Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SANTA MARGALIDA
Núm. 7457
Convalidación del Decreto de Alcaldía 579/2020 relativo al expediente de modificación de crédito núm. 1067/2020 en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con remanente de tesorería para gastos generales para la aplicación del superávit presupuestario
Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de SANTA MARGALIDA por el que se convalida el expediente de modificación de créditos núm. 1067/2020 del Presupuesto en vigor, en la modalidad de crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con Remanente de Tesorería para Gastos generales para la aplicación del superávit presupuestario.
TEXTO
Convalidar la Resolución de Alcaldía de fecha 31 de mayo de 2020 por la que se aprobó el crédito extraordinario y suplemento de crédito financiado con cargo al remanente líquido de tesorería para la aplicación del superávit presupuestario, destinado a financiar gastos en Servicios Sociales y promoción social de la política de gasto 23 por efecto de la crisis sanitaria de Covid-19, por un importe de 140.000,00 €, lo que se publica a los efectos del artículo 20.2 del Real decreto ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19.
Crédito extraordinario:
APL. PRESS |
DENOMINACIÓN |
C.INICIAL |
INCREMENTO |
C.DEFINITIVO |
231 62300 |
EPIS ESTADO ALARMA INV |
- |
25.000,00 |
25.000,00 |
231 22698 |
EPIS ESTADO ALARMA G.CORRIENTE |
- |
15.000,00 |
15.000,00 |
|
TOTAL |
- |
40.000,00 |
40.000,00 |
Suplemento de Crédito:
APL. PRESS |
DENOMINACIÓN |
C.INICIAL |
INCREMENTO |
C.DEFINITIVO |
231 48900 |
AYUDAS SERVICIOS SOCIALES |
50.000,00 |
50.000,00 |
100.000,00 |
231 22199 |
PRODUCTOS ALIMENATRIOS PRIMERA NECESIDAD |
10.000,00 |
50.000,00 |
60.000,00 |
|
TOTAL |
60.000,00 |
100.000,00 |
160.000,00 |
Concepto de Ingreso:
CONCEPTO |
DENOMINACIÓN |
C.INICIAL |
INCREMENTO |
C.DEFINITIVO |
87000 |
REMANENTE DE TESORERÍA PARA GASTOS GENERALES |
0,00 |
140.000,00 |
140.000,00 |
|
TOTAL |
- |
140.000,00 |
140.000,00 |
Contra el presente Acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso -administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción
Sin perjuicio de ello, según lo fijado en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o Acuerdo impugnado.
Santa Margalida, 13 de agosto de 2020
El alcalde
Joan Monjo Estelrich