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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

Núm. 7437
Resolución de la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación por la que se aprueba la convocatoria de elecciones para la renovación de los miembros del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Pla i Llevant

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Texto

Hechos

El día 28 de noviembre habrán transcurrido cuatro años de la constitución del actual consejo regulador de la Denominación  de Origen Protegida Pla i Llevant, y en aplicación de los artículos 2 y 3 del Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, que regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria, la duración del mandato de los vocales, titulares y suplentes, de los consejos reguladores será de un máximo de 4 años y se establece que tres meses antes de concluir el mandato, se deberán convocar elecciones para la renovación de sus miembros.

Fundamentos de derecho

1. El artículo 20 de principios de competencia de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Los artículos 2 y 3 del Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, que regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria

Por todo lo cual, dicto la siguiente

Resolución

1. Convocar elecciones, de acuerdo con el anexo I, para la renovación de los miembros del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida Pla i Llevant.

2. Aprobar el calendario electoral de cada proceso electoral, incluido en el anexo II.

3. Facultar a la Junta Electoral de la DOP Pla i Llevant  para que desarrolle las actuaciones que resulten pertinentes para la tramitación del proceso electoral.

4. Ordenar la publicación de esta convocatoria en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 11 de agosto de 2020

La Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación Maria Asunción Jacoba Pia de la Concha García-Mauriño

 

ANEXO I Convocatoria de elecciones para la renovación de los miembros del consejo regulador de la DOP Pla i Llevant

1. Convocatoria de elecciones

De acuerdo con el artículo 3 del Decreto 139/2002, de 22 de noviembre, que regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria, se convocan elecciones para la renovación de los miembros del consejo regulador de la DOP Pla i Llevant.

 

 

​​​​​​​​​​​​​​2. Calendario del proceso electoral

El calendario, referido a días naturales, que ha de regir el proceso electoral es el que figura en el anexo II.

En el supuesto que alguno de los días fijados en el calendario electoral coincidiese en domingo o festivo se habilitará, al mismo efecto, el día hábil siguiente

3. Plazos

De acuerdo con lo que dispone la disposición adicional segunda del Decreto 139/2002 y con el objetivo de poder cumplir los plazos de presentación de escritos y de recursos que se establecen en el calendario electoral, todos los plazos concluyen a las 14.00 horas y el único lugar donde se pueden presentar dichos documentos es el Registro de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, sito en la calle de la Reina Constança, 4 de Palma.

4. Junta electoral

a) Se constituyen la Junta Electoral de la DOP Pla i Llevant.

b) Tiene su sede en las dependencias de la Consejería de Agricultura, Pesca y Alimentación, sita en la calle de la Reina Constança, 4 de Palma.

c) Estará compuesta por las persones siguientes:

- Un presidente, designado y nombrado por la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación.

- Un representante de cada una de las organizaciones profesionales agrarias, de las uniones de cooperativas agrarias y de las asociaciones empresariales con implantación en Mallorca. Serán nombrados por la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación de entre los propuestos por estas entidades.

- Dos funcionarios designados y nombrados por la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación, uno de los cuales debe ser licenciado en derecho.

- Un representante propuesto por el consejo regulador de la DOP Pla i Llevant y nombrado por la  Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación.

El presidente y cada vocal deberán disponer de un suplente designado del mismo modo que el titular.

Para la propuesta de representantes las organizaciones profesionales agrarias, las uniones de cooperativas agrarias y las asociaciones empresariales deberán acreditar su inscripción en los registros correspondientes, y su propuesta debe estar subscrita por quien ostente la representación, de acuerdo con sus estatutos.

En caso de que una organización esté integrada en otra de orden superior no podrá presentar candidatura, si la superior la presenta.

Las propuestas se deben presentar a la Consejera de Agricultura, Pesca y Alimentación en los plazos que se fijan en el calendario electoral (anexo II).

5. Censos electorales

De acuerdo con el artículo 9 del anexo 2 (Reglamento del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Pla i Llevant) de la Orden del consejero de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio de 22 de enero de 2015 por la que se aprueba el Pliego de Condiciones y el Reglamento de la denominación de origen Pla i Llevant, los censos electorales son los siguientes:

- Censo del sector vitícola, constituido por las personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro de viñas en producción del Consejo Regulador.

- Censo del sector vinícola, constituido por las personas físicas o jurídicas inscritas en el Registro de bodegas del Consejo Regulador.

En los plazos que se prevén en el calendario electoral (anexo 2), el Consejo Regulador de la Denominación de Origen Pla i Llevant presentará estos censos, debidamente actualizados a la JED, que ordenará que se expongan a la sede de la JED y en la sede del Consejo Regulador.

 

​​​​​​​6. Candidaturas

a) Podrá ser candidato a vocal del Consejo Regulador cualquier persona que, antes de la fecha de entrada en vigor de la convocatoria, este debidamente inscrita y con actividad en los censos definitivos, en pleno uso de sus derechos civiles y que no haya sido sancionada por resolución firme con la suspensión de actividad en el registro correspondiente.

La solicitud de inclusión como candidato a vocal del Consejo Regulador se debe formalizar en el modelo de aceptación de candidatura y se debe acompañar con la preceptiva documentación que provee  el artículo 16 del Decreto 139/2002, que regula los procesos electorales de los consejos reguladores.

b) Para cada censo, se elegirá el número de vocales siguiente:

- Cuatro vocales en representación del sector vitícola, elegidos por los inscritos en el Registro de viñas en producción y de entre los mismos.

