Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE INCA

Núm. 7821
Corrección de errores del anuncio núm. 136 de día 4 de agosto de 2020 correspondiente a la aprobación del reglamento para la correcta gestión de los gatos ferales en el municipio de Inca

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 136 de día 4 da agosto de 2020 se publicó el Reglamento para la correcta gestión de los gatos ferales en el municipio de Inca.

Dado que se han detectado una serie de errores a la hora de realizar la publicación, se hace constar que:

1. Donde dice: "Por el Ayuntamiento en Pleno, en su sesión ordinaria de día 23 de julio de 2020, se aprobó definitivamente la propuesta para la aprobación del Reglamento para la correcta gestión de los gatos ferales en el municipio de Inca."

Tiene que decir: "Por el Ayuntamiento en Pleno, en su sesión ordinaria de día 23 de julio de 2020, se aprobó la propuesta para la aprobación inicial del Reglamento para la correcta gestión de los gatos ferales en el municipio de Inca."

2. En el artículo 6, donde dice: "Todos los miembros de la colonia ya esterilizados estarán marcados de forma visual y permanente para facilitar así la identificación de nuevos ejemplares sin controlar".

Tiene que decir: "Todos los miembros de la colonia ya esterilizados estarán marcados de forma visual y permanente para facilitar así la identificación de nuevos ejemplares sin controlar. Se aprovechará la operación de esterilización para aplicar un tratamiento para desparasitación y para la administración de antibióticos de amplio espectro a los ejemplares."

3. En el artículo 8, donde dice: "Cada gestor o gestora de colonias felinas podrá decidir si quiere indicar mediante cartel informativo su existencia. En caso de estar dentro de una propiedad particular y querer anunciarla tiene que contar con el consentimiento del propietario/a del solar, finca o terreno. Tendrá que ser el propio voluntario/a quien tendrá que solicitar el permiso a la propiedad".

Tiene que decir: "Cada gestor o gestora de colonias felinas podrá decidir si quiere indicar mediante cartel informativo su existencia. El cartel informativo tendrá que seguir el modelo facilitado por el Ayuntamiento. En el caso de estar dentro de una propiedad particular y querer anunciarla tiene que contar con el consentimiento del propietario/a del solar, finca o terreno. Tendrá que ser el propio voluntario/a quien tendrá que solicitar el permiso a la propiedad".

4. En el artículo 9, donde dice: "Esta solo se contemplará cuando los ejemplares estén muy próximos a zonas de riesgo (parques infantiles, hospitales o centros de salud, centros educativos, residencias, etc.), con una evaluación técnica previa, o cuando su actual ubicación suponga un riesgo para sus ejemplares".

Tiene que decir: "Esta solo se contemplará cuando los ejemplares estén muy próximos a zonas de riesgo, con una evaluación técnica previa, o cuando su actual ubicación suponga un riesgo para sus ejemplares".

5. En el artículo 14, donde dice: "Alimentar de forma involuntaria a otros animales que no sean gatos."

Tiene que decir: "Alimentar de forma voluntaria a otros animales que no sean gatos".

6. En el artículo 15, se tiene que eliminar: "Alimentar de forma voluntaria a otros animales diferentes a los gatos".

De conformidad con lo dispuesto en el art. 102 de la Ley Municipal y de Régimen Local de las Illes Balears, se expone al público el mencionado acuerdo para un nuevo plazo de 30 días para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas, estando el texto íntegro publicado en la página web del Ayuntamiento de Inca.

Si transcurrido este plazo no se hubieran presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente el mencionado acuerdo, sin necesidad de un nuevo acuerdo plenario.

Inca, 26 de agosto de 2020 El alcalde ​​​​​​​Virgilio Moreno Sarrió