Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD E INVESTIGACIÓN
Núm. 7702
Resolución del consejero de Educación, Universidad e Investigación de 22 de julio de 2020 por la que se autoriza la modificación de la configuración del Centro Docente Extranjero Green Valley School, en el municipio de Palma, con la ampliación de 4 unidades de los niveles Year 12 y Year 13 del sistema educativo británico para alumnos extranjeros y alumnos españoles, equivalentes a la etapa de bachillerato, de las modalidades de Humanidades y Ciencias Sociales, Ciencias y Artes
Hechos
1. Mediante la Resolución del consejero de Educación y Universidad de 28 de diciembre de 2018 (BOIB núm.11, de 24 de enero de 2019), se autorizó la apertura y el funcionamiento del Centro Docente Extranjero Green Valley School para que imparta enseñanzas del sistema educativo británico para alumnos extranjeros y alumnos españoles, con el código 07015707 y 11 unidades autorizadas y 225 plazas escolares, repartidas de la siguiente manera:
2. En fecha 13 de marzo de 2020 (NRE L13E17929/2020), la señora Katerine Schütz Dalmau, como representante del centro Green Valley School, presentó una solicitud de ampliación de la configuración mediante la autorización de 4 unidades de bachillerato. Adjuntó los planos de las instalaciones, un certificado de final de obra y una actualización del certificado del British Council en fecha 13 de enero de 2020, en el que se certifica la autorización británica desde Year 1 hasta Year 11, con una capacidad para 275 alumnos, y de Year 12 a Year 13, con una capacidad para 50 alumnos.
3. En fecha 30 de junio de 2020 (NRE L13E23228/2020), la señora Katerine Schütz Dalmau, como representante del centro Green Valley School, presentó un proyecto de ejecución sellado y los planos de las aulas y de los laboratorios donde se ubicarán los grupos de bachillerato.
4. En fecha 30 de junio de 2020, el arquitecto del Servicio de Centros Educativos, revisados los planos, emitió un informe favorable sobre las 4 unidades de bachillerato y especificó que el centro cumplía los requisitos para poder impartir las tres modalidades de bachillerato y que tenía capacidad para 53 plazas escolares.
En este informe también se modificaba la ocupación de las aulas autorizadas, y se aumentaba la capacidad máxima, de 225 alumnos, a 264, con un aumento de 39 plazas escolares.
5. En fecha 14 de julio de 2020, se realizó la visita al centro y el Servicio de Centros Educativos constató que las instalaciones coincidían con los planos aprobados en fecha 30 de junio de 2020.
6. En fecha 20 de julio de 2020, la jefa del Departamento de Planificación y Centros informó favorablemente sobre la modificación de la configuración del Centro Docente Extranjero Green Valley School, con la ampliación de 4 unidades de bachillerato de las modalidades de Humanidades y Ciencias Sociales, Ciencias y Artes, equivalentes a los niveles Year 12 y Year 13 del sistema educativo británico.
Fundamentos de derecho
1. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE núm. 159, de 4 de julio, y suplemento en catalán núm. 7 de 1985).
2. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE núm. 106, de 4 de mayo, y suplemento en catalán núm. 11, de 16 de mayo), según la redacción fijada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (BOE núm. 295, de 10 de diciembre, y suplemento en catalán de la misma fecha).
3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 3 de abril).
4. El Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, sobre régimen de centros docentes extranjeros en España (BOE núm. 149, de 23 de junio).
5. El Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE núm. 62, de 12 de marzo), por el que se modifica el Real Decreto 806/1993, de 28 de mayo, de régimen de centros docentes extranjeros en España.
6. El Estatuto de Autonomía de las Illes Balears, aprobado por la Ley Orgánica 1/2007, de 28 de febrero (BOE núm. 52, de 16 de marzo, y suplemento en catalán núm. 9, de 16 de marzo), el cual establece, en el artículo 36.2, que, en materia de enseñanza, corresponde a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears la competencia de desarrollo legislativo y de ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades.
7. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Por todo ello, y de acuerdo con la propuesta formulada por la Dirección General de Planificación, Ordenación y Centros en fecha 21 de julio de 2020, dicto la siguiente
Resolución
1. Autorizar, con efectos desde el 1 de septiembre de 2020, la modificación de la configuración del Centro Docente Extranjero Green Valley School, del municipio de Palma, con el código de centro 07015707, que se amplía con 4 unidades de bachillerato, de las modalidades de Humanidades y Ciencias Sociales, Ciencias y Artes.
2. Autorizar que se impartan en el Centro Docente Extranjero Green Valley School enseñanzas del sistema educativo británico para alumnos extranjeros y alumnos españoles y que se impartan enseñanzas de lengua catalana y cultura de las Illes Balears y de lengua y cultura españolas.
3. Determinar que, como consecuencia de estas autorizaciones, el centro queda configurado de la manera siguiente:
Código de centro: 07015707
Denominación genérica: centro docente extranjero
Denominación específica: Green Valley School
Titular: Happy Faces Kinder Balear, SL
Domicilio: camino de sa Vileta, núm. 210
Localidad: Son Puig
Municipio: Palma
CP: 07011
Enseñanzas autorizadas: 15 unidades (317 plazas escolares) repartidas de la manera siguiente:
4. Recordar al centro mencionado que queda obligado a cumplir la legislación vigente y a solicitar la revisión oportuna de su configuración cuando se deba modificar cualquiera de los datos que figuran en esta Resolución.
5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Universidad e Investigación en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses contadores desde el día siguiente de su publicación en el BOIB, de acuerdo con los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Palma, 22 de julio de 2020
El consejero de Educación, Universidad e Investigación Martí X. March i Cerdà