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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MENORCA

Núm. 7650
Acuerdo del Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, de fecha 27.07.2020, relativo a la concesión de ayudas del Consell Insular de Menorca con motivo de la crisis de la Covid-19 - Línea 2 (Exp. 03140-2020-000001)

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Texto

ANTECEDENTES

1. El Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca de fecha 8 de junio de 2020 aprobó entre otros la convocatoria y las bases de las ayudas del CIM con motivo de la crisis derivada de la Covid-19 (BOIB núm. 105 de 9 de junio de 2020).

Estas ayudas se enmarcan en lo establecido en el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayudas a empresas y autónomos, declarado compatible con el mercado interior por la Comisión Europea el 2 de abril de 2020 a través de la Decisión SA.56851 (2020 / N).

2. El objeto de estas ayudas es ayudar a impulsar el reinicio o la continuidad de la actividad económica de Menorca, a fin de poder mantener el tejido productivo, social y asociativo otorgando liquidez a determinadas empresas y entidades de la isla, en forma de subvenciones directas, con el fin de contribuir a facilitar el cumplimiento de sus obligaciones empresariales y el mantenimiento de la actividad y los puestos de trabajo, y amortiguar así la reducción drástica de los ingresos. Estas medidas de apoyo, conferidas al amparo del régimen establecido en el Marco Nacional Temporal, únicamente podrán concederse a partir del 2 de abril de 2020.

Las bases de estas ayudas prevén que las solicitudes se pueden presentar a partir del séptimo día hábil posterior a la publicación de la convocatoria de ayudas en el BOIB y hasta el 30 de septiembre de 2020, o hasta que se agote el crédito disponible.

Las solicitudes presentadas antes del séptimo día hábil desde la publicación de la convocatoria en el BOIB no se tendrán en cuenta.

Las ayudas se concederán de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad, no discriminación y publicidad. En cuanto al sistema de selección de los beneficiarios, se trata de una convocatoria de concesión directa y se otorgarán todas las ayudas solicitadas que cumplan los requisitos de la convocatoria, aunque no haya finalizado el plazo para la presentación de las solicitudes des, por riguroso orden de registro de entrada, con los límites fijados en la convocatoria y en las presentes bases y hasta que haya crédito disponible.

Si se agota el crédito destinado a la convocatoria antes de que termine el plazo de presentación, se suspenderá la concesión de nuevas ayudas por resolución publicada en el BOIB.

En caso de que el solicitante no presente toda la documentación requerida en las bases y se le tenga que hacer un requerimiento, el orden de registro de entrada que se tendrá en cuenta será el del último registro que se presente al Consejo Insular de Menorca para completar el expediente.

La finalidad de las ayudas es la conservación del tejido productivo y asociativo de Menorca para ayudar a una mejor reactivación de este sector para poder volver a la etapa que había antes de la pandemia. Por este motivo, el Consejo Insular de Menorca, en el ejercicio de sus competencias y de acuerdo con los objetivos fijados en el Plan Estratégico de Subvenciones del año de la convocatoria, quiere apoyar la actividad económica de Menorca que, como consecuencia del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, ha visto su actividad paralizada o reducida.

3. En el marco de estas ayudas se establecen 4 líneas de ayudas directas. Una de estas líneas de ayudas es la línea 2, Sector industrial y artesanal, que establece una ayuda directa temporal para paliar los efectos de la crisis de la Covid-19 para los fabricantes, productores y artesanos de Menorca, para ayudar atender los gastos corrientes de las empresas (promoción, digitalización, gastos de planes de seguridad, material de seguridad sanitaria, gastos de personal, alquileres entre otros) ante la falta de liquidez o por el hecho de que los resultados económicos se vean afectados como consecuencia del estado de alarma decretado debido a la Covid-19.

Asimismo, esta línea también prevé una ayuda para las asociaciones empresariales, las agrupaciones de asociaciones empresariales y las confederaciones de asociaciones empresariales de ámbito insular de Menorca o similares.

4. El importe máximo de la ayuda y el crédito presupuestario de la línea 2 es:

Partida 5.43900.4790001 Ayudas sector productivo Covid-19

Cuantía máxima: 400.000 euros

5. No se puede conceder la ayuda a las empresas que ya estaban en crisis (a tenor de lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOL 187 de 06.26.2014), el 31 de diciembre de 2019 (de acuerdo con el punto 12 de la Modificación del Marco Temporal Comunitario de 4 de abril de 2020).

