Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE PALMA
Núm. 8276
Departamento de Personal. Servicio de Selección, Provisión y Gestión. Decreto convocatoria y bases específicas concurso oposición turno libre bombero/a conductor/a del Ayuntamiento de Palma
El concejal del Área de Hacienda, Innovación y Función Pública, por resolución número 13.612 de 8 de septiembre de 2020, acordó lo siguiente:
PRIMERO.- Convocar concurso oposición por el turno libre para cubrir siete plazas vacante de BOMBERO/A CONDUCTOR/A, vacantes en la plantilla de funcionarios/as de este Ayuntamiento pertenecientes a la Escala de Administración Especial, subescala servicios especiales, clase b) servicio contra incendios y salvamento. grupo C, subgrupo C1, dotadas presupuestariamente y correspondientes a las ofertas públicas de empleo de los ejercicios 2018 y 2019.
SEGUNDO.- Aprobar las bases específicas que regirán esta convocatoria, que se adjuntan.
TERCERO.- El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
CUARTO.- Las instancias se dirigirán al Muy Honorable Señor Alcalde en la forma establecida en la base tercera de las bases generales que rigen esta convocatoria, que fueron publicadas en el BOIB núm. 129 de 21 de septiembre de 2019.
QUINTO.- No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de la plaza convocada.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, conforme lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el registro general de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición. En este caso queda expedita la vía contencioso administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, conforme a lo establecido en el artículo citado anteriormente, y los 45 y siguientes de la ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Esto sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Palma, 9 de septiembre de 2020
El jefe de departamento de Personal
p.d. Decreto de alcaldía núm. 3000, de 26/02/2014 (BOIB núm. 30, de 04/03/2014)
Antoni Pol Coll
BASES ESPECÍFICAS OPOSICIÓN PARA CUBRIR 7 PLAZAS DE BOMBERO/A CONDUCTOR/A.
OBJETO Y NORMAS GENERALES.
El Ayuntamiento de Palma convoca pruebas selectivas, mediante el sistema de concurso-oposición turno libre, para la cobertura de siete plazas de BOMBERO/A CONDUCTOR/A, vacantes en la plantilla de funcionarios/as de este Ayuntamiento pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala servicios especiales, clase b) servicio contra incendios y salvamento, grupo C, subgrupo C1, dotadas presupuestariamente y correspondientes a las ofertas públicas de empleo de los ejercicios 2018 y 2019 .
La presente convocatoria está, además, sujeta a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
Las presentes bases tendrán en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres, con respecto al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015 , de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares .
El artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres dispone que "la aprobación de convocatorias de pruebas selectivas para el acceso al empleo público deberá acompañarse de un informe de impacto de género, excepto en casos de urgencia y siempre sin perjuicio de la prohibición de discriminación por razón de sexo", que se complementa con el artículo 43.3 de la Ley 11/2016, de 28 de julio de Igualdad de mujeres y hombres de las Islas Baleares: " En las ofertas de empleo público de las administraciones públicas de las Islas Baleares, se acompañará una evaluación del impacto de género". Todo esto pone de manifiesto el compromiso asumido por el Ayuntamiento de Palma en relación con la promoción activa de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, así como de prevención y actuación ante la violencia de género.
Las bases generales que rigen esta convocatoria se publicaron en el BOIB núm. 129, de 21 de septiembre de 2019.
Requisitos: Además de los exigidos en las bases generales los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
- Tener cumplidos 16 años de edad.
- Estar en posesión del título de Bachiller o equivalente.
- Estar en posesión del permiso de conducir clase C.
- Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes, de acuerdo con el cuadro de exclusiones que figura en el anexo A.
- Acreditar el conocimiento de la lengua catalana de nivel B2 mediante un certificado expedido por la EBAP, o bien por los títulos, diplomas y certificados homologados establecidos en la Orden del Consejero de Educación, Cultura y Universidades de 21 de febrero de 2013, por la que se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección general de Cultura y Juventud (BOIB núm. 34, de 12-03-2013) o por Certificado expedido por la Dirección general de Cultura y Juventud de la Consejería de Educación, Cultura y Juventud, que según el Decreto 6/2012, de 3 de febrero, sobre evaluación y certificación de conocimientos de catalán, (BOIB número 19, de 07-02-2012), garantice los conocimientos de catalán exigidos. Este documento acreditativo, original o fotocopia compulsada, se deberá presentar dentro del plazo de admisión de solicitudes al proceso selectivo, sin que se puedan presentar en ningún otro momento.
FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS
Los aspirantes a las pruebas selectivas deberán rellenar el impreso establecido por el Ayuntamiento de Palma, que se les facilitará en las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de este Ayuntamiento. Asimismo, el mencionado impreso podrá obtenerse a través de Internet consultando la página web www.palma.cat; este impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede una copia sellada de la instancia presentada.
Las solicitudes se dirigirán al Alcalde y se podrán presentar en cualquiera de las Oficinas de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento de Palma o en cualquiera de las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Los derechos de examen serán de 15,91 euros y serán abonados por los interesados dentro del plazo de admisión de instancias mediante el documento de autoliquidación que las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (OAC) les entregará al presentar la solicitud de admisión a la convocatoria. También se pueden abonar por giro postal en las oficinas de correos o con tarjeta financiera en la propia OAC.
El plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente. Los sucesivos anuncios se publicarán únicamente en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB).
Junto con la solicitud, los interesados deberán acompañar:
a. Una fotocopia del documento nacional de identidad o, en caso de no ser español, del documento oficial acreditativo de la personalidad (NIE, pasaporte o tarjeta de residencia).
b. Una fotocopia compulsada del título académico exigido en cada convocatoria (anverso y reverso) o certificación académica que acredite haber superado todos los estudios para obtener el título.
c. El resguardo del pago de la tasa realizado según la vía seleccionada.
d. Copia auténtica del certificado de conocimientos de lengua catalana que se indique en la convocatoria específica. Los conocimientos de lengua catalana se acreditarán mediante un certificado expedido o reconocido como equivalente o que esté homologado por la Dirección General de Política Lingüística, o bien expedido por la Escuela Balear de Administración Pública.
e. Una fotocopia del permiso de conducir clase C.
Agotado el plazo de presentación de instancias, el órgano competente dictará resolución en el plazo máximo de un mes aprobando la lista provisional de admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento y en su página web, con indicación de las causas de exclusión, así como el plazo de subsanación de defectos y presentación de reclamaciones que se concede a los aspirantes excluidos, que será de 10 días hábiles.
Transcurrido este plazo se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el tablón electrónico de edictos y anuncios de la página web www.palma.es de anuncios de este Ayuntamiento y en el apartado de oferta pública de trabajo de la misma página web, en la relación de excluidos se hará constar las resoluciones de las reclamaciones presentadas.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN: Oposición por el turno libre.
CALIFICACIONES: Todos los ejercicios son obligatorios y eliminatorios y se calificarán en la forma descrita en el enunciado de cada uno de ellos.
COMPOSICIÓN DEL TRIBUNAL CALIFICADOR:
El tribunal calificador estará constituido por un presidente y seis vocales, que serán designados por la Corporación por sorteo, de entre personal funcionario en servicio activo, uno de la categoría de oficial/a del SCIS, uno de las categorías de suboficial/a o Sargento/a del SCIS, uno de las categorías de Cabo/a, Bombero/a Conductor/a o Bombero/a, y el resto de entre personal de otros departamentos del Ayuntamiento de Palma, y que reúnan los requisitos exigidos en la normativa vigente.
