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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE MENORCA

Núm. 8366
Convocatoria pública “Plan Mejora Punto de Venta” 2020. La Cámara de Comercio de Menorca establece estas bases para la convocatoria pública de apoyo al comercio donde se beneficiarán de un asesoramiento a través del Mejora del Punto de venta (“mejora PV”) con la subvención de la Dirección General de Comercio del Govern de las Illas Balears de 2020, respetando los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación

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Texto

La Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Menorca, con el objetivo de cumplir con los principios de publicidad, concurrencia, transparencia, confidencialidad, igualdad y no discriminación, establece las bases de la convocatoria pública para la selección de los 8 comercios que se beneficiarán del Plan Mejora Punto de Venta, subvencionado por la Direcció General de Comerç de la Conselleria de Transició Energètica i Sectors Productius, en el marco del Plan de Apoyo al Comercio Minorista 2020 – 2021, que ejecuta la Cámara de Menorca.

Primero. Objeto.

El objeto de la convocatoria es la selección de los comercios a los que se elaborará un “Plan MPV” durante el 2020, consistente en una identificación y diagnóstico de los puntos fuertes y débiles del punto de venta, así como la realización de una serie de recomendaciones para la renovación y optimización del establecimiento comercial.

Segundo. Beneficiarios y requisitos.

Podrán beneficiarse de un “Plan MPV” sin coste, gracias a la subvención otorgada por la Direcció General de Comerç de la Conselleria de Transició Energètica i Sectors Productius a la Cámara de Menorca para el 2020 - 2021, un total de 8 comercios que cumplan los requisitos y acepten las condiciones establecidas en esta convocatoria.

I. Requisitos:

- Ser autónomo, microempresa o pequeña empresa en activo, con establecimiento comercial permanente en Menorca. Se podrá presentar, como máximo, un establecimiento por NIF.

- Tener la actividad principal enmarcada dentro de uno de los epígrafes del IAE de comercio al por menor incluidos en la relación del Anexo I, o estar de alta en un IAE que permita la venta minorista.

- Que el local comercial a analizar tenga una superficie de venta inferior a 400 m2 y disponga de la correspondiente licencia de actividad.

- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

- No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y cumplir la norma minimis que exige la Unión Europea.

II. Condiciones imprescindibles para participar:             

- Aceptar entrar en el proceso de selección establecido por la Cámara de Menorca y la Dirección General de Comercio y Empresa del Govern de les Illes Balears.

- Seguir las pautas, procedimientos y especificaciones indicadas por el técnico consultor y la Cámara de Menorca, prestadora del servicio para el desarrollo del “Plan MPV” y mostrar interés en abordar actuaciones de mejora para su establecimiento, en el corto, en el medio y en el largo plazo.

- Favorecer la realización de las visitas al establecimiento comercial necesarias para la recopilación de los datos en el calendario propuesto por el consultor y colaborar con él en la cumplimentación del cuestionario de apoyo a la realización del servicio, aportándole los datos necesarios.

Autorizar para que sus datos sean incluidos en un fichero automatizado del que es titular la Cámara de Comercio de Menorca y puedan ser utilizados con el fin de posibilitar el desarrollo, ejecución, justificación y evaluación del “Plan MPV”, cumpliendo los criterios de confidencialidad y protección de datos personales.

- Facilitar, a requerimiento de la Cámara de Menorca, la documentación que pudiera ser solicitada para la comprobación de los datos y de los requisitos indicados para el comerciante.

Tercero. Importe.  Bonificación del 100% del precio del informe “MPV” para el comercio.

Cuarto. Solicitudes.  Los interesados que reúnan los requisitos deberán cumplimentar el formulario de solicitud (Anexo II) accesible en la Cámara de Menorca y aceptar las condiciones de participación en el “Plan MPV” para entrar en el proceso de la selección.

Quinto. Lugar y plazo de presentación. Las solicitudes deben presentarse a través de correo electrónico enviado a camaramenorca@camaramenorca.com. El plazo máximo para su presentación será el 30 de septiembre de 2.020.

Sexto. Resolución y criterios de valoración. La concesión de la solicitud se hará mediante la comprobación, en un único procedimiento, de las solicitudes presentadas en plazo y que cumplan los requisitos y condiciones. En caso de que ser más comercios los interesados, y siempre que cumplan los requisitos y las condiciones, que las vacantes disponibles a bonificar, la concesión de la solicitud se hará por el procedimiento de concurso, con el fin de establecer la prelación, de acuerdo con los criterios de valoración siguientes:

· Antigüedad del establecimiento comercial (de 5 a 20 puntos: más de 5 años – 5 puntos; más de 10 años – 10 puntos; más de 15 años – 15 puntos; más de 20 años- 20 puntos).

