Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 7641
Corrección de errores de la versión catalana del anuncio núm. 7431, correspondiente a la aprobación de las bases que rigen la concesión de ayudas para personas mayores de 65 años o con discapacidad reconocida y de la convocatoria para el año 2020, publicado en el BOIB núm. 141 de 15 de agosto de 2020 (Exp. 1818-2020-000001)
El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Menorca de fecha 3 de agosto de 2020, aprobó las bases que rigen la concesión de ayudas para personas mayores de 65 años o con discapacidad reconocida y de la convocatoria para el año 2020, publicadas en el BOIB núm. 141 de 15-8-2020.
En la cláusula 14. Criterios objetivos para la determinación de la concesión de las ayudas y su ponderación, apartado b) del anexo 1 de las bases que rigen la concesión de ayudas para personas mayores de 65 años o con discapacidad reconocida se ha detectado un error material, y de acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, que dice que les Administraciones Públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, se propone la siguiente rectificación:
ANEXO I - BASES QUE RIGEN LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA PERSONAS MAYORES DE 65 AÑOS O CON DISCAPACIDAD RECONOCIDA
[...]
14. CRITERIOS OBJETIVOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS Y SU PONDERACIÓN
[...]
Donde dice:
b) Se concederán las ayudas solicitadas a todas las peticiones, siempre que previamente se cumplan todas las condiciones y requisitos ya mencionados, por los conceptos e importes asociados a éstos detallados en los cuadros de baremo de importes máximos individuales por los conceptos siguientes, en atención a un porcentaje máximo sobre los conceptos subvencionables:
Prótesis y Órtesis |
|
Concepto |
Importe máx. (en EUROS) |
Adquisición de audífono derecho |
1.500,00 |
Adquisición de audífono izquierdo |
1.500,00 |
Adquisición de materiales relacionados con los audífonos |
200,00 |
Servicio de reparación relacionado con los audífonos |
300,00 |
Adquisición de prótesis dentales |
875,00 |
Servicio de reparación de prótesis dentales |
85,00 |
Adquisición de férulas de descarga dental u oclusal |
172,00 |
Adquisición de prótesis oculares |
1.000,00 |
Adquisición de gafas o lentillas |
320,00 |
Adquisición de fajas especiales |
540,00 |
Adquisición de fajas lumbares |
67,00 |
Adquisición de plantillas |
67,00 |
Adquisición de zapatos ortopédicos |
67,00 |
*Se entiende por prótesis el producto sanitario que reúne una adaptación personalizada, dirigido a substituir un órgano o parte de la persona. Se entiende por órtesis aquel producto sanitario de uso externo y no implantable dirigido a modificar las condiciones estructurales o funcionales del cuerpo humano. |
Prótesis y Órtesis |
|
Concepto |
Importe máx. (en EUROS) |
Adquisición de audífono derecho |
1.500,00 |
Adquisición de audífono izquierdo |
1.500,00 |
Adquisición de materiales relacionados con los audífonos |
200,00 |
Servicio de reparación relacionado con los audífonos |
300,00 |
Adquisición de prótesis dentales |
875,00 |
Servicio de reparación de prótesis dentales |
85,00 |
Adquisición de férulas de descarga dental u oclusal |
172,00 |
Adquisición de prótesis oculares |
1.000,00 |
Adquisición de gafas o lentillas |
320,00 |
Adquisición de fajas especiales |
540,00 |
Adquisición de fajas lumbares |
67,00 |
Adquisición de plantillas |
67,00 |
Adquisición de zapatos ortopédicos |
67,00 |
*Se entiende por prótesis el producto sanitario que reúne una adaptación personalizada, dirigido a substituir un órgano o parte de la persona. Se entiende por órtesis aquel producto sanitario de uso externo y no implantable dirigido a modificar las condiciones estructurales o funcionales del cuerpo humano. |
Debe decir:
[...]
