Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 8881
Extracto de la aprobación por parte del Consell Executiu del Consell Insular d’Eivissa de día 18 de septiembre de 2020 de la convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a familias para inscribir a sus hijos o hijas en actividades de educación en el tiempo
Identificador BDNS núm. 525168
De conformidad con lo establecido en los artículos 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 4.1. de la Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la cual se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (BOE núm. 299, de 15 de diciembre de 2015), se publica el extracto de la convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a familias para inscribir sus hijos o hijas en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil para paliar los efectos de la COVID-19 durante el verano 2020:
Primero. Justificación
Superada la fase 3 del Plan para la transición hacía una nueva normalidad en el territorio de las Illes Balears con efectos de día 21 de junio de 2020, mediante el Decreto 5/2020, de 18 de junio, de la presidenta de las Illes Balears, el Consell de Govern de les Illes Balears de 19 de junio de 2020 (BOIB núm. 112, de 20 de junio), ha aprobado el Plan de medidas excepcionales de prevención, contención y coordinación para enfrentarse a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, que contiene medidas generales y específicas para la prevención de posibles rebrotes durante la situación posterior a la finalización del estado de alarma.
En una situación de excepcionalidad como la actual, en la cual la declaración del estado de alarma decretada con motivo de la situación de crisis sanitaria generada por la COVID-19 ha tenido un gran impacto en los menores de edad, a raíz del confinamiento obligado, que ha supuesto su desvinculación escolar y social en un contexto, en muchos casos, crítico para las familias, se considera necesario garantizar a niños y jóvenes disfrutar de un ocio de calidad, adaptándolo a las recomendaciones sanitarias para minimizar el riesgo de contagio entre las personas participantes y entre ellas y al resto de la población.
El Consell Insular d'Eivissa tiene competencias propias en materia de deportes, ocio y juventud, de conformidad con los artículos 70.9 y 16 de la EAIB, que gestiona a través de su Departament d'Hisenda, Gestió Econòmica, Esports i Joventut, desde que se transfirió la competencia mediante la Ley 21/2006, de 15 de diciembre, de atribución de competencias a los consells de Menorca y entonces de Eivissa i Formentera (desde 2007 Consell Insular d'Eivissa) en materia de juventud y ocio (BOIB núm. 184, de 23 de diciembre de 2006).
Segundo. Objecto y destinatarios
2.1. El objecto de estas bases es regular la convocatoria extraordinaria de ayudas destinadas a familias que inscriban a sus hijos i hijas en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil i campus de carácter deportivo para paliar los efectos de la COVID-19 durante el verano 2020 y favorecer la conciliación familiar, garantizando el derecho al ocio previsto en el artículo 44 de la Ley 9/2019, de 19 de febrero, de la atención y los derechos de la infancia y adolescencia de las Illes Balears, en el ámbito territorial de la isla de Eivissa.
2.2. Los destinatarios de las ayudas son personas físicas que inscriban a sus hijos e hijas de entre 3 y 14 años, en actividades de educación en el tiempo libre infantil y juvenil y campus deportivos de la isla de Eivissa, de acuerdo con las definiciones establecidas en los apartados c) y e) del artículo 37.4 del Decreto 23/2018, de 6 de julio, por el cual se despliega parcialmente la Ley 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud promovidos por entidades diferentes a las previstas en la Línea A de la Orden de la Consellera d'Afers Socials i Esports de día 10 de agosto por la cual se establecen las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas a la conciliación destinadas a paliar los efectos de la COVID-19 (BOIB núm. 139, de 11-08-2020).
2.3. En el caso que no se agote el crédito, se destinará el excedente a subvencionar las solicitudes inicialmente excluidas de personas físicas que han inscrito a sus hijos e hijas en escuelas de verano y campus de entidades previstas en la referida Línea A. En todos los casos, se debe dar preferencia a las familias numerosas y las familias monoparentales.
Tercero. Dotación económica
3.1. Se destina a esta convocatoria la cantidad global de 132.304,83 € con cargo a la partida presupuestaria 3370 4890000 de los presupuestos generales del Consell Insular d'Eivissa para el año 2020.
3.2. Se concederá una ayuda de 100,00 € por niño o niña de entre 3 y 14 años inscrito en una actividad de educación en el tiempo libre infantil y juvenil o campus deportivo de la isla de Eivissa, por cada 30 días o parte proporcional.
3.3. Las ayudas recibidas mediante esta convocatoria son compatibles con la percepción de otras ayudas procedentes de este Consell Insular o de cualquier otra administración o ente público o privado por el mismo objeto. No obstante, el importe de la subvención obtenido no puede ser en ningún caso de una cuantía que de manera aislada o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas supere la cantidad máxima señalada de 100,00 € por niño o niña de entre 3 y 14 años, por cada 30 días o parte proporcional o el coste de la actividad subvencionada.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes
Se establece un plazo de presentación de solicitudes de un mes que se iniciará a partir del día siguiente a la publicación del extracto de las bases en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, o cuando el crédito se haya agotado.
Eivissa, 24 de septiembre de 2020
El jefe de sección del Departamento de Cultura, Educación y Patrimonio
José Vicente Garibo Redolat