Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS

Núm. 8089
Resolución del Director gerente de la Gerencia de Atención a Urgencias 061 Balears de 24 de julio de 2020 por la cual se emplaza a las personas interesadas en el Recurso contencioso del Procedimiento Abreviado 521/2018

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Antecedentes

1. Se ha interpuesto un recurso contencioso administrativo (actuaciones PA 521/2018, que se tramitan por el procedimiento abreviado ante el Juzgado  Contencioso Administrativo núm. 2 de Palma) por el cual se impugna la denegación del “Plus de disponibilidad para la medicalización del trasporte aéreo sanitario” por resolución del Director gerente de la Gerencias de Atención a Urgencias  061 Baleares, de 11 de julio de 2018, y contra la resolución del mismo Director gerente de la Gerencia de Atención a Urgencias 061 Baleares de fecha 16 de octubre de 2018 desestimando el recurso de reposición interpuesto por algunos recurrentes.

2. De manera directa o indirecta, la impugnación nombrada puede resultar relevante para  una pluralidad de persones que podrían tener la condición de interesadas en el procedimiento.

Consideraciones jurídicas

1. El artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

2. El artículo 40 y los siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Por todo esto dicto la siguiente 

Resolución

1. Citar a las personas interesadas en el Recurso contencioso administrativo en cuestión para que puedan personarse como demandadas ante el Juzgado Contencioso Administrativo núm. 2 de Palma, en el plazo de nueve días a partir del día siguiente de la fecha de publicación de esta resolución.

2. Comunicar a las personas interesadas que, si se personan fuera del plazo establecido, se les considerará como parte —pero esto no quiere decir  que se tengan que retrotraer ni interrumpir el procedimiento— y que, si no se personan, el procedimiento continuará y no será procedente hacer les más notificaciones.

3. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 24 de julio de 2020

El director gerente de la Gerencia de Atención a Urgencias 061

PD Consejera de Salud (BOIB núm 119, 28 de septiembre 2017) 

Antonio Bellver Juliá