Esta designación implicará la del respectivo personal suplente. El secretario/a será designado por votación de entre los vocales. El tribunal podrá disponer la incorporación de personal asesor especialista para aquellas pruebas que estime oportuno o cuando así se haya establecido en las presentes bases.
PROGRAMA DE LA OPOSICIÓN
Con la lista de admitidos/as, que se publicará en el plazo máximo de 20 días finalizado el plazo de presentación, el tribunal publicará un calendario con la fecha de realización de todas las pruebas para finalizar el proceso (a excepción del séptimo ejercicio) dentro de un plazo de 4 meses desde la fecha de publicación del listado de admitidos/as. Entre examen y examen no podrá haber más de 15 días hábiles y siempre respetando los plazos de reclamación legalmente establecidos. En caso de realización de dos o más ejercicios el mismo día, se permitirá la realización de todos los ejercicios, aunque no se haya superado alguno de ellos con el fin de resolver posibles alegaciones.
Todos los ejercicios son obligatorios y eliminatorios.
Las mujeres que habiendo sido convocadas para hacer el tercero, cuarto, quinto, sexto o séptimo ejercicio, estén embarazadas o no hayan cumplido las dieciséis semanas desde el nacimiento del hijo/a pueden solicitar al Tribunal Calificador el aplazamiento de la realización de estas pruebas hasta la siguiente convocatoria de acceso a la categoría de bombero/a o bombero/a conductor/a del Cuerpo de Bomberos/as de Palma.
Esta solicitud se presentará mediante instancia dirigida al Tribunal Calificador, antes de la realización de las pruebas mencionadas y deberá ir acompañada obligatoriamente de un certificado médico que acredite esta situación.
En caso de aplazamiento, las participantes podrán mantener hasta la siguiente convocatoria la nota de los ejercicios que hayan realizado. Esta reserva quedará condicionada al hecho de que los ejercicios no se hayan modificado de forma sustancial en el siguiente proceso de selección.
Las personas participantes con reserva de nota en cualquiera de los ejercicios, deberán presentar una solicitud de participación en la próxima convocatoria pidiendo esta convalidación, y deberán hacer el resto de pruebas que se especifiquen en la nueva convocatoria.
Así como se indica en algunos de los ejercicios, estos podrán ser grabados si el Tribunal Calificador lo encuentra oportuno. Con la aceptación de estas bases, los/las aspirantes dan su consentimiento expreso para poder ser grabados. Estas grabaciones estarán única y exclusivamente al alcance del Tribunal Calificador y Servicio de Selección, provisión y gestión del Ayuntamiento de Palma, para resolver posibles alegaciones o de la autoridad judicial si hay requerimiento de ésta.
Primer Ejercicio: Prueba de Conocimientos Específicos.
Se trata de un cuestionario tipo test de 80 preguntas, con 3 respuestas posibles por pregunta, de las que sólo una será la correcta, relacionadas con el temario enumerado en el anexo B, en un tiempo máximo de 60 minutos. Además, habrá 10 preguntas de reserva, por las que se tendrá 7 minutos y medio adicionales para contestarlas. Estas preguntas de reserva servirán para sustituir aquellas que se consideren no válidas por el Tribunal, y se cogerán siguiendo el orden establecido.
Este ejercicio será calificado hasta un máximo de 10 puntos y serán eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos. La puntuación otorgada, se hará con 2 decimales. Las preguntas no resueltas, tanto si figuran las tres opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta, no se valorarán. Las preguntas con respuesta errónea se penalizarán con la mitad del valor asignado a la respuesta correcta. Para efectuar la calificación del ejercicio se aplicará la fórmula siguiente:
{A- (E/2)} x 10
Q = ----------------------
P
Q: resultado de la prueba; A: número de respuestas acertadas; E: número de respuestas erróneas; P: número de preguntas del ejercicio.
Segundo Ejercicio: Prueba de Conocimientos Generales.
Se trata de un cuestionario tipo test de 50 preguntas, con 3 respuestas posibles por pregunta, de las que sólo una será la correcta, sobre el contenido completo del programa que se relaciona en el anexo C. El tiempo máximo para realizar esta prueba es de 37'5 minutos.
Además, habrá 10 preguntas de reserva, por las que se tendrá 7'5 minutos adicionales para contestarlas. Estas preguntas de reserva servirán para sustituir aquellas que se consideren no válidas por el Tribunal, y se cogerán siguiendo el orden establecido.
Las preguntas no resueltas, tanto si figuran las tres opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta, no se valorarán. Las preguntas con respuesta errónea se penalizarán con la mitad del valor asignado a la respuesta correcta. Para efectuar la calificación del ejercicio se aplicará la fórmula siguiente:
{A-(E/2)} x 10
Q = ————————
P
Q: resultado de la prueba; A: número de respuestas acertadas; E: número de respuestas erróneas; P: número de preguntas del ejercicio.
El conjunto de esta prueba podrá sumar hasta 10 puntos y serán eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos. La puntuación otorgada, se hará considerando 2 decimales.
Tercer Ejercicio: Pruebas Físicas
Las personas aspirantes que hayan superado los ejercicios anteriores serán ordenadas de mayor a menor puntuación, sumando las puntuaciones otorgadas, siempre con 2 decimales.
Consiste en realizar las 7 pruebas físicas que se explican en el anexo D, con el orden de realización que decidirá el tribunal. Estas pruebas se puntuarán de 5 a 10 puntos. Los aspirantes deberán tener una puntuación mínima de 5 puntos en cada una de las pruebas para superar el ejercicio. Al finalizar cada una de las pruebas, el Tribunal dará un justificante/comprobante firmado al opositor/a con la nota obtenida en cada una de ellas.
Estas pruebas serán evaluadas por personal externo acreditado como tal por las Federaciones Deportivas pertinentes o el Colegio Oficial de graduados en INEF o Grado en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.
Las puntuaciones y explicaciones de cada prueba son las establecidas en el anexo D
La nota final será el resultado de hacer la media de todas las pruebas con la aplicación de la siguiente fórmula:
Q = P / 7
Q: resultado del ejercicio; P: suma de los puntos obtenidos en cada una de las 7 pruebas valoradas entre 5 y 10 puntos.
Este ejercicio se puntuará con un máximo de 10 puntos y la nota obtenida se podrá conservar para convalidar en las dos convocatorias posteriores y, en todo caso, con una vigencia máxima de 5 años a contar desde la fecha de realización de esta prueba. Por ello se podrá pedir certificado al tribunal donde haga constar las pruebas realizadas, la nota obtenida en cada una de ellas y la nota media final.
Con carácter previo a la realización de este ejercicio será obligatorio hacer una declaración de consentimiento para la realización de las pruebas físicas. Será imprescindible entregar al Tribunal el mismo día de las pruebas un Certificado Médico Oficial expedido como máximo tres meses antes de la realización de las mismas, en el que se haga constar que se reúnen las condiciones físicas necesarias y suficientes para realizar los ejercicios del anexo A de estas bases. La no presentación de dicho certificado o la incorrección del mismo conllevará la exclusión automática del proceso selectivo.
En este ejercicio se puede pedir a los aspirantes que hagan una prueba antidopaje. Quedarán eliminados si dan positivo o si se niegan a hacerla.
