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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE MODELO ECONÓMICO, TURISMO Y TRABAJO

Núm. 7924
Resolución del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, de 10 de julio de 2020, por la cual se conceden ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 , se autoriza y dispone el gasto, se reconoce la obligación y se propone el pago

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Texto

Hechos

1. Por Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, se han aprobado las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

2. Dentro del plazo establecido a la Orden mencionada en el párrafo 1, han tenido entrada a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de forma telemática la solicitud y la documentación prevista en la convocatoria por parte de los autónomos a que hace referencia el anexo.

3. La Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular, órgano instructor del procedimiento, ha examinado las solicitudes y ha comprobado que las personas que constan en el anexo cumplen los requisitos establecidos a la convocatoria, así como también que se encuentran al corriente de pagos en la Seguridad Social, con la Agencia Tributaria Autonómica, con la Agencia Tributaria Estatal y con la entidad local del domicilio fiscal, de acuerdo con la declaración responsable de cada una de las personas solicitantes.

4. El artículo 7.7 de la Orden mencionada en el párrafo 1, indica que la notificación a los interesados se hará mediante la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

5. Hay crédito adecuado y suficiente para hacer efectiva esta subvención, en las partidas presupuestarías 12801.413G01.47000.00 FF 20021 y 12801.413G01.47000.00 FF 20121, de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020.

Fundamentos de derecho

1. El Real Decreto 99/1996, de 26 de enero, de traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cooperativas, calificación y registro de sociedades anónimas laborales y programas de apoyo a la ocupación (BOE n.º 52, de 29 de febrero) y el Decreto 32/1996, de 7 de marzo (BOIB n.º 35, de 19 de marzo), por medio del cual la CAIB las asumió.

2. El Real decreto legislativo 3/2015, de 23 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de Ocupación.

3. El Texto Refundido de la ley de subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre.

4. El Decreto Ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19

5. Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de día 10 de julio de 2020 por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19 (BOIB n.º 122, de 11 de julio).

6. La competencia para resolver la concesión de estas subvenciones corresponde al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de acuerdo con el artículo 7.2 de la Orden mencionada por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria, en relación con el artículo 2.4 del Decreto 12/2019, de 3 de julio, de la presidenta de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 106, de 2 de agosto).

7. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares (BOIB n.º 44, de 3 de abril) y los artículos 10.1.b y 11.1 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020 (BOIB n.º 175, de día 31 de diciembre), el órgano competente para autorizar y disponer el gasto así como para reconocer las obligaciones económicas y proponer el pago es el titular de la sección presupuestaria respectiva. Además los beneficiarios tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

Resolución

1.Conceder ayudas para mantener la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de los autónomos afectados directamente por la COVID-19 a las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución, por las cuantías individuales que este Anexo dispone.

1. Autorizar y disponer un gasto global de 84.800,00 € a favor de las personas relacionadas al Anexo que se adjunta a esta resolución por las cuantías individuales que este Anexo dispone con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20021 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se muestra en la tabla siguiente:

Partida

Importe (euros)

12801.413G01.47000.00 FF 20021

84.800,00

Total

84.800,00

2. Reconocer la obligación y proponer el pago global de 84.800,00 € a favor de las personas relacionadas en el Anexo que se adjunta a esta resolución , por las cuantías individuales que este Anexo dispone, con cargo a la partida 12801.413G01.47000.00 FF 20021 de los presupuestos de la comunidad autónoma de las Islas Baleares para el año 2020, según la distribución que se ha mostrado a la tabla anterior .

3. Comunicar a los beneficiarios que las ayudas que establece esta Resolución están sometidas en el régimen de Marc nacional Temporal relativo a las medidas de ayuda a autónomos consistentes en ayudas directas destinadas a apoyar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 de la Comisión Europea.

4. Comunicar a las personas beneficiarias que tendrán que cumplir las obligaciones establecidas en el artículo 9.1 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020, por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria extraordinaria de ayudas para reiniciar o continuar la actividad por cuenta propia y consolidar el proyecto de autoempleo, de las personas físicas autónomas afectadas directamente por la COVID-19.

5. Comunicar a los beneficiarios que tienen que informar a la Dirección General de Promoción Económica, Emprendimiento y Economía Social y Circular de cualquier alteración de las condiciones que se hayan tenido en cuenta para conceder la subvención.

6. Así mismo, comunicar a los beneficiarios que los incumplimientos darán lugar al reintegro de las subvenciones percibidas en el términos previstos en el artículo 9.2 de la Orden del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo de 10 de julio de 2020 mencionada en el párrafo anterior y de acuerdo con lo establecido en los artículos 44 y 45 del Texto refundido de la Ley de subvenciones de las Islas Baleares y el resto de normativa aplicable.