·Tipo de actividad (de 5 a 20 puntos en función de su adecuación a los siguientes aspectos: venta de producto local - 5 puntos; originalidad - 5 puntos; exclusividad – 5 puntos; y/o servicio de proximidad – 5 puntos).

. Motivación del comerciante para participar en el “Plan MPV” (de 5 a 30 puntos).

. Necesidad del comercio y el aprovechamiento del “Plan MPV”” (de 5 a 30 puntos).

· Miembro del Club Cámara de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Menorca (5 puntos).

· Participante de la plataforma online Xuroa.com (2 puntos).

Para examinar las solicitudes presentadas se convocará una Comisión evaluadora presidida por el Director General de Comercio y Empresa del Govern de les Illes Balears y compuesta, como vocales, el Presidente de la Cámara de Menorca o persona en la que delegue, el vocal del Pleno representante del Sector Comercio y un técnico de la Cámara de Comercio de Menorca.

Dicha comisión evaluadora será la que asigne un técnico consultor, homologado por la Cámara de Comercio de Menorca, a cada comercio seleccionado, para la realización del “Plan MPV”.

El plazo máximo para que la Comisión evaluadora seleccione a los comercios participantes en el “Plan MPV” 2020 - 2021 y se comunique con los beneficiarios será de 5 días desde la finalización del plazo de presentación de las solicitudes.

Si tras el primer contacto del consultor o técnico con el establecimiento comercial se comprobara que el solicitante no reúne los requisitos y/o no respetara las condiciones exigidas en la presente convocatoria, se le tendrá por desistido de la solicitud, en cuyo caso se procederá a seleccionar al siguiente comercio mejor valorado conforme a la resolución o revisión de la Comisión evaluadora.

En caso de no cubrirse las plazas ofertadas con las solicitudes presentadas, la Comisión evaluadora se reserva el derecho a aceptar solicitudes registradas con posterioridad al plazo de presentación establecido en la convocatoria, hasta agotarse el presupuesto disponible y cubrir el cupo de los 8 posibles comercios beneficiarios, a criterio de la Comisión evaluadora.

Los informes de “Plan MPV” deberán ser elaborados y entregados al comerciante antes del 1 de abril de 2021.

           

Menorca, 10 de septiembre de 2020

El secretario general interino David Rovellada Pons

 

Plan Mejora Punto de Venta

Beneficiarios: establecimientos con actividad principal de alta en alguno de los siguientes epígrafes IAE de comercio al por menor:

Código

Descripción

641

Comercio al por menor de frutas, verduras, hortalizas y tubérculos

642.1

Comercio al por menor de carnes y despojos de productos y derivados cárnicos elaborados de huevo, aves, conejos de granja, caza

642.2

Comercio al por menor, en dependencias de venta de carnicerías: charcuterías, de carnes frescas y congeladas, despojos y toda clase de productos y derivados cárnicos

642.3

Comercio al por menor, en dependencias de venta de carnicerías-salchicherías, de carmes frescas y congeladas, despojos, productos procedentes de industrias cárnicas.

642.4

Comercio al por menor, en carnicerías, de carnes frescas y congeladas, despojos y productos y derivados cárnicos elaborados; así como de huevos, aves, conejos de granja, caza……

642.5

Comercio al por menor de huevos, aves, conejos de granja, caza y de productos derivados de los mismos

642.6

Comercio al por menor, en casquerías, de vísceras y despojos procedentes de animales de abasto, frescos y congelados

643.1

Comercio al por menor de pescados y otros productos de la pesca y de la acuicultura y de caracoles

643.2

Comercio al por menor de bacalao y otros pescados en salazón

644.1

Comercio al por menor de pan, pastelería, confitería y similares y de leche y productos lácteos

644.2

Despachos de pan, panes especiales y bollería

644.3

Comercio al por menor de productos de pastelería, bollería y confitería

644.4

Comercio al por menor de helados

644.5

Comercio al por menor de bombones y caramelos

644.6

Comercio al por menor de masas fritas, con o sin coberturas o rellenos, patatas fritas, productos de aperitivo, frutos secos, golosinas, preparados de chocolate y bebidas refrescantes