Este ejercicio podrá ser grabado.
Cuarto Ejercicio y Quinto ejercicio
Las personas aspirantes que hayan superado la tercera prueba serán ordenadas de mayor a menor puntuación, sumando las puntuaciones otorgadas, siempre con 2 decimales.
Estas dos pruebas se realizarán el mismo día dejando un mínimo de 30' entre ellas y podrán ser grabadas.
Con la convocatoria de estos ejercicios irán adjuntadas las notas técnicas y manuales de las herramientas a utilizar en el cuarto ejercicio, así como la plantilla de criterios a evaluar durante la prueba.
En caso de NO superar el primer ejercicio del día, se permitirá hacer el segundo de cara a resolver posibles alegaciones.
Cuarto Ejercicio: Prueba Práctica de conocimiento y manejo de herramientas.
Consistirá en el desarrollo de un ejercicio práctico en el cual se deberá demostrar el conocimiento y la destreza y pericia de uso de una serie de grupos de herramientas básicas, ampliamente utilizadas en el día a día del trabajo de bombero/a, que seguidamente se relacionan de la siguiente manera:
- Grupo 1: Martillo y cincel
Arco para cortar hierro
Pala manual
Moto sierra
- Grupo 2: Sierra para cortar madera
Azadón
Máquina de disco
Martillo de encofrar
- Grupo 3: Taladro
Claves fija e inglesa
Moto sierra
Mazo
- Grupo 4: Máquina de disco
Alicates varios
Pie de cabra
Escalera extensible
Antes de la realización del ejercicio, el tribunal, mediante sorteo, procederá a elegir un grupo de herramientas y definirá una tarea a realizar con cada una de las herramientas del grupo escogido. Cada uno de los aspirantes deberá desarrollar la tarea asignada a cada una de ellas y superar los criterios a valorar con cada una de ellas que se citan a continuación:
- Conocimiento de la herramienta: Identificación de la misma y cuál es su uso/usos
- Conocimiento de los EPIS necesarios para cada una de ellas
- Correcto uso de los EPIS durante el ejercicio
Esta prueba será evaluada por personal especialista en la materia externo al Cuerpo de Bomberos y Bomberas, de acuerdo con las notas técnicas y manuales específicos de manejo de estas herramientas.
Su calificación será apto-no apto, eliminándose las personas calificadas como no aptas y la calificación obtenida se podrá conservar y convalidar en futuras oposiciones con un vigencia de hasta 5 años a contar desde la fecha de realización de esta prueba. Por ello se podrá pedir certificado al tribunal o haga constar las herramientas a evaluar, herramientas evaluadas y la calificación final obtenida.
Quinto Ejercicio: Prueba de fobias.
En este ejercicio se realizarán diferentes pruebas con el objetivo de evaluar las posibles fobias/incompatibilidades que puedan presentar los aspirantes en relación a los entornos de trabajo exigibles a los bomberos.
Se debe superar como apto cada una de las siguientes pruebas:
a) Fobia a las alturas. Se desplegará totalmente una autoescalera, y el aspirante deberá subir hasta el extremo superior y bajar hasta el punto de inicio. Será considerado no apto si no completa el recorrido. En todo momento el aspirante irá asegurado.
b) Claustrofobia 1. El aspirante deberá entrar en una habitación por la parte derecha del portal, y sin perder esta referencia, deberá abandonarla por la parte izquierda. Se le pondrá una máscara que no le permitirá ver nada durante todo el recorrido. Se considerará no apto en caso de no completar el recorrido correctamente, perder la referencia, quitarse la máscara o desorientarse
c) Claustrofobia 2. El aspirante deberá atravesar un tubo a 4 patas, con una máscara que le impedirá ningún tipo de visión, sin detenerse. Se considerará no apto en caso de no completar el recorrido correctamente, detenerse o quitarse la máscara.
d) Control de equilibrio. El aspirante deberá atravesar caminando una barra sueca de equilibrio (5m x 0,1M x 0,9m). Se deberá subir a esta desde el suelo, una vez sobre esta tendrá que caminar derecho, a dos pies hasta el extremo, y allí dar la vuelta y volver de la misma manera hasta el comienzo. Se tendrán 2 intentos para conseguirlo. La prueba será declarada no apta si el aspirante cae en algún momento del recorrido.
Su calificación será apto-no apto, eliminándose las personas calificadas como no aptas y la calificación obtenida se podrá conservar y convalidar en las dos convocatorias siguientes y, en todo caso, con una vigencia máxima de 5 años a contar desde la fecha de realización de esta prueba. Por ello se podrá pedir certificado al tribunal o haga constar las pruebas realizadas y la calificación final obtenida.
Sexto Ejercicio: Prueba psicotécnica y de personalidad
Las personas aspirantes que hayan superado la quinta prueba serán ordenadas de mayor a menor puntuación.
Esta prueba consistirá en la realización de cuestionarios psicotécnicos, de personalidad y una entrevista con el psicólogo del Ayuntamiento de Palma,un psicólogo del Colegio Oficial de Psicología de las Islas Baleares y un miembro del tribunal que podrá ser grabada, y/o aquellas otras pruebas complementarias que el tribunal o sus asesores consideren oportunas para medir rasgos de personalidad básicos y rasgos clínicos de las personas aspirantes, al objeto de intentar detectar posibles patologías mentales e idoneidad del perfil en el puesto de trabajo
La calificación de este ejercicio será apto -no apto, eliminándose los aspirantes calificados como no aptos.
Una vez terminada la calificación de los anteriores ejercicios, el tribunal procederá a la suma de las puntuaciones obtenidas, entre los aspirantes que hayan superado todas las pruebas.
La puntuación máxima será de 30 puntos. Consecuentemente, el orden de clasificación definitiva de las personas aspirantes vendrá determinado por la suma total de los puntos, con 2 decimales. En caso de empate, se resolverá teniendo en cuenta los criterios establecidos en las bases generales que rigen esta convocatoria.
Realizada esta suma se hará propuesta de nombramiento como personal funcionario en prácticas de los que, no habiendo sido eliminados en ninguna de las pruebas, hayan obtenido mayor puntuación hasta completar el número de plazas ofertadas para hacer el séptimo ejercicio (curso de formación) que será de 24 personas, incluidas las personas que serán fijas y las interinas.
En el plazo de 20 días naturales desde que se hayan hecho públicas las relaciones de aprobados con plaza para realizar el séptimo ejercicio, los/las aspirantes deben presentar en el Registro General de este Ayuntamiento:
1. Fotocopia compulsada del DNI.
2. Fotocopia compulsada del título de Bachiller o equivalente.
3. Fotocopia compulsada del permiso de conducir clase C.
4. Declaración jurada de no haber sido separado ni despedido, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
5. Declaración jurada de no estar sometido a ninguna causa de incapacidad específica de acuerdo con la normativa vigente.
6. Declaración jurada que no ocupa ningún puesto de trabajo ni realiza ninguna actividad en el sector público delimitado por el art. 1 de la Ley 53/1984, y que no percibe pensión de jubilación, retiro u orfandad. Si realiza alguna actividad privada, incluida la de carácter profesional, lo declarará en el plazo de diez días contados a partir de la fecha de inicio de sus servicios, para que la corporación acuerde la declaración de compatibilidad o de incompatibilidad.
