Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS
Núm. 8676
Delegación de competencias
Se hace público para general conocimiento que en fecha 18.09.2020, la Alcaldesa del Ayuntamiento de Sant Lluís ha dictado la resolución de Alcaldía núm. 2020/PRE/0000878, que dice:
"El artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y el artículo 43 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico, señalan que el Alcalde puede delegar el ejercicio de sus atribuciones.
Considerando la normativa anterior y la reciente reestructuración del equipo de gobierno municipal, se hace necesario proceder a una nueva distribución de competencias entre los concejales.
A la vista de las consideraciones anteriores, vengo en
RESOLVER
Primero.- Dejar sin efecto las delegaciones efectuadas mediante Resolución de Alcaldía nº. 2019/634, de fecha 24 de junio de 2019 al primer Teniente de Alcaldía, Joan Miquel Pons Sintes, el segundo Teniente de Alcaldía, Ramón Herraiz Eisman y la concejala Estefanía Medina Clement.
Segundo.- Realizar a favor de los tenientes de Alcalde y concejala que se dirán las delegaciones que, asimismo, se detallarán:
Primer teniente de Alcaldía, Joan M. Pons Sintes:
Área de servicios generales, que comprende servicios generales, atención al ciudadano, recursos humanos, policía y empleo
Área de gestión del patrimonio
Área de brigada
Área de política económica y fiscal
Área de protección civil
Área de movilidad
Segundo teniente de Alcaldía, Ramón Herraiz Eisman:
Concejala Estefania Medina Clement:
Área de medio ambiente, que comprende residuos, abastecimiento de agua, alcantarillado, limpieza viaria, zonas verdes.
Área de parques y jardines, caminos rurales.
Área de playas, que comprende el salvamento de playas
Área de prevención de incendios
Estas delegaciones genéricas abarcan la facultad de dirigir los servicios correspondientes y gestionarlos en general, pero no la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros.
Tercero.- Las presentes delegaciones surtirán efecto desde el día siguiente al de la fecha de la presente resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOIB.
Cuarto.- Dar cuenta de la presente resolución al Pleno en la primera sesión que celebre. "
Sant Lluís, 21 de septiembre de 2020
La alcaldesa M. Carolina Marquès Portella