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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 8449
Resolución del director de Área de Profesionales y Relaciones Laborales del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 10 de septiembre de 2020 por la que se aprueba la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio del Gabinete Técnico-Asistencial del Servicio de Salud de las Islas Baleares

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Texto

Hechos

Es necesario cubrir el puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio del Gabinete Técnico-Asistencial de la plantilla de personal estatutario de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares.

Fundamentos de derecho

1. El Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 por el que se regula el sistema de provisión de los cargos no directivos del personal estatutario de gestión y servicios del Servicio de Salud, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de mayo de 2011 (BOIB núm. 75, de 21/05/2011).

2. La Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 23 de mayo de 2011 por la que se dictan instrucciones para aplicar el Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011 (BOIB núm. 87, de 11/06/2011).

3. El Acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad de 5 de diciembre de 2012 por el que se modifica el Acuerdo de Mesa Sectorial de Sanidad de 22 de marzo de 2011, ratificado por el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 18 de enero de 2013 (BOIB núm. 11, de 22/01/2013).

4. La Resolución de la consejera de Salud de 13 de enero de 2016 por la que se delegan varias competencias en materia de personal estatutario en los órganos del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 10, de 21/01/2016).

5.  El Decreto 8/2018, de 23 de marzo, por el que se regula la capacitación lingüística del personal estatutario del Servicio de Salud de las Islas Baleares (BOIB núm. 37, de 24/03/2018).

Por todo esto dicto la siguiente

Resolución

1. Aprobar la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio del Gabinete Técnico-Asistencial de la plantilla de personal estatutario de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares. Esta convocatoria se rige por las bases reguladoras que figuran en el anexo.

2.  Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contenciosa-administrativa de las Islas Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución, de acuerdo con los artículos 8.2.a y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa. También se puede interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.

Sin embargo, los interesados pueden optar por interponer contra esta resolución un recurso de reposición ante el mismo órgano que la dicta en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que no se haya dictado una resolución expresa o presunta sobre el recurso de reposición, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Palma, 10 de septiembre de 2020

El director de Área de Profesionales y Relaciones Laborales Gabriel Lladó Vidal Por delegación de competencias de la consejera de Salud  (BOIB núm.10, de 21/01//2016)

 

 

ANEXO Bases de la convocatoria

1. Puesto de trabajo convocado

Un puesto de trabajo de jefe/jefa del Servicio del Gabinete Técnico-Asistencial de la plantilla de personal estatutario de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, para prestar servicio en la Dirección General del Servicio de Salud.

2. Características del puesto de trabajo

a) Depende de la Dirección General y tiene que cumplir las funciones propias de un jefe de servicio.

b) Su ámbito de actuación es todo el Servicio de Salud.

3. El Decreto 63/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica del Servicio de Salud de las Islas Baleares dictamina que el Gabinete Técnico-Asistencial —el titular del cual podrá tener el rango de subdirector, o se podrá cubrir según lo dispuesto en la disposición adicional primera de esta norma— tiene las funciones siguientes:

a) Dirigir, organizar, controlar y planificar el trabajo y los recursos humanos del Gabinete Técnico-Asistencial y todas las áreas y los servicios que dependen de él: Observatorio de Datos Sanitarios, Documentación Clínica, Ciencia de Datos, Oficina de Calidad y Seguridad de la Información y Comunicación Digital.

b) Elaborar los indicadores asistenciales necesarios para el desarrollo de la actividad asistencial.

c)  Homogeneizar y homologar registros, códigos, diccionarios y catálogos, para todos los centros que integran el Servicio de Salud.

d) Elaborar los cuadros de mando necesarios para la gestión del Servicio de Salud.

e) Elaborar los indicadores asistenciales y cuadros de mandos necesarios para la gestión de las diferentes direcciones generales y de la Consejería de Salud y Consumo misma.

f)  Elaborar los contratos de gestión entre el Servicio de Salud y las diferentes gerencias.

g) Elaborar los protocolos necesarios para la aplicación por parte de los profesionales y las profesionales del Servicio de Salud.

h) Adaptar los sistemas de información asistenciales a la medición de resultados y a la evaluación clínica, y homogeneizar la información clínica, los catálogos y los conceptos.

i) Monitorizar y analizar los indicadores de evaluación propuestos por las diferentes direcciones y subdirecciones para asegurar un seguimiento correcto de los contratos de gestión, de los proyectos y de las estrategias asistenciales del Servicio de Salud.

j) Potenciar el sistema de información SOPHIA, como herramienta para el seguimiento de los indicadores de actividad asistencial, de los recursos de los medicamentos, de los recursos humanos, de Historia de Salud y de los contratos de gestión.

k) Todas las funciones que le atribuya la Dirección General y Dirección Asistencial y las que le sean delegadas expresamente.

4. Requisitos

Tener la condición de personal estatutario fijo, pertenecer a alguna categoría de los subgrupos A1 o A2 y estar en la situación de servicio activo o de reserva de plaza en alguna institución sanitaria del Sistema Nacional de Salud, o bien tener la condición de personal funcionario de carrera en cualquier administración pública de los grupos A1 o A2 y estar en la situación de servicio activo, y tener el nivel de conocimientos de catalán requerido para la categoría, que actualmente es el B2.

Estos requisitos se tienen que cumplir en la fecha de publicación de la convocatoria y se tienen que mantener hasta la fecha de la toma de posesión. El aspirante los tiene que acreditar de manera fehaciente cuando presente la solicitud.

Además de acreditar los requisitos, las persones aspirantes pueden presentar su currículum junto con los documentos que acrediten los títulos —originales o copias compulsadas— que consideren oportunos.

 

5. Trámite de solicitud

La solicitud para participar en el proceso selectivo se tiene que presentar en el plazo de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Dirigida al órgano que la convoca, se tiene que formalizar en el Registro General de los Servicios Centrales del Servicio de Salud o por cualquier de las vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.