Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)
Núm. 7875
Resolución del vicepresidente en materia de pesca del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de traslado de créditos previstos en la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 15 de noviembre de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2022, las ayudas para la diversificación y nuevas formas de ingresos en el sector de la pesca
El 19 de noviembre del 2019 se publicó en el BOIB núm. 157 la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 15 de noviembre de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2022, las ayudas para la diversificación y nuevas formas de ingresos en el sector de la pesca, modificada posteriormente por la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 7 de mayo de 2020 (BOIB núm. 80, de 12 de mayo de 2020).
Esta resolución prevé un total de cinco convocatorias y destina a la primera convocatoria un crédito de ciento cincuenta mil euros (150.000,00 €), mientras que las demás convocatorias quedan sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas.
Tal como establece el punto 2 del apartado segundo de dicha resolución, una vez finalizado cualquiera de los periodos sin que se haya agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos periodos, la cantidad no aplicada se debe trasladar al periodo siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, que se debe publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Visto el informe técnico del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca, de fecha 22 de julio de 2020, se determina que, una vez finalizada la tramitación de las solicitudes de la primera convocatoria, se ha dispuesto de un volumen de subvención de 65.237,76 € y, por lo tanto, se puede trasladar el presupuesto restante, ochenta y cuatro mil setecientos sesenta y dos euros con veinticuatro céntimos (84.762,24 €), a la siguiente convocatoria.
En fecha 18 de enero del 2020 se publicó, en el BOIB núm. 8, el Decreto 1/2020, de 17 de enero, por el que se modifica el Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears. Con esta modificación se determina que la competencia para resolver los expedientes de subvención convocados en el ámbito de las materias de pesca corresponde al vicepresidente en materia de pesca.
Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca, dicto la siguiente
RESOLUCIÓN
Primero
Trasladar ochenta y cuatro mil setecientos sesenta y dos euros con veinticuatro céntimos (84.762,24 €) a la segunda convocatoria de subvenciones prevista en la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 15 de noviembre de 2019, por la que se convocan, para los años 2019-2022, las ayudas para la diversificación y nuevas formas de ingresos en el sector de la pesca, publicada en el BOIB núm. 157, de 19 de noviembre de 2019.
Estas subvenciones serán cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en un 75% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el 25% restante.
Segundo
Esta resolución se debe comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, 26 de agosto 2020
El vicepresidente en materia de pesca del FOGAIBA
Juan Mercant Terrasa