- Cuatro vocales en representación del sector vinícola, elegidos por los inscritos en el Registro de bodegas y de entre los mismos.

7. Mesa electoral

Se debe constituir una mesa electoral para la votación, sita en la sede del su Consejo Regulador, y estará compuesta por un presidente y dos vocales, nombrados por  resolución del presidente de la Junta Electoral de la Denominación en el plazo que determina el calendario electoral (anexo II).

8. Documentación electoral

La documentación del proceso electoral será la siguiente:

- Modelo de aceptación de candidatura

- Modelo de declaración de elegibilidad

- Modelo de documentación para ejercer el voto por correo

- Modelo de papeleta de votación

- Modelo de sobre de votación

- Modelo de acta de constitución de la mesa electoral

- Modelo de acta de la sesión electoral

Está documentación será aprobada por la JED respectiva.

9. Jornada de votación

La jornada de votación se iniciará  a las 9.00 horas del día que figura en el calendario electoral (anexo II), con la constitución de la Mesa Electoral, incluidos los interventores si los hubiera.

En primer lugar, se extenderá el acta de constitución de la Mesa, según el modelo aprobado por la JED y, posteriormente, se iniciará la votación.

El presidente, después de comprobar la existencia de todos los medios necesarios para el desarrollo normal de la jornada de votación, ordenará el inicio de las votaciones, que durará hasta las 13.00 horas.

El desarrollo de la jornada de votación se adecuará al Decreto 139/2002, por el que se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de las denominaciones de calidad agroalimentaria.

Una vez terminada la votación y concluido el escrutinio, los miembros de la Mesa Electoral  redactaran el acta de la sesión, de acuerdo con el modelo aprobado por la JED y completaran la documentación electoral, que se librará a la JED.

10. Sesión constitutiva del Consejo Regulador

La constitución del Consejo Regulador de la DOP Pla i Llevant electo se llevará a cabo el día que figura en el calendario electoral.

En la sesión constitutiva, tal como prevé el artículo 28 del Decreto 139/2002, por el que se regula el proceso electoral para la renovación de los miembros de los consejos reguladores de les denominaciones de calidad agroalimentaria, los nuevos vocales electos tomaran posesión.

En la misma sesión, el pleno del Consejo Regulador propondrá los candidatos a presidente, vicepresidente y los vocales técnicos.

 

ANEXO II Calendario electoral

FECHA

PERIODO

CONCEPTO

3/09/2020

 

 

Convocatoria de elecciones, fecha de entrada en vigor

 

3/09/2020

14/09/2020

Presentación de representantes a la JED

 

3/09/2020

14/09/2020

Presentación del censo electoral a la JED per parte del Consejo Regulador

16/09/2020

 

 

Designación de miembros de la JED

23/09/2020

 

 

Constitución de la JED

Aprobación del censo provisional

Aprobación de los modelos de la documentación electoral

 

23/09/2020

5/10/2020

Exposición del censo provisional en la sede de la JED y del Consejo Regulador

 

23/09/2020

5/10/2020

Reclamaciones sobre el censo electoral provisional

7/10/2020

 

 

Reunión de la JED

Resolución de las reclamaciones al censo provisional

Aprobación del censo definitivo

7/10/2020

 

 

Exposición del censo definitivo en la sede de la JED y del Consejo Regulador

 

7/10/2020

16/10/2020

Presentación de candidaturas a vocales del Consejo Regulador

21/10/2020

 

 

Reunión de la JED

Proclamación provisional de los candidatos

 

21/10/2020

26/10/2020

Exposición de la proclamación provisional de los candidatos

 

21/10/2020

26/10/2020

Presentación de recursos a la proclamación provisional de los candidatos

28/10/2020

 

 

Reunión de la JED

Resolución de los recursos a las candidaturas provisionales

Proclamación definitiva de los candidatos

Nombramiento de los miembros de la Mesa Electoral

 

28/10/2020

16/11/2020

Exposición de la proclamación definitiva de los candidatos

 

28/10/2020

30/10/2020

Notificación del nombramiento de los miembros de la mesa electoral

 

28/10/2020

2/11/2020

Alegaciones  al nombramiento de los miembros de la mesa electoral

 

29/10/2020

14/11/2020

Campaña electoral

 

7/10/2020

6/11/2020

Solicitudes para votar por correo

 

29/10/2020

9/11/2020

Tramitación  de la documentación a los solicitantes del voto por correo

 

29/10/2020

13/11/2020

Nombramiento de los interventores

16/11/2020

 

 

Elecciones

18/11/2020

 

 

Reunión de la JED

Proclamación definitiva de los resultados electorales

Asignación y proclamación provisional de los vocales electos

 

18/11/2020

23/11/2020

Recursos contra la proclamación provisional de vocales electos

25/11/2020

 

 

Reunión de la JED

Resolución de los recursos a la proclamación provisional de vocales electos

Proclamación definitiva de los vocales electos

Tramitación de credenciales a los vocales electos

30/11/2020

 

 

Sesión constitutiva del Consejo Regulador y propuesta de los candidatos a la Presidencia i a la Vicepresidencia.