Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
DEPARTAMENTO DE TURISMO Y DEPORTES
Núm. 7712
Resolución del consejero ejecutivo de Turismo y Deportes de 20 de agosto 2020 por la que se aprueba la concesión de las subvenciones para apoyar a los servicios municipales de información turística, para el año 2020
BDNS Identif .: 446692 (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/index)
El consejero ejecutivo de Turismo y Deportes, en fecha 20 de agosto de 2020, ha dictado la siguiente Resolución:
"Antecedentes
Esta convocatoria está prevista en el marco del Plan estratégico de subvenciones del Consell de Mallorca para el ejercicio 2020 (aprobado por Acuerdo del Consejo Ejecutivo de 27 de enero 2020 (BOIB núm.14 de 1 de febrero de 2020) y dentro las competencias que tiene atribuidas el Departamento de Turismo y Deportes, relativas a información turística y promoción turística y apoyo a oficinas locales de información turística, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 apartado a del Decreto de la Presidenta del Consejo insular de Mallorca de día 9 de diciembre de 2019, por el que se determina la organización del Consejo insular de Mallorca, modificado por el Decreto de día 6 de marzo de 2020 y por el Decreto de 22 de mayo de 2020 (BOIB núm. 167, de 12 de diciembre de 2019; BOIB 29, de 7 de marzo de 2020; BOIB núm. 95, de 28 de mayo de 2020).
2. La convocatoria de subvenciones para apoyar a los servicios municipales de información turística, para el año 2020, fue aprobada por resolución del consejero ejecutivo de Turismo y Deportes, de 18 de febrero 2020, de acuerdo con el Plan estratégico de subvenciones de 2020.
3. En el presupuesto de gastos del Consejo de Mallorca de 2020 se ha previsto el crédito adecuado y suficiente para hacer frente al gasto derivado de la presente convocatoria, por un importe total de 150.000,00 €, con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias 30.43210.46200 y 30.43210.46300 denominada "Convocatoria de subvenciones para apoyar a los servicios municipales de información turística para el año 2020" y Transf. Mancomunidades servicios información turística ".
4. El día 10 de agosto de 2020, el órgano instructor de la convocatoria, ha emitido un informe indicando que los beneficiarios propuestos, cumplen con los requisitos establecidos en la convocatoria para poder acceder a las subvenciones que nos ocupan.
5. Vista el acta de la sesión del día 8 de julio 2020 de la Comisión Evaluadora de la Dirección Insular de Turismo, para la convocatoria de subvenciones para la realización de mejoras en accesibilidad e inversiones en las oficinas de información turística para el año 2020
6. El día 10 de agosto de 2020 la técnica jurídica ha emitido un informe jurídico favorable sobre la propuesta de aprobación de la concesión de las subvenciones.
Fundamentos de derecho
1. El Decreto de la Presidencia del Consejo de Mallorca de día 8 de julio de 2019, por el que se crean los departamentos que han de estructurar el gobierno (BOIB núm. 92, de 9 de julio de 2019) a través cual se crean las direcciones insulares y las secretarías técnicas en que se han de estructurar los departamentos, en consecuencia, la Dirección Insular de Turismo está integrada dentro del Departamento de Turismo y Deportes.
2. El Departamento de Turismo y Deportes tiene atribuidas las competencias relativas a información y promoción turística y apoyo a oficinas locales de información turística, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto de Organización del Consejo Insular de Mallorca modificado por el Decreto de día 6 de marzo de 2020 y por el decreto de 22 de mayo de 2020. (BOIB núm, 167, de 12 de diciembre de 2019, BOIB núm. 29, de 87 de marzo de 2020; BOIB núm, 95, de 28 de mayo de 2020).
3. El Reglamento orgánico del Consejo de Mallorca (BOIB núm. 89, de 19 de julio de 2018) en el artículo 39.2.h), junto con la base 23.5 de las Bases de ejecución del presupuesto de gastos vigente del Consejo de Mallorca, disponen que entre las atribuciones de la consejero/a ejecutivo/a están entre otros Aprobar y resolver subvenciones, así como autorizar y disponer gastos de cuantía igual o inferior a doscientos cincuenta mil euros (250.000,00 €). De los preceptos mencionados se determina que el consejero ejecutivo del Departamento de Turismo y Deportes, es la competente para aprobar la concesión de estas subvenciones y para disponer el correspondiente gasto que se deriva.
