Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 7769
Anuncio del trámite de información pública en el procedimiento de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Mondragó
En el BOIB núm. 84, de 7 de julio de 2018 se publicó el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 6 de julio de 2018 por el que se inicia el procedimiento de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Mondragó. En el BOIB núm. 118 de 4 de julio de 2020, se publicó el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 3 de julio de 2020, mediante el cual se prorroga el procedimiento de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Mondragó.
En cumplimiento del artículo 9.2 e) de la Ley 5/2005, de 26 de mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental de las Illes Balears, se abre un periodo de información pública de un mes para presentar las alegaciones que se consideren oportunas al anteproyecto del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Mondragó.
El anteproyecto del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales se puede consultar en la Dirección General de Espacios Naturales y Biodiversidad de la Consejería de Medio Ambiente y Territorio, situada en C/ Gremi Corredors, 10, 1º, Polígono de Son Rossinyol de Palma, en las oficinas del parque (Can Crestall) en C/Llaneres 8 de Santanyí y en la sección de Destacados de la página web de esta Consejería, en el enlace http://mediambient.caib.es.
Se habilita la posibilidad de presentar alegaciones por medios telemáticos mediante el apartado “Participación en la elaboración de normativa” de la página web de Participación ciudadana del Gobierno de las Illes Balears (http://cort.as/-Fs8h) en el plazo que se establece en el apartado anterior.
Siempre que las alegaciones presentadas mediante la web incluyan la identificación de la persona o entidad que les realiza, éstas deben añadirse al expediente de elaboración normativa, aunque no consten en el registro de entrada electrónico de la Administración de la Comunidad Autónoma. Para este hecho, el funcionario del órgano competente de la tramitación del procedimiento normativo que las reciba electrónicamente ha de emitir una diligencia de las alegaciones presentadas.
Las observaciones pueden remitirse a la dirección indicada por cualquiera de los medios indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 25 de agosto de 2020
El director general de Espacios Naturales y Biodiversidad Llorenç Mas Parera