Al mismo tiempo deben someterse, al ser citados por el Servicio de Recursos Humanos, a un reconocimiento médico realizado por un médico especialista en medicina del trabajo o diplomado en medicina de empresa perteneciente a un servicio de prevención del Ayuntamiento de Palma, que dictaminará de conformidad con el cuadro de exclusiones médicas que figuran en el anexo A de las presentes bases.
No se pueden nombrar los que no presenten la documentación en el plazo indicado, salvo los casos de fuerza mayor, o si se deduce que carecen de alguno de los requisitos o el resultado del reconocimiento médico fuera 'no apto'. Todas sus actuaciones quedarán anuladas, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.
Séptimo Ejercicio
Ejercicio Teórico Práctico. Obligatorio y eliminatorio.
Una vez realizado el nombramiento como funcionarios en prácticas, se hará un curso selectivo teórico práctico de formación profesional, con una duración de 660 horas. El contenido, calendario y lugar de realización, así como las demás normas que lo tengan que regular, serán establecidas oportunamente por la Alcaldía.
Este ejercicio, tanto en la parte de curso teórico como en la parte práctica, será eliminatorio. La calificación global será hasta un máximo de 10 puntos. Serán eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 5 puntos.
Este curso se realizará por la EMF (Escuela municipal de formación) con la homologación de la EBAP (Escuela Balear de Administración Pública) o directamente por la EBAP. Aquellas personas que hayan realizado con anterioridad un curso de Formación Básica de Bombero/a expedido, homologado o convalidado por la EBAP tendrán este ejercicio convalidado, y el ayuntamiento los podrá nombrar como funcionario interinos durante la realización del mismo.
Una vez superado todos los ejercicios y curso formativo serán nombrados funcionarios de carrera los/las 7 aspirantes con mayor puntuación final según la nota de acceso al séptimo ejercicio, que no computa, siempre que hayan superado este con nota mínima de 5 puntos.
Los/las aspirantes que no hayan sacado plaza como personal funcionario de carrera, pero superen todos los ejercicios, séptimo incluido, serán nombrados como personal funcionario interino
Los/las aspirantes que no superen el curso, perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios. Se hará mediante resolución motivada de la Alcaldía, a propuesta del tribunal calificador.
ANEXO A
Cuadro de exclusiones médicas para el ingreso al SCIS
Principios Generales:
Serán criterios de exclusión generales:
a. Anomalías que incapaciten para vestir el uniforme y que impidan llevar o transportar una parte esencial del equipo.
b. Incapacidad para el servicio por falta de eficiencia psicofísica, a causa de enfermedades, lesiones o anomalías de carácter permanente.
c. Contagiosidad o peligrosidad para la comunidad.
d. Enfermedades graves de evolución irreversible.
e. Lesiones, anomalías o enfermedades que, aunque de momento no sean graves, necesitan un tratamiento permanente y costoso.
Enfermedades Generales:
a. Enfermedades o anomalías heredoconstitucionales que incapaciten para el servicio con carácter permanente.
b. Enfermedades endocrinometabólicas, crónicas o irreversibles, que produzcan alteraciones morfológicas y funcionales.
c. Enfermedad de Basedow bien caracterizada.
d. Enfermedades carenciales que hayan producido alteraciones morfológicas y funcionales irreversibles.
e. Enfermedades de la sangre y órganos hematopoyéticos crónicas o con evolución irreversible incompatibles con el servicio.
f. Anemias aplásticas y panmielotisis.
g. Anemia hemolítica constitucional.
h. Hemofilia.
i. Enfermedades infecciosas y parasitarias crónicas graves y rebeldes a cualquier tratamiento o de carácter crónico contagioso y permanente.
j. Neoplasias malignas de cualquier localización.
k. Tuberculosis activa de cualquier localización con lesiones importantes la curación de las que no se prevea en el plazo de las revisiones.
l. Intoxicaciones crónicas que hayan determinado trastornos anatómicos y funcionales graves y rebeldes a cualquier tratamiento.
m. Obesidad que exceda el 35% del peso teórico.
Enfermedades de la Piel y el Tejido Subcutáneo:
a. Dermatosis externas y generalizadas de la piel y el cuero cabelludo, de tendencia crónica o recidivante rebeldes a cualquier tratamiento.
b. Cicatrices que por su extensión y adherencia a los planos adyacentes comprometan gravemente los movimientos.
c. Afecciones sistematizadas graves del tejido conjuntivo.
Enfermedades del Sistema Nervioso Central y sus Cubiertas, y el Sistema Nervioso Periférico:
a. Enfermedades crónicas sistematizadas difusas o en foco, anomalías o lesiones de cualquier parte del sistema nervioso central o periférico o de las meninges que originan trastornos motores o sensitivos permanentes.
b. Anomalías congénitas o secuelas traumáticas del cráneo y del raquis que produzcan alteraciones o trastornos funcionales incompatibles con el servicio.
c. Epilepsia en todas sus formas con crisis convulsivas o equivalentes psicomotores, ausencias, etc.
d. Movimientos anormales de carácter permanente que por su intensidad incapaciten para el servicio.
e. Neurosis obsesiva grave, otras psiconeurosis graves que incapaciten para el servicio.
f. Oligofrenias de cualquier etiología, con nivel inferior a doce años, determinado por la escala de Binet-Simon (o el correspondiente en otra escala).
g. Oligofrenia con una edad mental comprendida entre los doce años de la escala Binet-Simon y la correspondiente al adulto medio, con alteraciones de carácter y conducta que incapaciten para el servicio.
h. Esquizofrenia defectual bien caracterizada.
i. Otras psicosis endógenas con alteraciones de la personalidad y la conducta, periódicas o permanentes, incompatibles con el servicio.
j. Psicosis y demencias de tipo orgánico de cualquier etiología, incluso por traumatismos accidentales o quirúrgicos, cuando alcancen un grado de profundidad y permanencia incompatible con el servicio.
Enfermedades del Aparato Digestivo:
a. Enfermedades del aparato digestivo que puedan producir incompatibilidades en el servicio.
Enfermedades del Aparato Respiratorio:
a. Afecciones ulcerosas de las fosas nasales. Ocena bien caracterizada.
b. Infecciones crónicas de laringe, tráquea, bronquitis, pulmones, pleura y caja torácica (excepto tuberculosis) rebeldes a cualquier tratamiento o afecciones congénitas o adquiridas de los mismos órganos que producen insuficiencia respiratoria en grado incompatible con el servicio.
c. Asma bronquial persistente y rebelde a cualquier tratamiento. Enfisema pulmonar que produzca repercusión funcional incompatible con el servicio.
Enfermedades del Aparato Circulatorio:
a. Afecciones orgánicas de corazón, pericardio o grandes vasos, congénitas o adquiridas que produzcan alteraciones funcionales permanentes, incompatibles con el servicio.
b. Valvulopatías residuales compensadas.
c. Arteriopatías periféricas que produzcan trastornos funcionales permanentes incompatibles con el servicio.
d. Hipertensión arterial crónica y persistente con repercusión funcional que incapacite para el servicio.
e. Aneurismas de grandes vasos y fístulas arteriovenosas importantes.
f. Flebitis antiguas de más de un año, varices luminosas linfagiectáceas con edema crónico y trastornos tróficos (eczema, úlceras, etc.)
