Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGÈNIA
Núm. 8016
Aprobación definitiva expediente de modificación de crédito núm. 8/2020
Aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito núm. 8/2020 con la modalidad de crédito extraordinario financiado con romanente de tesorería.
Habiendo finalizado el plazo de exposición pública del expediente de modificación de crédito núm. 8/2020 con la modalidad de crédito extraordinario financiado con romanente de tesorería, aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en sesión ordinaria del día 28 de julio de 2020, y no habiendo sido formulada ninguna reclamación contra el acuerdo de aprobación inicial, éste se convierte en definitivo y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la ley reguladora de las haciendas locales, se publica a continuación la modificación realizada a nivel de aplicación presupuestaria.
Altas en el presupuesto de ingresos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Crédito inicial |
Importe modificación |
Crédito definitivo |
01.87000 |
Romanente de tesoreria para gastos generales |
- € |
262.142,84 € |
262.142,84 € |
Total |
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- € |
262.142,84 € |
262.142,84 € |
Altas en aplicaciones de gastos
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Crédito inicial |
Importe modificación |
Crédito definitivo |
01.1521.60001.01 |
Solar per a VPO |
- € |
262.142,84 € |
262.142,84 € |
Total |
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- € |
262.142,84 € |
262.142,84 € |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de esta Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, según lo fijado en el artículo 171.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de este recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
Santa Eugènia, 1 de septiembre de 2020
El alcalde – presidente
José Luis Urraca Martín