Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE EIVISSA
Núm. 8521
Notificación de acuerdo de inicio, expediente sancionador número 2019-9833Z por infracción de la normativa en materia de Pesca
Dado que no ha sido posible notificar el acuerdo de inicio del expediente sancionador, así como la apertura del plazo para la presentación de alegaciones y/o prueba, por presunta infracción de la normativa de pesca, Ley 6/2013 de 7 de noviembre de pesca marítima, marisqueo y acuicultura de las Illes Balears, se le notifica mediante el presente anuncio y de conformidad con lo que prevé el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a la persona interesada que se indica, lo siguiente:
1º.- Que dispone de un plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, de acuerdo con el artículo 8 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir en el ejercicio de la potestad sancionadora, para que formule sus alegaciones, presente los documentos y/o informaciones que considere convenientes y, en todo caso, proponer prueba concretando los medios de los cuales pretenda hacerse valer.
2º.- Que mientras dure la tramitación del expediente sancionador, la persona interesada podrá examinarlo y conocer la identidad de la instructora y secretaria, al efecto de la recusación que prevé el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Nº de expediente: 2019-9833Z
DNI Presunto infractor: 41441334A
Fecha de la resolución de inicio: 11 de agosto de 2020
Preceptos infringidos: Infracción prevista en el artículo 119b de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears (BOIB núm. 156 de 13 de noviembre de 2013), en relación con el artículo 2 y 4 del Decreto 34/2014, de 1 de agosto, por el cual se fijan los principios generales de la pesca recreativa y desportiva en las aguas interiores de las Illes Balears (BOIB núm. 104 de 2 de agosto de 2014), consistente en realizar la pesca recreativa desde la embarcación sin estar en posesión de la pertinente licencia administrativa de pesca marítima recreativa para embarcación.
Último domicilio: C/ Extremadura, núm. 6 – 2 2 – 07800
Municipio: Eivissa
Eivissa, 14 de septiembre de 2020
La TAG de la sección de Agricultura
Mª José Cardona Muñoz