Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SA POBLA
Núm. 8165
Anuncio de aprobación definitiva de la modificación de crédito n.º 6 del Ayuntamiento de sa Pobla. Modalidad transferencia de crédito entre diferentes áreas de gasto que no afectan bajas y altas de créditos de personal
Aprobado definitivamente el expediente 1483/2020, de modificación presupuestaria mediante transferencia de crédito entre diferentes áreas de gasto que no afectan bajas y altas de créditos de personal, lo cual se publica a efectos del artículo 169.1, por remisión del 177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo:
Altas en Aplicaciones de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Transferencia de crédito |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
||||
2310 |
47900 01 |
Ayudas a Autónomos per la COVID-19 no societarios |
0,00 |
20.000,00 |
20.000,00 |
2310 |
47900 02 |
Ayudas a autónomos societarios |
0,00 |
40.000,00 |
40.000,00 |
1522 |
22700 01 |
Contrato prestación servicios de limpieza edificios públicos |
69.000,00 |
40.000,00 |
109.000,00 |
|
|
TOTAL |
69.000,00 |
100.000,00 |
169.000,00 |
Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos
Aplicación |
Descripción |
Créditos iniciales |
Bajas o anulaciones |
Créditos finales |
|
Progr. |
Económica |
||||
0111 |
91318 |
Préstamo RDL 4/2012 |
350.000,00 |
-100.000,00 |
250.000,00 |
|
|
TOTAL BAJAS |
350.000,00 |
-100.000,00 |
250.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud del que se dispone en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de esto, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Sa Pobla, 3 de septiembre de 2020
El alcalde
Llorenç Gelabert i Crespí