6. Según la base 8.2, el importe de la ayuda fijo individual máximo de la línea 2 es de 6.000 € según el número de trabajadores con que cuenten:

- Autónomo o 1 trabajador asalariado: 2.000 €

- De 2 a 5 trabajadores asalariados: 4.000 €

- 6 o más trabajadores asalariados: 6.000 €

Las asociaciones o agrupaciones empresariales tendrán una ayuda fijo individual de 2.000 € por asociación.

La base 9 indica que la ayuda directa temporal es para paliar los efectos de la crisis derivada de la Covid-19 a fin de ayudar a atender los gastos corrientes de las empresas y entidades de Menorca (promoción, digitalización, gastos de planes de seguridad, material de seguridad sanitaria, gastos de personal, alquileres, entre otros) ante la falta de liquidez o por el hecho de que los resultados económicos se hayan visto afectados como consecuencia del estado de alarma decretado debido a la Covid-19.

7. La ayuda solicitada, por su naturaleza específica, está sometida a la Comunicación de la Comisión Europea relativa al Marco Temporal de las medidas de ayudas estatales destinadas a apoyar la economía en el contexto de la actual brote de Covid-19 de 23 de marzo de 2020, en concreto en la sección 3.1.22 y por tanto el solicitante no puede recibir más de 800.000 € en un año. Para poder realizar este cómputo, el solicitante debe presentar una declaración responsable-anexo IV relativa a las ayudas recibidas en el contexto del brote del Covid-19.

8. La instructora de la línea 2 de las ayudas del CIM con motivo de la Covid-19, día 20 de julio de 2020, emitió el informe de concesión y pago a favor de 56 solicitantes por un importe total de 210.000 € de la partida 5.43900.4790001 del Presupuesto del CIM para el año 2020. La dotación presupuestaria para esta concesión es la siguiente:

 

Dotación presupuestaria inicial

Importe propuesto concesión y pago

Crédito disponible

Primera concesión

400.000 €

210.000 €

190.000 €

Vista la propuesta del consejero ejecutivo del Departamento de Economía y Territorio;

El Consejo Ejecutivo, con el voto favorable de los siete miembros presentes, adopta el siguiente acuerdo:

Primero.- Conceder y tramitar el pago de las siguientes ayudas, por un total de 210.000 € de la partida 5.43900.4790001 del presupuesto del CIM para el año 2020 a 56 solicitantes de la línea 2 con motivo de la crisis derivada de la Covid-19 (BOIB núm. 105 de 9 de junio de 2020):

 

SOLICITANTE

NIF

Registro de entrada

Fecha registro

Expediente

Justificación

Núm. trabajadores

Concesión y pago

1

LORENZO VILLALONGA LUIS

*********

GE/2020/011569

18/06/2020

000004

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

2

JAGLARZ IGA MARIA

*********

GE/2020/011579

18/06/2020

000011

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

3

METALURGIA PONS LIM, SL

B07550619

GE/2020/011583

18/06/2020

000012

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

4

ARCOS NAVALES CRISTINA

*********

GE/2020/011589

18/06/2020

000014

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

5

EDITORIAL MENORCA SA

A07006315

GE/2020/011594

18/06/2020

000019

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

6

ESTAMPADORA MAHONESA SL

B07055460

GE/2020/011597

18/06/2020

000021

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

7

METALDREAMS SLL.