645

Comercio al por menor de vinos y bebidas de todas clases

646.1

Comercio al por menor de labores de tabaco de todas clases y formas en expendedurías generales, especiales e interiores

646.3

Comercio al por menor de labores de tabaco de todas clases y formas en expendedurías de carácter complementario

646.4

Comercio al por menor de labores de tabaco, realizado por establecimientos mercantiles en régimen de autorizaciones de venta con recargo

646.6

Comercio al por menor de tabacos de todas clases en localidades donde no está estancada la venta

646.8

Comercio al por menor de artículos para fumadores

647.1

Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservicio o mixto en establecimientos cuya sala de ventas tenga superficie inferior a 120 m2

647.2

Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en establecimientos cuya sala de ventas tenga superficie inferior a 120 m2

647.3

Comercio al por menor de cualquier clase de productos alimenticios y de bebidas en régimen de autoservicio o mixto, cuando la superficie de su sala de ventas entre 120 y 399 m2

651.1

Comercio al por menor de productos textiles, confeccionados para el hogar, alfombras y similares y artículos de tapicería

651.2

Comercio al por menor de toda clase de prendas para el vestido y tocado

651.3

Comercio al por menor de lencería y corsetería

651.4

Comercio al por menor de artículos de mercería y paquetería

651.5

Comercio al por menor de prendas especiales

 

Plan Mejora Punto de Venta                 

Código

Descripción

651.6

Comercio al por menor de calzado, artículos de piel e imitación o productos sustitutivos, cinturones, carteras, bolsos, maletas y artículos de viaje en general

651.7

Comercio al por menor de confecciones de peletería

652.1

Farmacias: comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal

652.2

Comercio al por menor de productos de droguería, perfumería y cosmética, limpieza, pinturas, barnices, disolventes, papeles y otros productos para la decoración y de productos químicos

652.3

Comercio al por menor de productos de perfumería y cosmética, artículos para la higiene y el aseo

652.4

Comercio al por menor de plantas y hierbas en herbolarios

653.1

Comercio al por menor de muebles (excepto los de oficina)

653.2

Comercio al por menor de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico…así como de muebles de cocina

653.3

Comercio al por menor de artículos de menaje, ferretería, adorno, regalo o reclamo, incluyendo bisutería y pequeños electrodomésticos

653.4

Comercio al por menor de materiales de construcción y de artículos y mobiliario de saneamiento

653.5

Comercio al por menor de puertas, ventanas y persianas, molduras y marcos, tarimas y parquet

653.6

Comercio al por menor de artículos de bricolaje

653.9

Comercio al por menor de otros artículos para el equipamiento del hogar n.c.o.p.

656

Comercio al por menor de bienes usados tales como muebles, prendas y enseres de uso doméstico

657

Comercio al por menor de instrumentos musicales en general, así como de sus accesorios

659.1

Comercio al por menor de sellos, monedas, medallas conmemorativas, billetes para coleccionistas, obras de arte y antigüedades, minerales, fósiles, insectos, conchas, animales disecados……

659.2

Comercio al por menor de muebles de oficina y de máquinas y equipos de oficina

659.3

Comercio al por menor de aparatos e instrumentos médicos, ortopédicos, ópticos y fotográficos

659.4

Comercio al por menor de libros, periódicos, artículos de papelería y escritorio y artículos de dibujo

659.5

Comercio al por menor de artículos de joyería, relojería, platería y bisutería

659.6

Comercio al por menor de juguetes, artículos de deporte, prendas deportivas de vestido, calzado y tocado, armas, cartuchería y artículos de pirotecnia

659.7

Comercio al por menor de semillas, abonos, flores y plantas y pequeños animales

659.8

Comercio al por menor denominado sex-shop

659.9

Comercio al por menor de otros productos no especificados en esta agrupación

661.2

Comercio en hipermercados, que ofrecen principalmente en autoservicio un amplio surtido de productos

661.3

Comercio en almacenes populares, entendiendo por tales aquellos establecimientos que ofrecen en secciones múltiples y venden en autoservicio o en preselección un surtido amplio

662.1

Comercio al por menor de toda clase de artículos en economatos y cooperativas de consumo

662.2

Comercio al por menor de toda clase de artículos, incluyendo alimentación y bebidas, en establecimientos distintos de los especificados en el grupo 661 y en el epígrafe 662.1