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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ENTIDAD LOCAL MENOR DE PALMANYOLA

Núm. 7450
Decreto de Alcaldía n.º 2020-0051, de 14 de agosto de 2020, de Delegación de Competencias de Alcaldía por vacaciones

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Texto

Decreto de Alcaldía n.º 2020-0051, de 14 de agosto de 2020, de Delegación de Competencias de Alcaldía por vacaciones.

DECRETO DE ALCALDÍA 

En el ejercicio de las competencias que el artículo 21 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local, el artículo 81 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares y el artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), aprobado por el RD 2568/1986, de 28 de noviembre, atribuyen a esta Alcaldia.

Atendido lo establecido en el artículo 47 del RD 2568, de 28 de Noviembre de 1986, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en relación en el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, relativos a la sustitución del Alcalde, por parte de la vocal de Medio Ambiente, Infraestructuras y Seguridad Ciudadana, en la totalidad de sus funciones, y en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento, que imposibilite en este el ejercicio de sus funciones.

Atendido lo previsto en el artículo 44 del RD 2568, de 28 de Noviembre de 1986, mediante el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Y atendida mi ausencia desde el día 15 al 30 de agosto de 2020, ambos incluidos.

RESUELVO: 

1.- Delegar en la Sra. Mª Victoria Muñoz Durán, la vocal de Medio Ambiente, Infraestructuras y Seguridad Ciudadana de l'ELM de Palmanyola, la totalidad de las funciones de Alcaldía. La mencionada delegación tendrá efectos a partir de día 15 al 30 de de agosto de 2020, ambos incluidos, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

2.- Notificar el presente Decreto a la interesada, para su conocimiento y a los efectos correspondientes.

3.- Remitir este Decreto al BOIB para su publicación, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente al de la firma de la presente resolución.

4.- Que del presente Decreto se informe a la Junta Vecinal en la primera sesión que esta celebre.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde.

 

Palmanyola, 14 de agosto de 2020

El alcalde Arnaldo Francisco Llinàs Quintana