Enfermedades del Aparato Locomotor:
a. Enfermedades, lesiones o anomalías graves de los huesos, articulaciones y músculos de carácter permanente que incapaciten para el servicio.
b. Deformidades monstruosas del esqueleto incompatibles con el servicio.
c. Cifosis, escoliosis o lordosis de grado notable que produzcan incapacidad funcional y que impidan el servicio.
d. Pseudoartrosis de los huesos del brazo, antebrazo, muslo y la pierna.
e. Pérdida anatómica o atrofia permanente, congénita o adquirida, de miembro superior que suponga, al menos, la ausencia total funcional de un brazo, antebrazo, mano o de los cinco dedos de una mano.
f. Pérdida de los movimientos de supinación y pronación del antebrazo dominante
g. Pérdida anatómica de un pulgar. Pérdida de los tres últimos dedos de la mano dominante. Pérdida de los cuatro últimos dedos de la mano no dominante. Flexión o extensión permanente de tres dedos de la mano dominante.
h. Pérdida anatómica o atrofia permanente congénita o adquirida, del miembro inferior que produzca importantes trastornos de la deambulación o pérdida funcional de un muslo, de una pierna o un pie.
i. Acortamiento del miembro inferior que exceda tres centímetros.
j. Mal perforante plantar.
k. Luxación congénita de la cadera.
l. Desviaciones de las articulaciones de la cadera o de la rodilla (coxavara, rodilla vara, etc.), con lesiones artropáticas importantes y marcha difícil.
m. Pérdida del dedo metatarso primer
n. Pie plano bien caracterizado, con trastornos funcionales importantes que incapaciten para el servicio.
o. Pérdida del quinto dedo y su metatarso.
p. Ausencia o pérdida de un dedo gordo o los cuatro últimos dedos de un pie con deficiencia funcional marcada para la marcha.
Enfermedades del Aparato de la Visión:
a. Reducción permanente de la agudeza visual, cuando la del ojo mejor sea inferior a 1/2, después de corrección, si se ha producido.
b. Disminución binocular del campo visual, aunque conservando la visión central por encima de los límites establecidos en el apartado a) cuando la disminución llegue a los 15º en el lado mejor.
c. Miopía igual o superior a cuatro dioptrías en el ojo mejor.
d. Afaquia bilateral.
e. Hemianopsias y escotomas simétricos y extensos para lesiones de vías o centro ópticos.
f. Hemeralopía permanente esencial congénita.
g. Afecciones congénitas adquiridas por cualquier etiología del globo ocular, conjuntivas, párpados, vías lagrimales, sistema motor ocular y órbita que incapaciten con carácter permanente para el servicio.
h. Desprendimiento de la retina uni o bilateral, incluso curado.
i. Glaucoma uni o bilateral en todas sus formas.
j. Enfermedad de Eales y sus secuelas.
k. Pérdida completa y permanente de la visión de un ojo.
l. Defectos de la visión cromática que incapaciten para el servicio.
Enfermedades de los Aparatos Auditivos y de la Fonación:
a. Sordomudez que impide el servicio.
b. Sordera completa de ambos oídos o incompleta permanente que produzca una disminución de agudeza auditiva por encima de los 35 decibelios, en la oreja mejor, en la zona tonal media (zona de la palabra hablada) o que la percepción de la voz normal no se pueda verificar a una distancia de 1'5 metros de la oreja mejor.
c. Parálisis laríngea de los constrictores y dilatadores, afonía total permanente.
d. Otitis crónica supurada con perforación marginal alta o posterior, o con secreción que revele la existencia de focos de osteítis.
e. Cavidades operatorias residuales del hueso temporal con fístulas y supuración persistente.
f. Trastornos acusados del equilibrio, crónicos y rebeldes a cualquier tratamiento.
Enfermedades del Aparato Urogenital:
a. Afecciones crónicas bilaterales congénitas o adquiridas de riñón, con trastornos funcionales que incapaciten para el servicio.
b. Infecciones crónicas uni o bilaterales, rebeldes al tratamiento, de riñón, pelvis renal o uréter.
c. Afecciones crónicas congénitas o adquiridas de vejiga urinaria que incapaciten para el servicio.
d. Hidrocele o varicocele voluminosos con trastornos funcionales importantes, dolor o dificultad para la marcha (hombres).
e. Incontinencia o retención permanente de orina o enuresis nocturnas ligadas a lesiones crónicas irreparables del aparato urinario o centros nerviosos rebeldes a cualquier tratamiento.
f. Epispadias penopubiano, hipospadias perineal, falta o pérdida total del pene y fístulas uretrales con importante pérdida de sustancia (hombres).
ANEXO B
Temario Primer Ejercicio Prueba de Conocimientos específicos-.
Tema 1. Calles, plazas y otros viales de la ciudad de Palma. Núcleos urbanos del término. Acceso a barrios urbanos y rurales. Arterias interurbanas, autovías y autopistas. Situación de los polígonos industriales y principales centros públicos de la ciudad. Geografía física del municipio. Zonas forestales, torrentes y costa.
Tema 2. Topografía: Definición. Accidentes del terreno. Lectura e interpretación de mapas. Uso, funcionamiento y cálculo de las escaleras. Simbología y Toponimia. Las curvas de nivel. Proyecciones y coordenadas. Triangulación y cálculo de distancias. Sistemas GPS.
Tema 3. Física: Las magnitudes físicas. Sistema internacional de medidas. El movimiento circular y rectilíneo. Velocidad y aceleración. Fuerza y peso. Acción y reacción. Calor y Energía. Trabajo y Potencia. Principio de conservación de la energía.
Tema 4. Física del Fuego: Temperatura y fuentes de calor. Propagación del calor. Teoría del fuego. Elementos que componen el fuego. Tipo de combustión. Clases de fuego. Explosión, deflagración, detonación. Efecto BLEVE. Agentes extintores: Definición. Tipo de agentes exteriores: características y aplicaciones.
Tema 5. Máquinas y herramientas: Máquinas simples. Palancas, poleas y polipastos. Herramientas de excarcelación de vehículos: pinzas hidráulicas, separadores hidráulicos, cizallas hidráulicas y cortapedales. Equipos de corte: Sierra de sable, motosierras, sierras circulares y oxicorte. Equipos neumáticos de rescate. Ventiladores.
Tema 6. Química: Estados de la materia y cambios de estado. La temperatura y sus características. Reacciones químicas. Compresión y expansión de gases. Gases perfectos. Gases comprimidos, disueltos, licuados y criogénicos. Ácidos y bases.
Tema 7. Riesgo Químico: Clasificación de las materias peligrosas según ADR. Código de Peligro. Etiquetas de peligro según ADR. Definición de materia peligrosa. Transporte de las materias peligrosas. Medidas de seguridad. Almacenamiento de productos peligrosos según INSHT: NTP 635 y NTP 727. Evaluación de los incidentes.
Tema 8. Hidráulica: Presión. Principio de Pascal. Unidades de Presión. Presión estática y presión dinámica. Caudal, pérdidas de carga, efecto venturi y golpe de ariete. Cavitación. Motobombas. Tipos de máquinas hidráulicas. Aspiración.
Tema 9. Aditivos. Humectantes. Espesantes. Retardantes. Espumas. Generación. Tipos de generadores. Clasificación de espumas. Índice de expansión.
Tema 10. Mecánica vehículos: Tipos y funcionamiento de motores, combustión externa, combustión interna, elementos y componentes. Circuitos eléctricos, sistema de iluminación, batería, carga, arranque y encendido. Sistemas de alimentación, distribución, lubricación, refrigeración, transmisión y frenado. Suspensión. Los neumáticos.