7. Notificar a las personas beneficiarias esta Resolución, mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta resolución –que agota la vía administrativa– se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el que disponen el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración autonómica de las Islas Baleares y el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas. También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haber recibido la notificación o publicación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

Palma, 31 de agosto de 2020

El director general de Promoció Econòmica, Emprenedoria i Economia Social i Circular Manuel Porras Romero (Por delegación del consejero de Modelo económico, Turismo y Trabajo BOIB núm.97 de 2019 )

 

ANEXO

Núm. expediente

Fecha de registro de la solicitud

Núm. de registro

NIF del beneficiario

Importe de la ayuda

[AUT 2109/2020]

2020-07-30/13:02:54.000

L99E102997/2020

Y0007302W

2000,00

[AUT 1663/2020]

2020-07-29/23:50:17.000

L99E102102/2020

X5574371E

2000,00

[AUT 1610/2020]

2020-07-29/21:02:22.000

L99E101974/2020

43076222M

2000,00

[AUT 1549/2020]

2020-07-29/18:48:28.000

L99E101824/2020

43104396G

2000,00

[AUT 1509/2020]

2020-07-29/17:14:19.000

L99E101689/2020

78213238J

2000,00

[AUT 1412/2020]

2020-07-29/15:04:12.000

L99E101475/2020

78218881K

3000,00

[AUT 1398/2020]

2020-07-29/14:34:42.000

L99E101422/2020

46950986M

2000,00

[AUT 1359/2020]

2020-07-29/14:15:05.000

L99E101372/2020

43067904J

2000,00

[AUT 1334/2020]

2020-07-29/13:50:01.000

L99E101307/2020

43095599Q

3000,00

[AUT 1196/2020]

2020-07-29/11:42:07.000

L99E100948/2020

Y0581039G

2000,00

[AUT 926/2020]

2020-07-28/23:17:51.000

L99E100390/2020

X3996156K

2500,00

[AUT 879/2020]

2020-07-28/19:52:15.000

L99E100265/2020

43178787J

2000,00

[AUT 871/2020]

2020-07-28/19:27:24.000

L99E100243/2020

43027516J

2000,00

[AUT 868/2020]

2020-07-28/19:18:02.000

L99E100237/2020

42996706T

2000,00

[AUT 867/2020]

2020-07-28/19:15:38.000

L99E100233/2020

43106559M

2000,00

[AUT 822/2020]

2020-07-28/18:05:43.000

L99E100123/2020

43184242V

2000,00

[AUT 799/2020]

2020-07-28/17:24:42.000

L99E100074/2020

43140912L

2000,00

[AUT 795/2020]

2020-07-28/17:18:04.000

L99E100063/2020

20457341Z

2000,00

[AUT 790/2020]

2020-07-28/17:10:49.000

L99E100051/2020

X3552363J

2000,00

[AUT 766/2020]

2020-07-28/16:44:20.000

L99E100009/2020

43158403F

2000,00

[AUT 591/2020]

2020-07-28/13:06:52.000

L99E99629/2020

41510988J

2300,00

[AUT 550/2020]

2020-07-28/12:31:03.000

L99E99531/2020

43150983Q

2500,00

[AUT 548/2020]

2020-07-28/12:31:37.000

L99E99535/2020

43009751G

2000,00

[AUT 506/2020]

2020-07-28/11:55:09.000

L99E99433/2020

43047275S

2000,00

[AUT 504/2020]

2020-07-28/11:53:39.000

L99E99429/2020

18233613H

2000,00

[AUT 477/2020]

2020-07-28/11:21:03.000

L99E99349/2020

52521239A

2500,00

[AUT 446/2020]

2020-07-28/10:52:46.000

L99E99289/2020

43049010W

2000,00

[AUT 429/2020]

2020-07-28/10:29:32.000

L99E99234/2020

43048667G

2000,00

[AUT 418/2020]

2020-07-28/10:21:23.000

L99E99204/2020

43024914X

2000,00

[AUT 396/2020]

2020-07-28/10:10:34.000

L99E99171/2020

47866156M

2000,00

[AUT 392/2020]

2020-07-28/10:10:06.000

L99E99169/2020

41500733Q

2500,00

[AUT 309/2020]

2020-07-28/08:19:39.000

L99E98989/2020

78220353K

2500,00

[AUT 286/2020]

2020-07-27/22:39:04.000

L99E98898/2020

18237353D

2500,00

[AUT 268/2020]

2020-07-27/21:03:23.000

L99E98850/2020

41497429R

2000,00

[AUT 259/2020]

2020-07-27/20:24:37.000

L99E98821/2020

43137011M

2000,00

[AUT 245/2020]

2020-07-27/19:27:51.000

L99E98776/2020

41454967C

2500,00

[AUT 242/2020]

2020-07-27/19:17:25.000

L99E98762/2020

43144224L

2500,00

[AUT 188/2020]

2020-07-27/16:30:55.000

L99E98595/2020

X2920963D

2500,00

TOTAL

84.800,00