Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 8010
Extracto de la Resolución de consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de Servicio de Empleo de las Illes Balears, de 28 de agosto de 2020, por la cual se aprueba, por el procedimiento de urgencia, la convocatoria extraordinaria de subvenciones SOIB Reactiva 2020, la cual se prevé que se cofinancie con fondo del FSE en el marco de los Programas Operativos de Empleo Juvenil y Regional 2014-2020, con fondos procedentes del Estado a través de Conferencia Sectorial de Ocupación y Asuntos Laborales y con fondos para favorecer el turismo sostenible a través de la Comisión de Impulso del Turismo Sostenible (ITS)
BDNS (Identif.): 522252
De conformidad con lo que prevén los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Ente y entidades beneficiarias
Pueden acogerse a esta convocatoria los ayuntamientos y los consejos insulares, así como las entidades que dependen o que están vinculadas, dentro del ámbito territorial de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
Las entidades dependientes o vinculadas a los entes locales que dispongan de personalidad jurídica y NIF propio tienen que presentar la solicitud en su nombre y el proyecto que tienen que ejecutar tiene que ser de su competencia.
No se pueden beneficiar de las ayudas que prevé esta convocatoria las entidades en las cuales concurran alguna de las prohibiciones que establece el artículo 10 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones (BOE de 18 de noviembre) y el artículo 11 de la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres.
Segundo. Objeto y ámbito de aplicación
El objeto de esta convocatoria es regular la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos que incluyan la contratación de personas paradas que no puedan insertarse en el mercado laboral debido a la crisis económica ocasionada por la COVID-19, para que puedan mantener sus competencias profesionales y mejorar su ocupabilidad.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de la consejera de Educación, Cultura y Universidades de 10 de octubre de 2013 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de políticas activas de ocupación gestionadas por Servicio de Empleo de las Illes Balears (BOIB núm. 146, de 24 de octubre).
Cuarto. Crédito
El crédito asignado a esta convocatoria es de veintidós millones doscientos cuarenta y nueve mil euros (22.249.000 €), imputables a los presupuestos generales de la CAIB para el ejercicio 2020, distribuidos de la siguiente manera:
Línea 1: 5.349.000 € de los cuales:
- 4.349.000 € imputables al centro de coste 76101, subprograma 413G01, Capítulo 4, Fondo Finalista 19114 (Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020 – FSE).
- 1.000.000 € procedentes de Conferencia Sectorial de Ocupación y Asuntos Laborales, imputables al centro de coste 76101, subprograma 413G01, Capítulo 4, del Fondo Finalista 20021
Línea 2: 6.000.000 € de los cuales:
- 1.095.378,81 € procedentes del Fondo de Impulso al Turismo Sostenible (ITS), imputables al centro de coste 76101, subprograma 413G01, Capítulo 4, Fondo Finalista 18064
- 3.000.000 € procedentes del FSE Programa Operativo Regional 2014-2020, imputables al centro de coste 76101, subprograma 413G01, Capítulo 4, Fondo Finalista 19113
- 1.904.621,19 € procedentes de Conferencia Sectorial de Ocupación y Asuntos Laborales, imputables al centro de coste 76101, subprograma 413G01, Capítulo 4, del Fondo Finalista 20021
Línea 3: 10.900.000 € de los cuales:
- 4.700.000 € procedentes de Conferencia Sectorial de Ocupación y Asuntos Laborales, imputables al centro de coste 76101, subprograma 413G01, Capítulo 4, del Fondo Finalista 20021
- 6.200.000 €, imputables al centro de coste 76101, subprograma 413G01, Capítulo 4.
Siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan se puede aumentar el importe de esta convocatoria sin abrir otro plazo de presentación de solicitudes, siempre que la ampliación de crédito se apruebe en cualquier momento anterior a la resolución de concesión.
Quinto. Importe de la subvención, gastos subvencionables y límites
La cuantía de la subvención que recibirán las entidades beneficiarias se tiene que destinar a sufragar los costes salariales totales incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social, para cubrir durante un máximo de 4 meses los puestos de trabajo autorizados, con las características y para los grupos profesionales de acuerdo con la resolución de concesión, independientemente de que sean cubiertos por una o varias personas.
La cuantía de la subvención se tiene que determinar en función del importe que solicite la entidad, de acuerdo con su presupuesto, y con los límites que fija esta convocatoria.
El importe máximo subvencionable para cada puesto ocupado durante 4 meses es de 9.600 €, independientemente si se ha cubierto con un contrato o más de uno para el caso de las sustituciones.
Sexto. Plazo de presentación de las solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes de subvención es de quince (15) días naturales a contar desde el día siguiente que se publique esta Resolución en Boletín Oficial de las Illes Balears.
Séptimo. Otros datos
La tramitación de la solicitud de subvención se tiene que formalizar mediante la aplicación web del SOIB -ACCFOR, www.soib.es, de acuerdo con la guía informativa o protocolo que estará disponible en la página web del SOIB, y el documento de solicitud generado con la aplicación se tiene que presentar electrónicamente mediante el Registro Electrónico Común (REC).
Palma, 28 de agosto de 2020
El consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, y presidente de Servicio de Empleo de las Illes Balears Iago Negueruela Vázquez