Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 8593
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 11 de septiembre de 2020 por la que se autoriza la ampliación de la configuración de la escuela de educación infantil de primer ciclo Es Pi Gros, de titularidad del ayuntamiento de Santa María, mediante seis unidades de educación infantil de primer ciclo
Hechos
1. El Acuerdo de Gobierno de 25 de septiembre de 2009 (BOIB núm. 143, de 1 de octubre) creó la escuela de educación infantil de primer ciclo Es Pi Gros, con el código 07014065 y domicilio en la calle de Santa Margalida, número 34, que queda configurada con 3 unidades de educación infantil de primer ciclo, distribuidas de la manera siguiente: 2 unidades de 1 a 2 años y 1 unidad de 2 a 3 años.
2. En fecha 17 de mayo y posteriormente 23 de mayo de 2019 (NRE L13E35028/2019, de 23 de mayo), el señor Nicolau Canyelles Parets, como alcalde del ayuntamiento de Santa María del Camí y representante del centro EI Es Pi Gros, presentó una solicitud de ampliación de la configuración con 3 unidades más de educación infantil de primer ciclo, con lo cual la configuración del centro queda de la siguiente manera: 1 unidad de 0 a 1 años, 3 unidades de 1 a 2 años y 2 unidades de 2 a 3 años.
3. El 9 de agosto de 2019, el Servicio de Proyectos, Obras y Supervisión del IBISEC emitió un informe desfavorable sobre la solicitud presentada, ya que ésta no justificaba el cumplimento de los requisitos mínimos exigidos por el Decreto 60/2008 de 2 de mayo, por el cual se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil.
4. El 17 de septiembre de 2019, des de la dirección general de Planificación, Ordenación y Centros la jefa de la Sección de Autorizaciones y Registro de Centros comunicó el informe del IBISEC de 9 de agosto de 2019 al Sr. Nicolau Canyelles Parets, en calidad de representante de la escuela de educación infantil de primer ciclo Es Pi Gros y requirió la documentación para subsanar el informe.
5. En fecha 9 de julio de 2020, el representante del centro EI Es Pi Gros, presentó una nueva solicitud de ampliación de la configuración con 6 unidades más de educación infantil de primer ciclo, con lo cual la configuración total del centro quedaba de la siguiente manera: 1 unidad de 0 a 1 años, 4 unidades de 1 a 2 años y 4 unidades de 2 a 3 años. Esta solicitud se acompaña del Proyecto de actividades de adecuación de la escuela municipal de educación infantil.
6. En fecha 15 de julio de 2020, el Ayuntamiento de Santa María del Camí dirige al Instituto para la primera infancia de la dirección general de Primera Infancia, Innovación y Comunidad Educativa, la solicitud de modificación de autorización del centro de educación infantil de primer ciclo EI Es Pi Gros.
7. En fecha 17 de julio de 2020, el arquitecto del Instituto para la Educación de la Primera Infancia remite el Informe Favorable de los planos del proyecto presentado por el centro, sobre la modificación de la configuración.
8. El 31 de agosto de 2020, el técnico de Infraestructuras, con el visto bueno de la directora del Instituto para la Educación de la Primera Infancia, emitió un informe favorable de la visita realizada el 27 de agosto de 2020, una vez comprobado que los espacios se ajustaban a los últimos planos presentados.
9. El 23 de julio de 2020, la Comisión de Valoración de la Calificación del Profesorado de los Centros de Educación Infantil de Primer Ciclo emitió informe favorable sobre la calificación del profesorado que figura en la relación aportada por el centro.
10. El 9 de septiembre de 2020, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre el expediente de autorización de la escuela de educación infantil de primer ciclo EI Es Pi Gros, de titularidad del Ayuntamiento de Santa María, con la ampliación de seis unidades de educación infantil de primer ciclo.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio).
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
4. El Decreto 60/2008, de 2 de mayo (BOIB núm. 63, de 8 de mayo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros de primer ciclo de educación infantil, modificado por el Decreto 78/2008, de 11 de julio (BOIB núm. 100, de 19 de julio), y por el Decreto 58/2019, de 26 de julio (BOIB núm. 103, de 27 de julio).
5. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
6. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 2 de agosto).
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 10 de septiembre de 2020, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2020-2021, la ampliación de la configuración de la escuela de educación infantil de primer ciclo Es Pi Gros, de titularidad del ayuntamiento de Santa María, con el código 07014065 con seis unidades de educación infantil de primer ciclo.
2. Determinar que, como consecuencia de esta autorización, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07014065
Denominación genérica: escuela de educación infantil de primer ciclo
Denominación específica: Es Pi Gros
Titular: Ayuntamiento de Santa María del Camí
Dirección: c/ Josep Far, núm. 1
Localidad: Santa María del Camí
Municipio: Santa María del Camí
CP: 07320
Enseñanzas autorizadas:
Educación infantil de 1.er ciclo: 9 unidades, distribuidas de la manera siguiente:
De 0 a 1 años: 1 unidad y 7 plazas escolares.
De 1 a 2 años: 4 unidades y 48 plazas escolares.
De 2 a 3 años: 4 unidades 72 plazas escolares.
3. Inscribir esta autorización en el Registro de centros docentes (RCD) de la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros.
4. Recordar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se deba modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 11 de septiembre de 2020
El consejero de Educación, Universidad e Investigación Martí X. March i Cerdà