4. El artículo 18.2.c) y d) de la Ordenanza general de subvenciones del Consejo Insular de Mallorca, el órgano instructor del procedimiento es el secretario técnico del Departamento de Turismo y Deportes, el cual tiene que llevar a cabo las actuaciones y actos de trámite necesarios para velar por el cumplimiento de los requisitos de la convocatoria, y específicamente, emitirá un informe en el que conste que, de la información en su poder, se desprende que las personas beneficiarias cumplen todos los requisitos necesarios para acceder hay.
5. Ordenanza general de subvenciones del Consejo de Mallorca (BOIB núm. 21, de 18 de febrero de 2017) establece las bases reguladoras.
6. El punto 13 de la convocatoria fija como obligación de los beneficiarios acreditar, antes de dictar la propuesta de acuerdo de concesión de la subvención, que está al corriente de obligaciones tributarias con el Estado y con el Consejo Insular de Mallorca y los organismos autónomos dependientes, y de las obligaciones con la Seguridad Social.
7. El punto 4 de la convocatoria determina que el procedimiento de selección de las entidades beneficiarias se llevó a cabo mediante concurrencia no competitiva, en virtud del cual se exceptúa el requisito de fijar un orden de prelación en caso de que las solicitudes presentadas reúnan los requisitos establecidos y el crédito sea suficiente. En caso contrario, la prelación de la concesión viene dada por el orden de número de entrada en el Registro General que se adquiere en el momento de la presentación de la solicitud, una vez completado el expediente de forma correcta y acompañado de los documentos preceptivos, hasta agotar el total del crédito presupuestario establecido en la convocatoria.
8. El punto 9 de la convocatoria establece que, dentro de los actos de trámite, se constituye una Comisión Evaluadora para velar por el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. Los miembros de la cual, proponen por unanimidad elevar al órgano instructor el informe propuesta que servirá de base a la propuesta de resolución de concesión del órgano instructor, que contiene las solicitudes admitidas (detallando el presupuesto subvencionable y la subvención concedida), las reducidas y las excluidas.
9. La propuesta de acuerdo de concesión del órgano instructor ajusta el previsto en el punto 9 de la convocatoria, dado que incluye las solicitudes admitidas, las reducidas y las excluidas, con el detalle del presupuesto subvencionable y la subvención concedida (Anexo I y II).
Por todo lo expuesto y de acuerdo con lo dispuesto en el punto 9º de la convocatoria, DICTO la siguiente:
Resolución
1. CONCEDER, las subvenciones económicas para apoyar a los servicios municipales de información turística para el año 2020, dirigida a los ayuntamientos de Mallorca con población inferior a 60.000 habitantes y las mancomunidades de Mallorca, a los beneficiarios que se relacionan en el anexo y que se adjunta, por importe de 130.000 € (CIENTO TREINTA MIL EUROS) para ayuntamientos y 6.050 € (SEIS MIL EUROS) para las mancomunidades.
2. EXCLUIR las solicitudes que figuran en el anexo II, de conformidad con lo dispuesto en el punto 5.2 de la convocatoria
3. DISPONER, un gasto total de 130.000,00 € (CIENTO TREINTA MIL EUROS) a favor de los beneficiarios de los ayuntamientos, que se relacionan en el Anexo I que se adjunta, por las cuantías que figuran con cargo a la aplicación presupuestaria 30.43210.46200 y otro gasto a favor del beneficiario de la mancomunidad por el importe de 6.050,00 € (SEIS MIL CINCUENTA EUROS) favor de los beneficiarios que se relacionan en el Anexo I con cargo a la aplicación presupuestaria 30.43210 .46300.
4. Barra LA DIFERENCIA entre el importe autorizado por las mancomunidades para esta convocatoria de 20.000 € (VEINTE MIL EUROS) y el importe dispuesto 6.050 € (SEIS MIL CINCUENTA EUROS) liberando el crédito sobrante 13.950,00 € (TRECE MIL nuevo- CINCUENTA EUROS) de la aplicación presupuestaria 30.432310.46300.