B57635617

GE/2020/011598

18/06/2020

000022

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

8

GALVANOTECNICA MENORQUINA, SA

A07458888

GE/2020/011606

18/06/2020

000025

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

9

PREFABRICATS I SUBMINISTRAMENT DE MATERIALS , SA

A07941875

GE/2020/011607

18/06/2020

000026

Presentada

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

10

FUS BALEAR DISSENY, SL

B07645732

GE/2020/011613

18/06/2020

000030

Presentada

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

11

COOP INSULAR GANADERA DE MENORCA

F07016728

GE/2020/011614

18/06/2020

000031

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

12

BISUART FERRERIES, SL LABORAL

B07857899

GE/2020/011618

18/06/2020

000029

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

13

BOSCH BOSCH PEDRO

*********

GE/2020/011629

18/06/2020

000045

pendiente presentar

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

14

GALLETAS ARTESANAS DE MENORCA, SL

B57597684

GE/2020/011638

18/06/2020

000055

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

15

A&R WIRECUT SOCIEDAD LIMITADA

B57644411

GE/2020/011639

18/06/2020

000057

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

16

LORENTE MARQUES JUAN JOSE

*********

GE/2020/011641

18/06/2020

000058

pendiente presentar

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

17

ANGA, SL

B07243603

GE/2020/011645

18/06/2020

000065

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

18

PIRIS COLL FRANCISCO

*********

GE/2020/011648

18/06/2020

000067

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

19

COMPACK, SL

B07059397

GE/2020/011649

18/06/2020

000068

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

20

EL DIAMANTE BC GRUP, CB

E16514416

GE/2020/011650

18/06/2020

000069

pendiente presentar

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

21

TORRES CIUDADELA SOCIEDAD ANONIMA

A07092216

GE/2020/011651

18/06/2020

000070

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

22

MESQUIDA BENEJAM PEDRO

*********

GE/2020/011658

18/06/2020

000079

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

23

PEREZ BELDA, SL

B07469117

GE/2020/011667

18/06/2020

000085

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

24

MOBLES BOSCO BARBER SOCIEDAD LIMITADA

B57103889

GE/2020/011669

18/06/2020

000087

pendiente presentar

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

25

M & M LACTEOS SL

B07801343

GE/2020/011670

18/06/2020

000108

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

26

TALTATROQ SOCIEDAD LIMITADA

B57565590

GE/2020/011674

18/06/2020

000090

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

27

ROMAN CAMPS, SL

B07861875

GE/2020/011676

18/06/2020

000091

Presentada

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

28

MIR FORNITURAS SL

B07125826

GE/2020/011691

18/06/2020

000098

Presentada

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

29

PLASTIMODA SA

A07098916

GE/2020/011692

18/06/2020

000099

Presentada

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

30

ELECTRONICA MENORQUINA, SL

B07116841

GE/2020/011693

18/06/2020

000100

Presentada

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

31

KOSMA MENORCA, SL

B16618183

GE/2020/011704

18/06/2020

000013

Presentada

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

32

IMPRESOS DOMINGO SL

B07701691

GE/2020/011710

18/06/2020

000109

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

33

VOLUM INVEST SOCIEDAD LIMITADA

B57241671

GE/2020/011717

18/06/2020

000112

Presentada

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

34

FERRERIA I HERMATGES DE PONENT SL

B57902512

GE/2020/011724

18/06/2020

000116

pendiente presentar

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

35

TROQUELATS SA NAVETA CB

E57800724

GE/2020/011730

18/06/2020

000119

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

36

PASTISSERIA CAN PONS SOCIEDAD LIMITADA

B57225773

GE/2020/011736

18/06/2020

000122

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

37

GOMILA PELEGRI GLORIA

*********

GE/2020/011740

18/06/2020

000124

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

38

CONTRERAS VRANDECIC DAMARIS JUBICA

X2412621J

GE/2020/011748

18/06/2020

000127

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

39

BISUTERIA NURA SOCIEDAD LIMITADA

B07927528

GE/2020/011750

18/06/2020

000129

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

40

SANSALONI PONS MATIAS

*********

GE/2020/011760

18/06/2020

000138

pendiente presentar

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

41

CASASNOVAS ANGLADA ASUNCION

*********

GE/2020/011761

18/06/2020

000145

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

42

TECNICAS AUXILIARES REUNIDAS, SL

B07028665

GE/2020/011766

18/06/2020

000141

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

43

RIPUNTS CIUTADELLA SOCIEDAD LIMITADA

B57956591

GE/2020/011770

18/06/2020

000148

pendiente presentar

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

44

MEBOT, S.L.

