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AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 8460
Departamento de Planeamiento y Gestión urbanística.
Servicio jurídico-administrativo de Planeamiento.
Exp: PA 2018 0011.
Aprobación inicial del proyecto de modificación del PGOU consistente en la supresión de parte del vial previsto en el ámbito de la UE/14-02
El Pleno del Ayuntamiento de 30 de julio de 2020, aprobó inicialmente el proyecto de modificación del Plan General de Ordenación Urbana consistente en la supresión de parte del vial previsto en el ámbito de la UE/14-02 y reordenar su trazado para permitir el cambio de dirección del tráfico rodado, según proyecto redactado por los Servicios Técnicos de Planeamiento.
Cumpliendo el artículo 55 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, se somete el mencionado proyecto de modificación del Plan General a información pública durante TREINTA DÍAS. Dado el art. 21.5 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo, para la isla de Mallorca (LOUS), el plazo de información pública se computa desde la última publicación obligatoria.
Quienes se consideren afectados pueden examinar el proyecto:
presencialmente en la Sección de información urbanística (Av. Gabriel Alomar, 18, planta baja. Edificio Municipal de les Avingudes)
en el anuncio de este acuerdo, en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica Municipal (con navegador Explorer)
a través del enlace
https://urbanisme.palmademallorca.es/IMI/URBANISME/PRD/Planejament_urbanistic_pdf/Images%20Arxiu/PA-MODIFICACIO_PG/PA-201800110000/PA-20180011_PORTADA.pdf. (con navegador Explorer)
y presentar las alegaciones que estimen pertinentes, dentro del mencionado plazo y mediante escrito dirigido al Ayuntamiento de Palma, en el registro general de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía, cuya dirección puede ser consultada en la página web www.palma.cat, o en las dependencias a que se refiere el art. 26.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Así mismo y de acuerdo con el art. 51 de la mencionada Ley 12/2017, se hace pública la suspensión de la tramitación y aprobación de los planes de desarrollo, de los instrumentos de gestión, así como del otorgamiento de toda clase de autorizaciones y licencias urbanísticas y de la posibilidad de presentar comunicaciones previas, en lo que resulten afectadas por las determinaciones de este planeamiento.
Palma, 10 de septiembre de 2020
El jefe del Departamento
p.d. Decreto de Alcaldía nº 3000/2014, de 26/02/2014
(BOIB nº 30 de 4-03-2014)
Jaume Horrach Font