Tema 11. Vehículos: nuevas generaciones de combustibles. Vehículos eléctricos y sus baterías: híbridos, micro-híbridos, eléctricos y eléctricos de autonomía extendida.
Tema 12. Prevención y protección contra incendios: Protección activa en los edificios: extintores, BIE’s (bocas de incendios equipadas), hidrantes, columnas secas, rociadores, sistemas de extinción automática, detectores automáticos de incendios y exutorios de humos. Protección pasiva en los edificios: compartimentación y sectores de incendio. La ignifugación: concepto y aplicaciones básicas. Comportamiento al fuego de los elementos estructurales y materiales, diferencia entre reacción y resistencia al fuego.
Tema 13. Atención sanitaria: Valoración del paciente. Signos y síntomas. Soporte vital básico y reanimación cardiorrespiratoria. Hemorragias y shock. Movilización e inmovilización de pacientes traumáticos. Quemaduras: definición, principios generales de actuación, clasificación. El aparato respiratorio y las intoxicaciones por humo. Golpes de calor e hipertermia.
Tema 14. Construcción: Fundamentos: tipos y aplicaciones. Estructuras: tipos y aplicaciones. Cierres y fachadas: tipos y aplicaciones. Cubiertas: tipos y aplicaciones. Elementos de comunicación vertical: escaleras, patios de luz, shunts, ascensores y montacargas. Sistemas de apuntalamiento: zanjas, muros, pilares, jácenas, entramados horizontales, balcones, voladizos, puertas y ventanas.
Tema 15. Materiales de construcción cerámicos. El yeso. El hormigón en masa y el hormigón armado. Aglomerantes y mezclas. El hierro y el acero laminado. La madera. Los plásticos. Comportamiento de los materiales constructivos ante el fuego.
Tema 16. Nuevas técnicas constructivas. Nuevos tipos de materiales. Nuevas tecnologías en la edificación. Edificios inteligentes. Instalaciones de suministro de servicios: agua, electricidad, climatización y gas.
Tema 17. Electricidad: Ley de Coulomb. Corriente eléctrica, intensidad, potencia y voltaje. Circuitos eléctricos. Los generadores de corriente. La resistencia eléctrica. La ley de ohm y el efecto Joule. Aparatos de medida de magnitudes eléctricas. Instalaciones interiores domésticas. Cuadros de mando. Dispositivos de protección. Estaciones de transformación. Conductores y líneas eléctricas. Electricidad estática. Riesgo eléctrico y medidas preventivas.
Tema 18. Meteorología básica: la Atmósfera. Presión y configuraciones isobáricas. Masas de aire. Frente polar, gota fría y corriente en chorro. Los mapas de superficie y altura: previsiones. Particularidades meteorológicas y climatológicas en la isla de Mallorca. Viento y escalas de Beaufort y Douglas. Riesgos meteorológicos.
Tema 19. Equipos de protección: Definición. Equipos de protección respiratoria. Equipos de protección por riesgo químico y radiológico. Equipo de protección frente al fuego. Equipos de protección individual asociados a las herramientas de corte, neumáticas e hidráulicas. Riesgos laborales asociados a trabajo bomberos. EPI, ERA etc.
Tema 20. Ordenamiento jurídico español. Jerarquía normativa. Clasificación de las leyes. Ley Penal. Concepto. LO 2/2015 Código Penal. Concepto y aplicación. Título I de la infracción penal. Capítulo I de los delitos. Capítulo II eximentes. Capítulo III atenuantes. Capítulo IV Agravantes. Domicilio. Concepto y tipos. Entrada y estancia.
Tema 21.- RD 393/2007, de 23 de marzo. Norma Básica de Autoprotección. Planes de autoprotección. Planes de medidas de emergencia. Concepto y regulación. Responsable de emergencia, responsable de intervención, equipos de intervención, EAE, EPA.
Tema 22.- Ley 17/2015, de 9 de julio, de protección civil. RD 407/1992, norma básica de protección civil.
Tema 23- Ley 2/1998 de 13 de marzo de ordenación de emergencias en las Islas Baleares. Desarrollo de esta ley hecha por 08/2004 de 23 de enero.
Tema 24.- Ley 3/2006 de gestión de las emergencias de las Islas Baleares de 22 de marzo de la CAIB y Ley 5/2014 que la modifica.
Tema 25.- El concepto de estrés. Consecuencias psicológicas de un trauma. El estrés postraumático. Técnicas para controlar el estrés.
ANEXO C
Temario Segundo Ejercicio Prueba de Conocimientos Generales-.
Tema 1: La Constitución española de 1978. Concepto. El poder constituyente. Principios constitucionales. La reforma constitucional.
Tema 2: Organización territorial del Estado. Las comunidades autónomas: creación, estructura y competencias. Los estatutos de autonomía: especial referencia al de las Islas Baleares: Disposiciones generales. Competencias.
Tema 3: El municipio: concepto y elementos El término municipal: La población. El empadronamiento.
Tema 4: Organización municipal. Competencias municipales. Régimen de organización de los municipios de gran población.
Tema 5: Las formas de actividad de las entidades locales. La actividad de policía: la intervención administrativa local en la actividad privada.
Tema 6: Gestión directa de los servicios públicos. Gestión indirecta de los servios públicos: concepto y naturaleza. Especial referencia a la concesión.
Tema 7: Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación
Tema 8: Contratación administrativa: concepto, clases y elementos. Capacidad para contratar y procedimiento. El cumplimiento de los contratos. Especialidades de los diversos tipos de contratos. El recurso especial en materia de contratación.
Tema 9: El personal al servicio de las entidades locales: clases y régimen jurídico. La función pública local: clases de funcionarios locales. Derechos y deberes de los funcionarios públicos locales. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Procedimiento sancionador.
Tema 10: Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: el acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia: notificación y publicación. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad.
Tema 11: Ley 39/2015 de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas: Las fases del procedimiento administrativo: iniciación, ordenación e instrucción. El silencio administrativo. Finalización del procedimiento. Los recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recurso administrativo. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos.
Tema 12: El presupuesto general de las Entidades locales. Estructura presupuestaria. Elaboración y aprobación. Prórroga del presupuesto. Ejecución y liquidación del presupuesto.
Tema 13: La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales: ámbito de aplicación. Derechos y deberes. Principios de la acción preventiva. Evaluación de riesgos. Obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos. Comité de Seguridad y Salud.
Tema 14: La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantías de los derechos digitales. Régimen jurídico y sus ámbitos. Vías de protección de la confidencialidad.
Tema 15: Normativa europea, estatal y autonómica en materia de igualdad, no discriminación y violencia de género. El principio de igualdad al empleo público. Medidas para la integración de la perspectiva de género en la actuación de las administraciones públicas de las Islas Baleares.
ANEXO D
Explicación y puntuación pruebas físicas
1. Subida de cuerda de 6,5 metros cronometrada
Descripción:
Trepar por una cuerda lisa, sin apoyo de piernas, partiendo de posición de sentado/a. El opositor/a, en posición, indicará al juez o jueza que está preparado, diciendo "listo". A la voz de "ya" del juez, este pulsará el cronómetro, y el opositor/a iniciará la trepada hasta tocar la campana o el pulsador que active un sistema acústico adecuado. Esta Campana o pulsador se encontrará situado a una altura de 6'5 metros de tierra. Para la realización de esta prueba se colocarán unos colchones de seguridad en tierra una vez comience la subida, y se mantendrán hasta que los/las aspirantes hayan descendido y colocado los pies sobre ellos.