B07632763

GE/2020/011784

18/06/2020

000157

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

45

SUPERMERCAT TREBALUGER, SL

B07751233

GE/2020/011792

18/06/2020

000162

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

46

HERBERA BAKERY, SL

B57910697

GE/2020/011794

19/06/2020

000197

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

47

TRIANGLE POSTALS SL

B07694805

GE/2020/011795

18/06/2020

000163

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

48

EXPLOTACIONES PONS MARIN SOCIEDAD LIMITADA

B07797822

GE/2020/011798

18/06/2020

000165

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

49

MESQUIDA MASCARO JAIME

*********

GE/2020/011813

18/06/2020

000173

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

50

VILLALONGA GOMILA SOCIEDAD LIMITADA

B57261919

GE/2020/011817

18/06/2020

000174

pendiente presentar

De 2 a 5 trabajadores asalariados

4.000,00 €

51

VILA DELCLÒS ANTONI

*********

GE/2020/011820

18/06/2020

000023

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

52

GREVE INVEST, SOCIEDAD LIMITADA

B07839814

GE/2020/011829

18/06/2020

000180

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

53

CARDONA CAPELLA GABRIEL

*********

GE/2020/011845

18/06/2020

000198

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

54

CALCATS FANER, SL

B07597065

GE/2020/011857

18/06/2020

000202

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

55

CARPINTERIA TOYO SL

B07557341

GE/2020/011858

18/06/2020

000203

Presentada

6 o más trabajadores asalariados

6.000,00 €

56

FERRAN GIMENEZ MIREIA

*********

GE/2020/011861

18/06/2020

000204

-

Autónomo o 1 trabajador asalariado

2.000,00 €

 

IMPORTE TOTAL CONCESIÓN Y PAGO

 

 

 

 

 

 

210.000,00 €

Estas ayudas se rigen por la Comunicación de la Comisión Europea relativa a la modificación del Marco Temporal de las medidas de ayudas estatales destinadas a apoyar la economía en el contexto de la actual brote de Covid-19 de 4 de abril de 2020 y por el Marco Nacional Temporal relativo a las medidas de ayudas a empresas y autónomos consistentes en subvenciones directas, anticipos reembolsables, ventajas fiscales, garantías de préstamo y bonificaciones de tipos de interés en préstamos destinadas a apoyar la economía en el contexto de la actual brote de Covid-19 de 27 de marzo de 2020, aprobado por la Comisión Europea por Decisión SA.56851 (2020 / N).

Segundo.- Informar a los beneficiarios de ayudas iguales o superiores a 4.000 € que no hayan presentado la justificación junto con la solicitud-anexo V y memoria (base 13.3) - que tienen un plazo de un mes desde la fecha de publicación de la concesión de la ayuda en el BOIB para justificar los gastos objeto de subvención.

Tercero.- Recordar que las entidades beneficiarias de estas ayudas deben mantener la actividad durante al menos un plazo mínimo de medio año a contar desde la presentación de la solicitud y también deben mantener durante este periodo el número de trabajadores. En caso contrario, se les podrá exigir la devolución total o parcial de la subvención abonada, más los intereses de demora, sin perjuicio de la sanción que pueda corresponder por alteración de la finalidad para la que se concedió la subvención.

Los trabajadores autónomos que únicamente estén dados de alta durante la temporada de verano y que, como consecuencia de la crisis de la Covid-19, no lo estén en el momento de presentar la solicitud, deben estar de alta durante un mínimo de 2 meses antes del día 31 de diciembre de 2020. En caso contrario se les podrá exigir la devolución total o parcial de la subvención abonada, más los intereses de demora, sin perjuicio de la sanción que pueda corresponder por alteración de la finalidad para la que se concedió la subvención.

Cuarto.- Recordar a los beneficiarios la obligación de conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de actuaciones de comprobación y control posterior por parte de la Intervención General de la Comunidad Autónoma.

Quinto.- Comunicar este acuerdo a la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo del Gobierno de las Islas Baleares, para que tenga los efectos oportunos.

Sexto.- Remitir a la BDNS este acuerdo en cumplimiento del art. 20.8 de la LGS y publicarlo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares a los efectos de notificación (art. 1b del LPACAP).

Lo que se comunica para su conocimiento y a los efectos oportunos, al mismo tiempo que se hace saber que contra el acuerdo precedente, que no agota la vía administrativa, podrá interponer, en el plazo de un mes a partir del dia siguiente al de la fecha de la recepción de esta notificación, recurso de alzada ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular, sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso que se considere procedente en derecho.

El mencionado recurso se entenderá desestimado si no se os hubiera notificado la resolución cuando hayan transcurrido tres meses desde su interposición. Contra la desestimación del recurso de alzada por silencio administrativo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Palma.

 

Maó, 14 de agosto de 2020

El secretario del Consejo Ejecutivo Por delegacion de la presidenta​​​​​​​ Octavi Pons Castejón (Decreto 427/2019, de 11 de Julio) (BOIB núm. 97 de 16.7.2019)