Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE ALARÓ
Núm. 7595
Aprobación definitiva modificación de crédito presupuestario 06-2020, crédito extraordinario
(Exp. nº AE 766/2020)
En virtud de la presunción establecida en el artículo 169.1, en relación con el artículo 177.2 del Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley reguladora de las haciendas locales, ha sido elevada a definitiva la modificación de crédito 06-2020, suplemento de crédito financiado con el remanente de tesorería para gastos generales, aprobada por acuerdo del pleno del ayuntamiento de 22 de julio de 2020 (BOIB nº 130, de 23.07.2020). La modificación presenta el siguiente resumen por capítulos:
Ingresos |
|
Capítulo 8. Activos financieros. |
292.901,17 |
TOTAL |
292.901,17 |
Gastos |
|
Capítulo 9. Pasivos financieros. |
292.901,17 |
TOTAL |
292.901,17 |
Recursos
Contra la aprobación definitiva del expediente de modificación de crédito 06-2020 se puede interponer recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación este anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears, sin perjuicio de que los interesados legitimados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que consideren procedente.
Alaró, 17 de agosto de 2020
El alcalde
Llorenç Perelló Rosselló