14. CRITERIOS OBJETIVOS PARA LA DETERMINACIÓN DE LA CONCESIÓN DE LAS AYUDAS Y SU PONDERACIÓN
[...]
b) Se concederán las ayudas solicitadas a todas las peticiones, siempre que previamente se cumplan todas las condiciones y requisitos ya mencionados, por los conceptos e importes asociados a éstos detallados en los cuadros de baremo de importes máximos individuales por los conceptos siguientes, en atención a un porcentaje máximo sobre los conceptos subvencionables:
Prótesis y Órtesis |
|
Concepto |
Importe máx. (en EUROS) |
Adquisición de audífono derecho |
1.500,00 |
Adquisición de audífono izquierdo |
1.500,00 |
Adquisición de materiales relacionados con los audífonos |
200,00 |
Servicio de reparación relacionado con los audífonos |
300,00 |
Adquisición de prótesis dentales |
875,00 |
Servicio de reparación de prótesis dentales |
85,00 |
Adquisición de férulas de descarga dental u oclusal |
172,00 |
Adquisición de prótesis oculares |
1.000,00 |
Adquisición de gafas o lentillas |
320,00 |
Adquisición de fajas especiales |
540,00 |
Adquisición de fajas lumbares |
67,00 |
Adquisición de plantillas |
67,00 |
Adquisición de zapatos ortopédicos |
67,00 |
*Se entiende por prótesis el producto sanitario que reúne una adaptación personalizada, dirigido a substituir un órgano o parte de la persona. Se entiende por órtesis aquel producto sanitario de uso externo y no implantable dirigido a modificar las condiciones estructurales o funcionales del cuerpo humano. |
Movilidad y comunicación |
|
Concepto |
Importe máx. (en EUROS) |
Servicio de adaptación de sillas de ruedas |
1.000,00 |
Obras y servicios de adaptación funcional del hogar* |
2.500,00 |
Adquisición de coches adaptados o servicio de adaptación del coche particular |
2.500,00 |
Adquisición de otros vehículos adaptados a las necesidades de la discapacidad (diferentes al coche) |
1.545,00 |
Adquisición de arneses para grúas |
225,00 |
Adquisición de barandillas de cama |
135,00 |
Adquisición de barras de soporte para el váter |
100,00 |
Adquisición de barras de soporte de pared |
160,00 |
Adquisición de butacas anatómicas |
620,00 |
Adquisición de sillas para la ducha |
310,00 |
Adquisición de sillas de ruedas fijas (para lavabo y váter) |
220,00 |
Adquisición de sillas de ruedas convencionales |
2.000,00 |
Adquisición de caminadores, bastones o muletas de soporte |
84,00 |
Adquisición de carros de lavado hidráulico (para la ducha) |
1.924,00 |
Adquisición de carros elevadores |
825,00 |
Adquisición de almohadas para enfermos de úlceras por presión/escaras |
130,00 |
Dispositivos de suporte cotidianos o comunicación alternativa |
500,00 |
Adquisición de elevadores salva-escaleras con o sin silla-oruga salva-escaleras** |
2.000,00 |
Adquisición de elevadores para el váter |
160,00 |
Adquisición de grúa de bipedestación o de techo |
1.500,00 |
Adquisición de grúa convencional |
1.500,00 |
Adquisición de instrumental adaptado para la ingesta |
200,00 |
Adquisición de camas hospitalarias (o con otras adaptaciones) |
1.750,00 |
Adquisición de colchones especiales para enfermos de úlceras por presión/escaras |
360,00 |
Adquisición de colchones especiales de aire compresor |
60,00 |
Adquisición de materiales cocleares |
1.500,00 |
Adquisición de pedaleadores |
45,00 |
Adquisición de tabla de bañera |
110,00 |
Adquisición de asiento giratorio de bañera |
260,00 |
Adquisición de somieres de cama hospitalaria |
360,00 |
Adquisición de mesa de transferencias |
60,00 |
Adquisición de mesillas auxiliares para cama hospitalaria |
110,00 |
Adquisición de trapecio para la incorporación |
210,00 |
*Se entiende por obras y servicios de adaptación del hogar trabajos de reforma o instalación, como la adaptación de un baño, la ejecución de una rampa de acceso, la colocación de pasamanos, etc. En todo caso, la unidad máxima de actuaciones es una por concepto y vivienda. |
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**La ayuda al elevador salva-escaleras se financiará siempre que se haya instalado dentro del domicilio de residencia habitual de la persona beneficiaria. Por lo tanto, no se va a cubrir cuando se trate de una instalación en espacios o zonas comunes en propiedades en régimen de división horizontal o edificios con una situación análoga. Así mismo, la unidad máxima es una por concepto y vivienda. |
Maó, 18 de agosto de 2020
Por delegación de la presidenta, la secretaria Rosa Salord Olèo (Decret 427/2019, d'11 de juliol ) (BOIB núm. 97 de 16-7-2019)