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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN

Núm. 8498
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 2 de septiembre de 2020 por la que se autoriza la apertura y el funcionamiento del centro privado Ecolea Colegio Internacional Mallorca, en el municipio de Marratxí, y se autoriza la puesta en funcionamiento de la educación primaria para el curso 2020- 2021

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Texto

Hechos

1. El 20 de mayo de 2019 (NRE L13E34262/2019), el representante de la entidad Ecolea Internationale Schule Mallorca, SLU, presentó una solicitud de apertura y funcionamiento como centro privado Ecolea Colegio Internacional Mallorca, del municipio de Marratxí, con una línea de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria y de bachillerato. También presentó la documentación para acreditar que se cumple con las condiciones acústicas, de solidez, de seguridad en caso de incendio y de higiene de las instalaciones.

En esta solicitud manifestó la preferencia para la autorización de las unidades de educación primaria.

2. El 17 de julio de 2019 (NRE L13E49572/2019), el representante de la entidad presentó una nueva solicitud para obtener la autorización de apertura y funcionamiento, exponiendo que en una primera fase, el centro implantará sólo la educación primaria.

Por eso, presentó el proyecto básico de reforma parcial del edificio para uso de centro docente de primaria, la memoria, los planos y tres certificaciones del técnico competente que acreditan el cumplimiento de las condiciones acústicas, de solidez, seguridad, higiene y legalidad, así como las condiciones del Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten las enseñanzas de segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.

Así, el proyecto se hará en dos fases: la primera para los niveles de primaria y la segunda para el resto de niveles, en una nueva edificación.

3. El 21 de agosto de 2019, el Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos (IBISEC) emitió un informe desfavorable sobre la solicitud, puesto que la documentación presentada no justificaba el cumplimiento de la normativa vigente de aplicación para la configuración solicitada.

4. El 28 de octubre de 2019 (NRE L13E67814/2019), el representante del centro presentó la documentación requerida.

5. El 20 de diciembre de 2019, el representante del centro presentó la relación del profesorado de educación primaria, con las titulaciones correspondientes.

6. El 19 de marzo de 2020, el arquitecto del Servicio de Centros Educativos emitió un informe favorable sobre la adecuación del proyecto básico de reforma y ampliación del edificio para uso docente de las instalaciones.

7. Mediante la Resolución del director general de Planificación, Ordenación y Centros de 31 de marzo de 2020, se aprobó el proyecto de obras del centro privado de educación infantil, educación primaria, educación secundaria y bachillerato Ecolea Colegio Internacional Mallorca, del municipio de Marratxí, de titularidad de la entidad Ecolea Internationale Schule Mallorca, SLU.

8. El 22 de julio de 2020, el arquitecto del Servicio de Centro Educativos realizó la visita de obras de acuerdo con el informe favorable de día 19 de marzo y constató la coincidencia de espacios con a los planos presentados para la primera fase, de educación primaria.

9. El 21 de julio de 2020, desde el Servicio de Ordenación Educativa se emitió un informe en que se concluía que el horario lectivo del centro no cumplía con los requisitos establecidos en el sistema educativo de las Illes Balears, lo cual se comunicó al centro el 27 de julio de 2020. 

10.El 28 de agosto de 2020, la representante del centro presentó una nueva propuesta de horario y la documentación requerida para enmendar las deficiencias indicadas en el informe del Servicio de Ordenación Educativa.

11. El 31 de agosto de 2020, la jefa del Departamento de Planificación y Centros emitió un informe favorable sobre la autorización de la apertura y el funcionamiento del centro privado Ecolea Colegio Internacional Mallorca, en el municipio de Marratxí, y de la puesta en funcionamiento de la educación primaria para el curso 2020-2021.

Fundamentos de derecho

1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación (BOE núm. 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán núm. 7, de 1985).

2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán núm. 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (BOE núm. 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).

4. El Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarios.

5. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarios.

6. l Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.

7. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 2 de agosto).

Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 1 de septiembre de 2020, dicto la siguiente

Resolución

1. Autorizar la apertura y el funcionamiento del centro privado Ecolea Colegio Internacional Mallorca, en el municipio de Marratxí.

2. Determinar que, de manera provisional y hasta que se presente el final del proyecto de ejecución y se finalicen las obras, el centro queda configurado de la manera siguiente:

Código de centro: 07015941

Denominación genérica: colegio de educación infantil, primaria, secundaria obligatoria y bachillerato

Denominación específica: Ecolea Colegio Internacional Mallorca

Titular: Ecolea Internationale Schule Mallorca, SLU

Domicilio: c. de sa Planera, núm. 6

Municipio: Marratxí

CP: 07141

Enseñanzas autorizadas: 315 plazas escolares repartidas de la manera siguiente:

Educación infantil de 2.º ciclo: 3 unidades y 63 plazas escolares (21 plazas por unidad).

Educación primaria: 6 unidades y 126 plazas escolares (21 plazas por unidad).

Educación secundaria obligatoria: 4 unidades y 84 plazas escolares (21 plazas por unidad).

Bachillerato, en las modalidades de Humanidades y Ciencias Sociales y Artes: 2 unidades y 41 plazas escolares.

La capacidad máxima de las unidades de educación infantil, primaria, secundaria y bachillerato en funcionamiento, en cada momento, no puede exceder el número de plazas escolares autorizadas en cuanto a la superficie mínima requerida por plaza escolar.

3. Autorizar, con efectos desde el inicio del curso escolar 2020-2021, la puesta en funcionamiento del centro privado Ecolea Colegio Internacional Mallorca, en el municipio de Marratxí, en los niveles de primaria que corresponden a la primera fase del proyecto total y con la configuración siguiente:

Enseñanzas autorizadas:

Educación primaria: 6 unidades y 118 plazas escolares.

4. Recordar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se deba modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente del día en que se publique en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de la publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 2 de septiembre de 2020

El consejero de Educación, Universidad e Investigación

Martí X. March i Cerdà