Se medirá el tiempo con más de un cronómetro y se hará la media de los tiempos medidos.
El descenso deberá ser controlado. Descender deslizante parcial o totalmente, o sujetarse a la cuerda cerrando las piernas implicará la descalificación del opositor.
Se podrá hacer un segundo intento en caso de no superar la prueba al primer intento, dejando un mínimo de 10' de descanso entre el primero y el segundo intento.
VALORACIONES |
||
PUNTUACIONES |
MUJERES (segundos) |
HOMBRES (segundos) |
10 |
Menos de 10" |
Menos de 6" |
9'5 |
Menos de 10'5 " |
Menos de 6,5" |
9 |
Menos de 11" |
Menos de 7" |
8'5 |
Menos de 11,5" |
M enos de 7,5" |
8 |
Menos de 12" |
Menos de 8" |
7'5 |
Menos de 12'5" |
Menos de 8,5" |
7 |
Menos de 13" |
Menos de 9" |
6'5 |
Menos de 13,5" |
Menos de 9,5" |
6 |
Menos de 14" |
Menos de 10" |
5'5 |
Menos de 14,5" |
Menos de 11" |
5 |
Menos de 16,5" |
Menos de 12,5" |
ELIMINADO/DA |
≥ 16,5" |
≥ 12,5" |
2. Levantamiento de Peso:
Descripción:
El levantamiento se realizará de acuerdo con el Reglamento de la Federación Española de Halterofilia, en la modalidad de 2 tiempos, a excepción de ser necesario un segundo intento donde el aspirante podrá descender de peso. El peso a levantar es de libre elección del opositor/a, debiendo escoger entre los pesos contemplados en la tabla adjunta en el apartado de valoración, por su género. Se podrá hacer un segundo intento únicamente en caso de no superar la prueba al primer intento, y como única excepción a la normativa de la federación de Halterofilia, el aspirante podrá solicitar bajar de peso. Para hacer la prueba lo más ágil posible los aspirantes antes de comenzar la prueba deberán indicar al juez y tribunal los pesos a emplear al primer intento y al segundo intento en caso de ser necesario. Habrá un mínimo de 10' de descanso entre intentos.
Primer tiempo: Cargada
La barra se colocará horizontalmente ante las piernas del aspirante. Se cogerá con las palmas de las manos hacia abajo levantando el peso en un único movimiento desde el suelo hasta los hombros, bien en tierra (splitting) o bien flexionando las piernas (squatting). Durante este movimiento continuo la barra puede deslizarse a lo largo de los muslos y rodillas. La barra no deberá tocar el pecho antes de alcanzar su posición final. Después descansará sobre las clavículas, el pecho o los brazos flexionados totalmente. Los pies deberán situarse en la misma línea, con las piernas extendidas antes de realizar el segundo movimiento. Antes de afrontar el segundo tiempo, el aspirante puede recuperar durante el tiempo que necesite y colocar los pies en la misma línea, paralelos al plano del tronco y de la barra.
Segundo tiempo (Yerkes):
Flexionar las piernas y extenderlas, así como los brazos, hasta llevar la barra verticalmente en el extremo de los brazos extendidos sobre la cabeza. Situar los pies en línea, brazos y piernas extendidas y esperar la señal del juez para devolver la barra sobre la tarima. El juez o jueza dará la citada señal cuando el aspirante esté inmóvil durante 3 segundos seguidos.
Material:
El material a emplear será una barra de acero con forma cilíndrica de 20 kgs por hombres y de 15 Kgs por mujeres con las medidas indicadas en la siguiente tabla.
Los pesos que se añadan a ambos lados de 25, 20, 15 y 10 kg tendrán un diámetro de 45 cm y serán de caucho o goma, mientras que los de 5, 2.5 y 1.25 kg podrán ser de hierro y de diámetro inferior.
VALORACIONES |
||
PUNTUACIONES |
MUJERES (Kg) |
HOMBRES (Kg) |
10 |
65 |
100 |
9'5 |
62,5 |
97,5 |
9 |
60 |
95 |
8'5 |
57,5 |
92,5 |
8 |
55 |
90 |
7'5 |
52,5 |
87,5 |
7 |
50 |
85 |
6'5 |
47,5 |
80 |
6 |
45 |
75 |
5'5 |
42,5 |
70 |
5 |
40 |
65 |
ELIMINADO/DA |
Menos de 40 |
Menos de 65 |
3. Flexión de tronco (sit and reach modificada)
Descripción:
Posición inicial: El aspirante descalzo y con calzones cortos, se sentará ante el cajón con los pies apoyados en el cajón y las piernas totalmente estiradas.
Desarrollo: Con una mano encima de la otra procederán a extender los brazos por encima del cajón realizando una flexión de tronco y estirando las manos lo más lejos posible con un movimiento lento y sin rebotes. En el momento que se alcance la posición máxima, se deberá continuar inmóvil durante 3 segundos para que se pueda registrar el resultado conseguido en centímetros.
Material: Un cajón de 35x45x32 con una placa superior adosada de 55x45 que sobresale 15 cm. de uno de los extremos del cajón. En la placa superior existe una cinta métrica de 50 cm. con precisión de centímetros con el 0 en el extremo sobresaliente del cajón.
VALORACIONES
PUNTUACIONES |
MUJERES (cm) |
HOMBRES (cm) |
10 |
Más de 39'00 |
Más de 35 |
9'5 |
38 ' 01 a 39'00 |
34 ' 01 a 35'00 |
9 |
37 ' 01 a 38'00 |
33 ' 01 a 34'00 |
8'5 |
36 ' 01 a 37'00 |
32 ' 01 a 33'00 |
8 |
35 ' 01 a 36'00 |
31 ' 01 a 32'00 |
7'5 |
34 ' 01 a 35'00 |
30 ' 01 a 31'00 |
7 |
33 ' 01 a 34'00 |
29 ' 01 a 30'00 |
6'5 |
32 ' 01 a 33'00 |
28 ' 01 a 29'00 |
6 |
31 ' 01 a 32'00 |
27 ' 01 a 28'00 |
5'5 |
30 ' 01 a 31'00 |
26 ' 01 a 27'00 |
5 |
29 ' 00 a 30'00 |
25 ' 00 a 26'00 |
ELIMINADO/DA |
Menos de 29cm |
Menos de 25cm |
4. Carrera de fondo 3000 m
Se hará en pista de Atletismo de 400m. El aspirante sólo tendrá un intento. Los/las opositores/as se colocarán en la línea de salida y en la voz de "ya", todos/as los/las aspirantes a la hora iniciarán el recorrido hasta completar la distancia de los 3.000 metros. Los/las aspirantes saldrán todos detrás de la misma línea, y al iniciar la carrera se podrán colocar en el carril que deseen.
Para superar la prueba será necesario obtener un mínimo de 5 puntos. Se realizará un único intento.
