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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 7648
Notificación de Resolución de denegación a los beneficiarios de las ayudas, R1 de fecha 31 de julio de 2020, al amparo de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la que se convocan subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, para los años 2015 a 2019

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Texto

El apartado 9.3. de la Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) de 10 de setiembre de 2015 por la que se convocan, subvenciones para la Creación de empresas de Jóvenes agricultores, correspondientes a los años 2015-2019,  especifica que la resolución expresa se notificará a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares de acuerdo con los términos previstos en el artículo 45.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Los expedientes han sido tramitados por el Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El vicepresidente en Materia Agraria del FOGAIBA, con fecha 31 de julio de 2020, firmó la siguiente resolución,

" RESOLUCIÓN DE DENEGACIÓN

Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020

Medida  6.1 - Creación de empresas de Jóvenes Agricultores

Convocatoria: CEJA 2019_1            Grupo: REMESA  1

Antecedentes

1.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA) por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la creación de empresas de jóvenes agricultores.

2. De conformidad con el apartado sexto de la citada Resolución, el plazo de presentación de solicitudes terminó el di a 30/06/2019, y tuvieron entrada en el Registro del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares un total de 138 solicitudes de ayuda.

3. Los órganos gestores del Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural han llevado a cabo el control administrativo de las solicitudes y de la documentación aportada de acuerdo con las normas reguladoras de esta ayuda.

4. Una vez evaluadas las solicitudes de ayuda por los órganos gestores, y de acuerdo con los criterios de elegibilidad establecidos, los interesados señalados en el Anexo I adjunto no cumplen con alguno de los requisitos previstos en la convocatoria para poder ser beneficiarios de la ayuda, por los motivos indicados en el citado anexo.

5. Con fecha 30 de junio de 2020 el Servicio de Ayudas al Desarrollo Rural ha emitido informe desfavorable y propuesta provisioanl de denegación de la ayuda a los interesados relacionados en el Anexo I.

6. Con fecha 2 de julio de 2020 se notifica, mediante publicación en la página web http://www.caib.es, la citada propuesta provisional a los interesados, concediendoles un plazo de 10 días para presentar las alegaciones oportunas.

7. A día de hoy y una vez finalizado el plazo, los interesados  relacionados en el Anexo I no han presentado alegaciones.

Fundamentos de derecho

1.Resolución del Presidente del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Islas Baleares (FOGAIBA),  por la que se convocan, para los años 2015 a 2019, subvenciones para la Creación de empresas de jóvenes agricultores.

2.Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 19 de febrero de 2015, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en el marco del Programa de Desarrollo Rural de las Islas Baleares 2014-2020.

3. Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Por todo ello dicto la siguiente.

Resolución  

1.Denegar la ayuda solicitada por los interesados que figuran en el Anezo I, que son un total de 9 expedientes que empieza por MOHAMED SERROUKH SERROUKH y termina con GABRIEL FERRAGUT ENSEÑAT, relativa a la línea de ayudas "Creación de empresas de jóvenes agricultores", por no cumplir con alguno de los requisitos que se sestablecen en la convocatoria y que se especifican en el citado anexo.

2. Declarar concluido el procedimiento y proceder al archivo de los expedientes relacionados en el Anexo I. .

3. Notificar la  resolución a cada uno de los interesados del Anexo I.

Interposición de recursos

Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, de acuerdo con el artículo 58.4 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la comunidad autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/99, de 13 de enero.

Palma, 31 de julio de 2020

El vicepresidente del FOGAIBA

Gabriel Torrens LLabrés”

 

ANEXO I. RELACIÓN DE SOLICITUDES DENEGADAS

Solicitante

NIF

Núm. exp.

Motivo de denegación

MOHAMED SERROUKH SERROUKH

43154971W

CEJA2019_1/010

No está al corriente de las obligaciones con la AEAT.

PEDRO LUÍS JULIÀ VICENS

37342310Q

CEJA2019_1/034

No llega a la puntuación mínima.

ANTONIO MIGUEL SERRA PLANELLS

46950681E

CEJA2019_1/056

No está al corriente de las obligaciones con la AEAT, ni con la SS.

JOSE ANTONIO SERAPIO COVAS

37341564Y

CEJA2019_1/062

No está al corriente de las obligaciones con la SS.

SUSAN YADIRA VIVAS JACOME

X6764400P

CEJA2019_1/064

No está al corriente de las obligaciones con la AEAT.

DANIEL AISHEH BACH

X0907900K

CEJA2019_1/076

No está al corriente de las obligaciones con la AEAT.

MAURO LA TERRA

Y6224945D

CEJA2019_1/110

No está al corriente de las obligaciones con la AEAT, ni con la SS.

GUILLERMO CLAVEL MARI

47252348K

CEJA2019_1/134

No está al corriente de las obligaciones con la AEAT, ni con la SS.

GABRIEL FERRAGUT ENSEÑAT

43121504T

CEJA2019_1/139

No llega a la puntuació mínima.

 

Palma, 31 de julio de 2020

El director gerente del FOGAIBA Mateu Morro Marcé