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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT ANTONI DE PORTMANY

Núm. 8569
Extracto de las bases de la convocatoria de ayudas para los centros que impartan educación primaria y secundaria que tengan alumnado adherido al Programa de reutilización de libros de texto y material didáctico, empadronado en el municipio de Sant Antoni de Portmany, cursos 2018-19 y 2019-20, aprobadas en la Junta de Gobierno Local de 4 de Septiembre de 2020

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Texto

 De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b) y 20.8a) de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans./).

Código identificador BDNS: 522981

Primero. Objeto.

El objetivo de esta convocatoria es la concesión de ayudas a los centros que imparten educación primaria y secundaria que tengan alumnado adherido al Programa de reutilización de libros, empadronado en el municipio de Sant Antoni de Portmany, en los cursos 2018-19 y 2019-20. 

Segundo. Beneficiarios.

Podrán acogerse a esta convocatoria los centros que imparten educación primaria y secundaria que tengan alumnado empadronado en el municipio de Sant Antoni de Portmany que en los cursos 2018-19 y 2019-20 esté adherido al Programa de reutilización de libros de texto y material didáctico en centros docentes públicos que imparten estudios de educación primaria y de educación secundaria obligatoria dependientes de la Consejería de Educación y Universidad.

Tercera. Condiciones generales de los solicitantes.

A. Tener alumnado de primaria o secundaria obligatoria, empadronado en el municipio de Sant Antoni de Portmany, adherido al Programa de reutilización de libros de texto y material didáctico en los cursos 2018-19 y 2019-20.

Las ayudas se concederán según la siguiente distribución:

- Centros de primaria del municipio de Sant Antoni de Portmany.

- Centros de primaria de fuera del municipio de Sant Antoni de Portmany.

- Centros de secundaria del municipio de Sant Antoni de Portmany.

- Centros de secundaria de fuera del municipio de Sant Antoni de Portmany.

B. Encontrarse al corriente de las obligaciones tributarias, con la seguridad social y con el mismo Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.

C. No encontrarse incurso en ninguna de las causas de incompatibilidad y cumplir los requisitos que fija el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre , general de subvenciones.

D. Acreditar el cumplimiento de obligaciones en materia de reintegro de subvenciones que establece el art. 25 del RLGS.

Cuarta. Consignación presupuestaria y cuantía ayudas

La cuantía máxima de las ayudas que se podrán conceder en esta convocatoria es de 51.500,00 € con cargo a la partida 005-3260-489015 del pressupost de 2020, con fondos de financiación municipal.

 

Quinta. Solicitud, Documentación y Plazo Presentación

Las instancias se dirigirán a la Alcaldía del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany en la forma establecida en el art. 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Mediante el trámite (Educación. Ayudas para centros educativos con programa de reutilización de libros y material didáctico) de la sede electrónica del Ayuntamiento de Sant Antoni de Portmany.

Los solicitantes de las ayudas deberán adjuntar a la solicitud, la documentación establecida en el punto 6 de las bases de la convocatoria.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletin Oficial de las Islas Baleares ( BOIB ).

 

Sant Antoni de Portmany, 17 de septiembre de 2020

El alcalde Marcos Serra Colomar