Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 8874
Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 10 de septiembre de 2020 de modificación de la plantilla del personal del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales correspondiente al año 2020 (Expediente administrativo núm. 4/2020)
Aprobado en la sesión del Pleno de esta Corporación, celebrado el día 10 de septiembre de 2020, queda aprobada inicialmente la propuesta de acuerdo del presidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS), de 15 de julio de 2020, de modificación de la Plantilla del personal del IMAS (expediente administrativo núm. 4/2020), el cual se transcribe a continuación:
“Propuesta de acuerdo
Primero. APROBAR inicialmente con carácter de urgencia el proyecto de modificación de la vigente plantilla de personal del IMAS para el año 2020, en los términos que se recogen a continuación y elevarlo al Pleno para acordar la aprobación.
MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA DEL INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES DEL EJERCICIO 2020
- Con efectos del día 1 de septiembre de 2020
PERSONAL FUNCIONARIO
ESCALA ADMINISTRACIÓN GENERAL
Subescala auxiliar
Clase: auxiliar
CATEGORÍAS Grupo Donde dice Debe decir
auxiliar C2 53 58
PERSONAL FUNCIONARIO
ESCALA ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
Subescala técnica
Clase: técnico-a superior
CATEGORÍAS Grupo Donde dice Debe decir
técnico-a superior A1 51 52
Subescala técnica
Clase: técnico-a medio
CATEGORIAS Grupo Donde dice Debe decir
técnico-a medio enfermero/a A2 5 6
Subescala técnica
Clase: técnico-a auxiliar
CATEGORÍAS Grupo Donde dice Debe decir
técnico-a auxiliar Gestión Económica C1 7 8
Segundo. Este acuerdo aprobatorio será considerado como definitivo si no se producen reclamaciones en contra durante el plazo de exposición pública de 15 días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 112.3 de la ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases de Régimen Local, y también en el art. 169 del Texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales”.
- A los efectos de poder presentar reclamaciones, los interesados que estén legitimados según lo dispuesto en los artículos 63.1 de la Ley 7/1985 y 170 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por RD Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, a la que también se ha hecho referencia y por los motivos taxativamente enumerados en el número 2 del mencionado artículo 170, pueden presentar reclamaciones, con sujeción a los trámites siguientes:
a) Plazo de exposición, admisión de reclamaciones: Quince días hábiles contados desde el día siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
b) Oficina de presentación: Registro General.
c) Órgano ante el que se ha de reclamar: Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.
- Asimismo, se hace público que la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo del IMAS (Expediente administrativo núm. 4/2020), correspondiente a esta modificación de la plantilla del personal del IMAS (Expediente administrativo núm. 4/2020), se aprobó en el mismo Acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de día 10 de septiembre de 2020, la cual se publica simultáneamente a este expediente administrativo núm. 4/2020 de modificación de la plantilla del personal del IMAS.
Palma, 23 de septiembre de 2020
El presidente del IMAS Javier de Juan Martín