5. ORDENAR, la publicación de esta resolución de concesión de las subvenciones para apoyar a los servicios municipales de información turística para el año 2020, en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y trasladar la información sobre estas concesiones a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
6. INFORMAR, a los interesados de lo siguiente:
Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de esta notificación. El recurso se puede interponer formalmente ante este consejero ejecutivo / consejera ejecutiva o ante la presidencia del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.
Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, puede interponer el recurso contencioso administrativo ante (el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda o la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares), en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del mencionado recurso de alzada.
Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entenderá desestimada por silencio e interponer el recurso contencioso administrativo ante (el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma que corresponda o la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares), en el plazo de seis meses, a partir del día siguiente de la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede interponer, en su caso, cualquier otro recurso que considere oportuno. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Palma, 20 de agosto de 2020
El Consejero de Turismo y Deportes del Consejo insular de Mallorca Andreu Serra Martínez
ANEXO I SUBVENCIÓN para dar soporte a los servicios municipales de información turística 2020
CONCESIONES
AYUNTAMIENTOS
Nº EXP | EMPRESA/NOM | DNI/CIF | PROJECTE | PRESSUPOST | IMPORT SUBVENCIÓ |
---|---|---|---|---|---|
TUR-SUP 01/2020 | Ajuntament Inca | P0702700F | Mapes i tríptics Informació Turística Municipi Inca | 9.802,00 | 9.802,00 |
TUR-SUP 03/2020 | Ajuntament Vilafranca | P0706500F | Tríptics turístics de Vilafranca de Bonany | 1.019,40 | 1.019,40 |
TUR-SUP 05/2020 | Ajuntament Búger | P0700900D | infomració sobre elements patrimonials del nostre municipi | 1.489,51 | 1.489,51 |
TUR-SUP 02/2020 | Ajuntament Manacor | P0703300D | Edició de continguts i material d'informació turística | 10.749,63 | 10.000,00 |
TUR-SUP 04/2020 | Ajuntament de Santa Maria | P0705600E | Promoció turística Santa Maria del Camí | 9.994,60 | 9.994,60 |
TUR-SUP 06/2020 | Ajuntament Muro | P0703900A | Informació Platja de Muro 2020 | 11.706,75 | 10.000,00 |
TUR-SUP 07/2020 | Ajuntamnet Calviá | P0701100J | Subministrament material turístic informatiu | 7.531,04 | 7.531,04 |
TUR-SUP 08/2020 | Ajuntament de Consell | P0701600I | Subvencions per donar suport als serveis municipals d´informacio turistica per l´any 2020 | 3.817,55 | 3.817,55 |
TUR-SUP 09/2020 | Ajuntament de Selva | P0705800A | Subvencions per donar suport als serveis municipals d´informacio turistica per l´any 2020 | 4.074,68 | 4.074,68 |
TUR-SUP 10/2020 | Ajuntament Santanyí | P0705700C | Producció i producció material Inf. Turística | 12.396,15 | 10.000,00 |
TUR-SUP 11/2020 | Ajuntament Estellencs | P0702100I | Mapa excursions municipi estellencs | 3.340,00 | 3.340,00 |
TUR-SUP 12/2020 | Ajuntament Alcúdia | P0700300G | Dinamització turística-cultural 2020 | 10.005,49 | 10.000,00 |
