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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 8320
Resolución de la Presidencia del Institut Mallorquí d'Afers Socials de fecha 23 de julio de 2020 de concesión de ayudas económicas, puntuales y periódicas a familias acogedoras correspondiente al mes de julio de 2020

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Texto

ANTECEDENTES:

1. El artículo 70.8 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares (BOE núm. 52 de 1/03/07), otorga al Consell de Mallorca como propia la competencia en tutela, acogida y adopción de menores.

2. El artículo 70.8 de la Ley orgánica 1/2007, de 28 de febrero, de reforma del Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares (BOE núm. 52 de 1/03/07); la Ley 8/1997, de 18 de diciembre, de atribución de competencias en materia de tutela, acogida y adopción de menores (BOCAIB núm. 157 ext. de 20/12/1997), con el artículo 2 de los Estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials aprobados en el Pleno del 1/04/2019 (BOIB núm. 67 de 18/05/2019), la Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de atención a los derechos de la infancia y adolescencia de las Islas Baleares (BOIB núm. 163 de 18/11/06), la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor y modificación parcial del Código Civil i de la LEC.

3. En fecha 28 de enero de 2019, por resolución de la Presidenta del Institut Mallorquí d'Afers Socials, se aprueba la actualización de precios de las prestaciones establecidas en la resolución de 16 de marzo de 2018 de prestaciones económicas por acogimientos familiares (BOIB núm. 14 de 31 de enero de 2019).

4. En fecha 10 de octubre de 2019, por resolución del presidente del Institut Mallorquí d'Afers Socials, se aprueba la actualización de precios de las ayudas escolares establecidas en la resolución de 16 de marzo de 2018 de prestaciones económicas por acogimiento familiar (BOIB núm. 141 de 17 de octubre de 2019).

5. En fecha 23 de enero de 2020, por resolución del presidente del Institut Mallorquí d'Afers Socials, se aprueba la actualización de precios de las prestaciones económicas por acogimientos familiares permanentes con familia extensa o aliena, temporales con familia extensa i temporales con familia aliena i por acogimientos preadoptivos para el año 2020 (BOIB núm. 11 de de de enero de 2020).

6. El artículo 1.2 i) de la Ley 62/2003, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, administrativas y de orden social, establece que están exentos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las prestaciones económicas recibidas de instituciones públicas con motivo de la acogida de menores.

7. Los ingresos que perciben las familias acogedoras en concepto de acogida de menores con medida de protección son renta exentas de acuerdo con lo que dispone el art. 7.i) de la Ley 35/2006, de 28 de diciembre, del IRPF.

8. El artículo 7.2.7 de los Estatutos otorgan a la Presidencia del Institut Mallorquí d'Afers Socials la competencia para resolver el procedimiento de ayudas y prestaciones.

9. Según los dictámenes aprobados en las Comisiones Tècnicas Económicas (CTE) que se llevan a cabo semanalmente donde se determinan los motivos por los cuales se conceden ayudas económicas a las familias acogedoras de menores, así como los motivos para dejar sin efecto las citadas ayudas.

10. Vista la propuesta anterior y el informe de la Intervención Delegada nº IDIMAS/709/20/01 JCC, de fecha 23 de julio de 2020, haciendo uso de las atribuciones que me han sido otorgadas por el art. 7.2, apartado 23) de los Estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials, aprobados por acuerdo del Pleno del Consell Insular de Mallorca, de día 11 de abril de 2019 (BOIB núm. 67 de 18 de mayo de 2019).

Por todo lo expuesto anteriormente,

 

RESUELVO

Primero.- Conceder ayudas económicas, puntuales y periódicas desde el mes de julio hasta el mes de diciembre de 2020, en el caso de las ayudas periódicas al acogimiento familiar; según los dictámenes aprobados en la Comisión Técnica Económica a favor de las personas, en calidad de acogedoras, relacionadas en el Anexo I y de acuerdo con la relación contable Q/2020/1052, por importe total de 28.690,54 €.

Segundo.- Autorizar y disponer créditos por importe de 28.690,54 repartidos con cargo a las partidas presupuestarias de la siguiente manera: 21.334,08y 7.356,46a la 20.23135.48001 y 20.23135.48002 respectivamente, del presupuesto de gastos del IMAS de 2020.

Tercero.- Publicar esta resolución en el BOIB.

Esta resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella se puede interponer, de acuerdo con el artículo 28.1 de los Estatutos del Institut Mallorquí d'Afers Socials (BOIB núm. 67, de 18 de mayo de 2019) aprobados por acuerdo del Pleno del Consell de Mallorca de 11 de abril de 2019, recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Mallorca, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de la presente resolución, de acuerdo con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sobre el objeto y plazo de este recurso

Contra la desestimación expresa del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

 

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

  

Palma, 11 de agosto de 2020

El presidente por suplencia de acuerdo con el art. 8.2.1. de los Estatutos

Jaume Tortella Cànaves

 

DNI

IMPORTE

CÓDIGO ECONÓMICO

27233753M

1.882,26 €

2020 20 23135 48001

23763212A

1.882,26 €

2020 20 23135 48001

43005820Y

3.575,16 €

2020 20 23135 48002

43072342N

3.589,62 €

2020 20 23135 48001

X3664296M

135,98 €

2020 20 23135 48001

42992511Z

356,16 €

2020 20 23135 48001

78212057M

1.882,26 €

2020 20 23135 48001

78212057M

135,98 €

2020 20 23135 48001

78212057M

1.882,26 €

2020 20 23135 48001

78212057M

135,98 €

2020 20 23135 48001

52684848J

1.882,26 €

2020 20 23135 48001

15978978G

349,92 €

2020 20 23135 48001

15978978G

19,45 €

2020 20 23135 48001

15978978G

299,97 €

2020 20 23135 48001

15978978G

1.399,50 €

2020 20 23135 48001

15978978G

77,74 €

2020 20 23135 48001

42954239Z

299,97 €

2020 20 23135 48001

46543093V

766,22 €

2020 20 23135 48001

45693101J

299,97 €

2020 20 23135 48001

41388883S

2.670,72 €

2020 20 23135 48001

41388883S

445,12 €

2020 20 23135 48001

41388883S

44,52 €

2020 20 23135 48001

X6903244R

199,98 €

2020 20 23135 48001

Y7284872G

167,36 €

2020 20 23135 48001

Y7284872G

167,36 €

2020 20 23135 48001

43094219Q

94,14 €

2020 20 23135 48001

24218921J

133,56 €

2020 20 23135 48001

24218921J

133,56 €

2020 20 23135 48001

43041764R

258,18 €

2020 20 23135 48002

44361540Z

258,18 €

2020 20 23135 48002

41459494Q

621,18 €

2020 20 23135 48002

43005820Y

621,23 €

2020 20 23135 48002

43005820Y

621,23 €

2020 20 23135 48002

43041764R

328,86 €

2020 20 23135 48002

43041764R

436,92 €

2020 20 23135 48002

43118247D

317,76 €

2020 20 23135 48002

43037164R

317,76 €

2020 20 23135 48002