572/2020]

L99E99585/2020

44325095R

2000,00

[AUT 561/2020]

L99E99570/2020

78211712M

2000,00

[AUT 549/2020]

L99E99532/2020

43109873F

2000,00

[AUT 460/2020]

L99E99302/2020

43048584J

2000,00

[AUT 439/2020]

L99E99261/2020

43142469N

2000,00

[AUT 430/2020]

L99E99233/2020

X3656385Y

2000,00

[AUT 398/2020]

L99E99176/2020

X9120248N

2000,00

[AUT 337/2020]

L99E99051/2020

18224646K

2000,00

[AUT 319/2020]

L99E99009/2020

42962154V

2000,00

[AUT 315/2020]

L99E98998/2020

43031352P

2000,00

[AUT 312/2020]

L99E98993/2020

48505088C

2000,00

[AUT 296/2020]

L99E98915/2020

X8738814X

2000,00

[AUT 294/2020]

L99E98911/2020

18233146B

2000,00

[AUT 288/2020]

L99E98901/2020

43042312C

2000,00

[AUT 216/2020]

L99E98680/2020

18218714T

3000,00

TOTAL

129.000,00