Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 8612
Extracto del acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, de fecha 31.8.2020, relativo a la aprobación de la convocatoria y las bases que regulan la concesión de ayudas del Consell Insular de Menorca para estancias en centros terapéuticos o residenciales ubicados fuera de Menorca y para desplazamientos asociados durante el año 2020 (Exp. 1819-2020-000001)
BDNS 523403
De conformitat amb el que preveuen els articles 17.3.b y 20.8.a de la Llei 38/2003, de 17 de novembre, General de Subvencions, es publica l'extracte de la convocatòria el text complet del qual es pot consultar en la Base de Dades Nacional de Subvencions (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/519578):
Primero. Beneficiarios
Pueden solicitar la subvención las personas que cumplan los requisitos siguientes:
1. Estar empadronado en un municipio de Menorca en el momento de presentar la solicitud, salvo en los casos de petición de renovación de ayudas concedidas en convocatorias anteriores con respecto al mismo recurso que se solicita.
2. Ser mayor de 18 años o bien menores emancipados. Excepcionalmente, también tienen derecho los menores de 18 años cuando un informe social o técnico justifique la necesidad y aconseje la necesidad del recurso.
3. Estar incluidos en los sectores de población objeto de la convocatoria, es decir: personas con discapacidad psíquica, física o psiquiátrica o personas que presentan dificultades para adicciones o trastornos de conducta.
4 Justificar, mediante informes profesionales, la necesidad de recurso residencial o terapéutico y la imposibilidad o no adecuación de acceso a un recurso adecuado a la red pública de servicios sociales o de salud de Menorca.
Segundo. Objeto
El objeto de esta convocatoria es establecer y regular las ayudas económicas del Consejo Insular de Menorca destinadas a subvencionar estancias terapéuticas o residenciales en centros ubicados fuera de la isla de Menorca y a subvencionar desplazamientos y alojamientos de las personas usuarias de estos centros o de sus familiares.
Las estancias terapéuticas o residenciales están dirigidas a la atención de personas con discapacidad psíquica, física o psiquiátrica, así como a abordar situaciones donde se presenten dificultades para adicciones o trastornos de conducta.
Tercero. Bases reguladoras
Esta convocatoria se regirá por las bases aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca en la sesión de carácter ordinario de día 31 de agosto de 2020.
Cuarto. Cuantía
El importe global máximo de la convocatoria es de 70.000 € (setenta mil euros)
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes respecto a las estancias efectuadas durante el mes de diciembre del año 2019 y durante los meses de enero a noviembre de 2020 comenzará el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y se pueden presentar hasta el 31 de octubre de 2020.
Sexto. Otros datos.
La financiación de los gastos de alojamiento, transporte y desplazamiento de las personas usuarias y familiares, tutores o similares será el siguiente:
Concepto |
Importe màximo anual de la ayuda |
Máximo por desplazamiento (transporte y alotjamiento) |
Transporte, desplazamiento y alojamiento entre Islas (Baleares) |
1.200 € |
300 € |
Transporte, desplazamiento y alojamiento a la península |
2.160 € |
540 € |
Maó, 14 de septiembre de 2020
Por delegación de la Presidenta, El secretario del Consejo Ejecutivo, Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de julio) (BOIB nº. 97 de 16.7.2019)