VALORACIONES
PUNTUACIONES |
MUJERES (minutos/segundos/décimas) |
HOMBRES (minutos/segundos/décimas) |
---|---|---|
10 |
Menos de 11'00"00 |
Menos de 09'45"00 |
9'5 |
11'14"99 a 11'00"00 |
09'59"99 a 09'45"00 |
9 |
11'29"99 a 11'15"00 |
10'14"99 a 10'00"00 |
8'5 |
11'44"99 a 11'30"00 |
10'29"99 a 10'15"00 |
8 |
11'59"99 a 11'45"00 |
10'44"99 a 10'30"00 |
7'5 |
12'14"99 a 12'00"00 |
10'59"99 a 10'45"00 |
7 |
12'29"99 a 12'15"00 |
11'14"99 a 11'00"00 |
6'5 |
12'44"99 a 12'30"00 |
11'29"99 a 11'15"00 |
6 |
13'04"99 a 12'45"00 |
11'49"00 a 11'30"00 |
5'5 |
13'24"99 a 13'05"00 |
12'09"99 a 11'50"00 |
5 |
13'45"00 a 13'25"00 |
12'30"00 a 12'10"00 |
ELIMINADO/DA |
Más de 13'45"00 |
Más de 12'30"00 |
5. Carrera de obstáculos
Objetivo: Medir la agilidad de movimientos de los/las aspirantes.
Material: Dos postes verticales y dos vallas de atletismo tipo standard, a una altura de 0'72 m, una de ellas (valla de salida) estará prolongada verticalmente por dos varas flexibles adosadas a sus extremos laterales.
Recorrido: Área que no resbale de madera, cemento o asfalto con el material anteriormente señalado y ubicado en la disposición precisa que se expone en el gráfico.
Posición inicial: Detrás de la línea de partida, preparado para correr en posición de salida de pie. El lugar de salida es opcional a derecha e izquierda de la valla.
Ejecución: El juez ordenará: "Listo"..."Ya", y a la señal, correr a la mayor velocidad posible para completar el recorrido en la forma que se indica en el gráfico.
Reglas:
1ª Se efectuará el recorrido en la forma indicada en el gráfico
2ª Se valorará el tiempo invertido, en segundos y décimas de segundo, contado desde la voz de "Ya", dada por el juez de la prueba, hasta que el candidato toque el suelo con uno o con los dos pies, después de la última valla.
3ª El aspirante dispone de un único intento si pasa la prueba. En caso de que en la primera no la supere, dispondrá de un segundo intento dejando un mínimo de 10' de descanso entre intentos. Si estos dos intentos son nulos o con un tiempo superior al mínimo para pasar la prueba, no habrá posibilidad de un tercer intento y la persona aspirante quedará excluida del proceso de selección.
Intento Nulo:
Será nulo todo intento en el que el aspirante:
1) modifique el recorrido que señala el gráfico;
2) derribe o se agarre para evitar su caída a alguno de los postes verticales;
3) apoye la mano en la valla o la vara lateral situada sobre ella, al rodearla o superarla (valla de salida)
4) pase una pierna por fuera de la valla de llegada al franquearla para finalizar el recorrido.
VALORACIONES
PUNTUACIONES |
MUJERES (segundos/décimas) |
HOMBRES (segundos/décimas) |
---|---|---|
10 |
Menos de 09"00 |
Menos de 08 "00 |
9'5 |
09"00 a 09"19 |
08"00 a 08"19 |
9 |
09"20 a 09"39 |
08"20 a 08"39 |
8'5 |
09"40 a 09"59 |
08"40 a 08"59 |
8 |
09"60 a 09"79 |
08"60 a 08"79 |
7'5 |
09"80 a 09"99 |
08"80 a 08"99 |
7 |
10"00 a 10"19 |
09"00 a 09"19 |
6'5 |
10"20 a 10"39 |
09"20 a 09"39 |
6 |
10"40 a 10"59 |
09"40 a 09"59 |
5'5 |
10"60 a 10"79 |
09"60 a 09"79 |
5 |
10"80 a 10"99 |
09"80 a 09"99 |
ELIMINADO/DA |
Más de 11"00 |
Más de 10"00 |
6. Prueba acuática
Descripción:
La prueba se podrá hacer en una piscina de 25 o 50 metros. La salida se dará desde arriba de la piscina y se deberá nadar a estilo libre los 100 metros que marca la prueba en el menor tiempo posible. Se dispondrá de un único intento. En la hoja de la convocatoria de las pruebas físicas se indicará a los/las aspirantes los metros de la piscina donde se hará la prueba, 25 o 50 metros.
Para superar la prueba será necesario obtener un mínimo de 5 puntos.
VALORACIONES |
||
PUNTUACIONES |
MUJERES (minutos/segundos/décimas) |
HOMBRES (minutos/segundos/décimas) |
10 |
Menos de 1'05"00 |
Menos de 0'57"00 |
9'5 |
1'09"99 a 1'05"00 |
1'01"99 a 0'57"00 |
9 |
1'14"99 en 1'10'00 |
1'06"99 a 1'02"00 |
8'5 |
1'19"99 a 1'15"00 |
1'11 99 a 1'07"00 |
8 |
1'24"99 a 1'20"00 |
1'16"99 a 1'12"00 |
7'5 |
1'29"99 a 1'25'00 |
1'21"99 a 1'17"00 |
7 |
1'34"99 a 1'30"00 |
1'26"99 a 1'22"00 |
6'5 |
1'39"99 a 1'35"00 |
1'31"99 a 1'27"00 |
6 |
1'44"99 a 1'40"00 |
1'36"99 a 1'32"00 |
5'5 |
1'49"99 a 1'45"00 |
1'41"99 a 1'37"00 |
5 |
1'55"00 a 1'50"00 |
1'47"00 a 1'42"00 |
ELIMINADO/DA |
Más de 1'55"00 |
Más de 1'47"00 |
7. Salto pies paralelos
El aspirante se situará detrás de la marca completamente parado/a, con los pies en paralelo. Manteniendo los pies paralelos en todo momento, saltará tan lejos como pueda. La distancia se medirá desde la línea de salida hasta la marca más cercana a la línea de salida que haya dejado el aspirante al dar el salto. Se dispondrá de 2 intentos, y se valorará el mejor. No será válido aquel bote que se haga antes de la orden de salida, no se haga de parado/a, no supere la marca correspondiente o no bote simultáneamente con los dos pies.
VALORACIONES |
||
PUNTUACIONES |
MUJERES (mts) |
HOMBRES (mts) |
10 |
Más de 2'50 |
Más de 2'75 |
9'5 |
2'46 a 2'50 |
2'71 a 2'75 |
9 |
2'41 a 2'45 |
2'66 a 2'70 |
8'5 |
2'36 a 2'40 |
2'61 a 2'65 |
8 |
2'31 a 2'35 |
2'56 a 2'60 |
7'5 |
2'26 a 2'30 |
2'51 a 2'55 |
7 |
2'21 a 2'25 |
2'46 a 2'50 |
6'5 |
2'15 a 2'20 |
2'40 a 2'45 |
6 |
2'05 a 2'14 |
2'30 a 2'39 |
5'5 |
1'95 a 2'04 |
2'20 a 2'29 |
5 |
1'85 a 1'94 |
2'10 a 2'19 |
ELIMINADO/DA |
Menos de 1'85 mts |
Menos de 2'10 mts |
Contra la convocatoria y las presentes bases, que agotan la vía administrativa, se podrá interponer por parte de las personas interesadas recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que las haya aprobado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. En caso de no interponer el recurso potestativo de reposición se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, según el artículo antes mencionado y 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante el Juzgado contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente de la publicación en el BOIB