TUR-SUP 13/2020 | Ajuntament Andratx | P0700500B | Subvencions per donar suport als serveis municipals d´informacio turistica per l´any 2020 | 8.743,30 | 8.743,30 |
TUR-SUP 14/2020 | Ajuntament Artà | P0700600J | Renovació i millora inf. Turística Artà | 9.987,00 | 9.987,00 |
TUR-SUP 15/2020 | Ajuntament Sant Llorenç des Cardassar | P0705100F | Promoció cicleturisme i atractius turístics | 2.169,53 | 2.169,53 |
TUR-SUP 18/2020 | Ajuntament de Costitx | P0701700G | Infomració turística Costitx 2020 | 1.948,10 | 1.948,10 |
TUR-SUP 16/2020 | Ajuntament Lloret de vistalegre | P0702800D | Confecció Planells informatius | 3.472,70 | 2.351,33 |
TUR-SUP 21/2020 | Ajuntament de Felanitx | P0702200G | reimpressió de catàlegs de Felanitx | 1.634,71 | 1.634,71 |
TUR-SUP 17/2020 | Ajuntament de Montuiri | P0703800C | Informació turística Montuiri 2020 | 3.049,20 | 3.049,20 |
TUR-SUP 19/2020 | Ajuntament de Banyalbufar | P0700700H | Coneix Banyalbufar | 9.135,50 | 9.135,50 |
TUR-SUP 20/2020 | Ajuntament de Sa Pobla | P0704400A | Desenvolupament plà turístic sa pobla | 11.918,50 | 9.912,55 |
PARTIDA | 30 43210 46200 | 130.000,00 |
MANCOMUNITADES
Nº EXP | EMPRESA/NOM | DNI/CIF | PROJECTE | PRESSUPOST | IMPORT SUBVENCIÓ |
---|---|---|---|---|---|
TUR-SUP 28/2020 | Mancomunitat des Pla de Mallorca | P5704101D | Identificació de la Comarca del Plà de Mallorca | 6.050,00 | 6.050,00 |
PARTIDA | 30 43210 46300 | 6.050,00 |
ANEXO II SUBVENCIÓ para dar soporte a los servicios municipales de información turística 2020
Excluidos por haber agotado el crédito
Nº EXP | EMPRESA/NOM | DNI/CIF | PROJECTE | PRESSUPOST | IMPORT SUBVENCIÓ |
---|---|---|---|---|---|
TUR-SUP 27/2020 | Ajuntament de Bunyola | P0701000B | Promoció de la nova ruta senderisme urbà | 4.253,15 | 4.253,15 |
TUR-SUP 24/2020 | Ajuntament de Pollença | P0704200E | Fulletons Informació Turística | 58.322,00 | 10.000,00 |
TUR-SUP 23/2020 | Ajuntament de Petra | P0704100G | Itinerari a Peu o bicicleta per Petra i voltans | 8.735,47 | 8.735,47 |
TUR-SUP 26/2020 | Ajuntament de Campos | P07401300F | Aquí es Campos | 5.151,25 | 5.151,25 |
TUR-SUP 31/ 2020 | Ajuntament de Santa Margalida | P0705500G | Fulletons turístics Can Picafort | 3.199,24 | 3.199,24 |
TUR-SUP 25/2020 | Ajuntament de Maria de la Salut | P0703500I | Promoció turística Maria de la Salut 2020 | 6.913,94 | 6.913,94 |
TUR-SUP 35/2020 | Ajuntament de Porreres | P0704300C | Material Imprés Informació turística Porreres | 5.783,80 | 5.783,80 |
TUR-SUP 29/2020 | Ajuntament de Fornalutx | P0702500J | Senyalització i Promoció turística de Fornalutx | 9.256,50 | 9.256,50 |
TUR-SUP 32/2020 | Ajuntament de Binissalem | P0700800F | Informació turística Patrimoni Binissalem | 2.178,00 | 2.178,00 |
TUR-SUP 30/2020 | Ajuntament de Llubí | P0703000J | Rutes turístiques per casc urbà | 458,59 | 458,59 |
TUR-SUP 33/2020 | Ajuntament de Deià | P0701800E | Informació turística pel municipi de Deià | 4.975,52 | 4.975,52 |
Excluídos por estar duplicada la solicitud
Nº EXP | EMPRESA/NOM | DNI/CIF | PROJECTE | PRESSUPOST | IMPORT SUBVENCIÓ |
---|---|---|---|---|---|
TUR-SUP 22/2020 | Ajuntament de Costitx | P0701700G | Subvencions per donar suport als serveis municipals d´informacio turistica per l´any 2020 | 0,00 | 0,00 |
TUR-SUP 34/2020 | Mancomunitat des Pla de Mallorca | P5704101D | Subvencions per donar suport als serveis municipals d´informacio turistica per l´any 2020 | 0,00 | 0,00 |