Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES Y DEPORTES
Núm. 7421
Resolución de concesión de subvenciones 2/2020 al amparo de la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 25 de octubre de 2019 por la cual se convocan ayudas a los deportistas, a los clubes deportivos y a las federaciones deportivas de las Islas Baleares para facilitarles el transporte del material deportivo entre las islas de la comunidad autónoma, a la península, las islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos (BOIB núm. 151, de 7/11/2019)
Hechos
1. Las personas y las entidades que figuran en el apartado primer de esta Resolución han presentado a la Consejería de Asuntos Sociales y Deportes una solicitud de subvención para facilitarles el transporte del material deportivo entre las islas de la comunidad autónoma, a la península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios.
2. El Servicio de Administración Deportiva de la Dirección General de Deportes ha examinado las solicitudes y está conforme con los aspectos siguientes:
- Las personas y entidades solicitantes, por su naturaleza, pueden ser beneficiarias de la subvención objeto de la convocatoria.
- Las personas y entidades han presentado las solicitudes dentro del plazo y de la manera adecuada y han adjuntado la documentación exigida por la convocatoria.
- Las personas y entidades han presentado la factura acreditativa del desplazamiento y acta del partido o prueba deportiva emitida por la correspondiente federación deportiva.
- Las personas y entidades solicitantes se encuentran al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y la Administración tributaria.
3. La subvención se distribuye en las cuantías especificadas en el apartado primero, por beneficiario, y hay crédito adecuado y suficiente a la partida presupuestaria 17601 461A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2020.
4. La propuesta de resolución de concesión de ayudas de la Dirección General de Deportes de 2 de julio de 2020.
5. Las ayudas percibidas en virtud de la presente convocatoria están sujetas a la tributación por IRPF, cuando el beneficiario final sea una persona física y no pueda acogerse a ninguna exención, en particular la prevista para los deportistas de alto nivel en el artículo 7.m de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 21.4 del Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB núm. 196, de 31 de diciembre de 2005), dispone que la resolución, que finaliza el procedimiento de concesión de subvenciones, se ha de notificar individualmente o mediante publicación en el BOIB, de acuerdo con lo que se dispone en la convocatoria.
2. La Orden del Consejero de Turismo y Deportes de 18 de diciembre de 2012 por la cual se establecen las bases reguladoras para conceder subvenciones en materia de deportes (BOIB núm. 2, de 3 de enero de 2013).
3. El apartado 6.6 de la Resolución del Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de 25 de octubre de 2019 (BOIB núm. 151, de 7 de noviembre de 2019) dispone que la resolución expresa de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes finaliza el procedimiento de concesión de subvención. La resolución colectiva se publicará en el Boletín Oficial de las Islas Baleares en el plazo de seis meses desde la finalización del período de presentación de solicitudes.
Por todo esto, dicto la siguiente
Resolución
1. Aprobar la concesión de subvenciones, para facilitar el transporte de material deportivo entre las islas de la comunidad autónoma, a la Península, las Islas Canarias, Ceuta y Melilla para asistir a las competiciones oficiales de los diferentes calendarios federativos, a los beneficiarios siguientes, por el importe individual indicado; autorizar y disponer el gasto; reconocer la obligación y proponer el pago a favor de todos ellos, con cargo a la partida presupuestaria 17601 461A01 48000 00 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el año 2020.
Núm. expedient |
Beneficiari |
Esport |
Competició |
Data competició |
Import concedit |
ME/2019-2023/28 |
Federació Balear de Piragüisme |
Piragüisme |
1ª Copa Balear Promoció |
08-02-20 |
800,00 € |
ME/2019-2023/32 |
Club Colombófilo Ciutadella |
Colombofília |
Illes Balears 2020 |
08-02-20 |
286,15 € |
ME/2019-2023/33 |
Club Colombofilia La Mensajera Mahonesa |
Colombofília |
Campionat insular Menorca 2020 |
08-02-20 |
800,00 € |
ME/2019-2023/34 |
Club Colombofilia La Mensajera Mahonesa |
Colombofília |
Campionat Illes Balears 2020 |
15-02-20 |
800,00 € |
ME/2019-2023/36 |
Club Grup de Mallorca |
Colombofília |
Illes Balears 2020 |
13-02-20 |
800,00 € |
ME/2019-2023/37 |
Club Grup de Mallorca |
Colombofília |
Illes Balears 2020 |
08-02-20 |
800,00 € |
ME/2019-2023/39 |
Club Colombófilo Ciutadella |
Colombofília |
Illes Balears 2020 |
23-02-20 |
286,15 € |
ME/2019-2023/40 |
Club Colombófilo Ciutadella |
Colombofília |
Illes Balears 2020 |
15-02-20 |
286,15 € |
ME/2019-2023/41 |
Club Grup de Mallorca |
Colombofília |
Illes Balears 2021 |
15-02-20 |
800,00 € |
ME/2019-2023/42 |
Club Grup de Mallorca |
Colombofília |
Espanya 2020 |
29-02-20 |
800,00 € |
ME/2019-2023/43 |
Club Colombòfil Missatger Eivissa |
Colombofília |
Espanya 2020 |
29-02-20 |
400,00 € |
ME/2019-2023/44 |
Club Grup de Mallorca |
Colombofília |
Espanya 2020 |
22-02-20 |
800,00 € |
ME/2019-2023/45 |
Club Colombofilia La Mensajera Mahonesa |
Colombofília |
Cto Illes Balears 2020 |
22-02-20 |
800,00 € |
ME/2019-2023/46 |
Club Nàutic Ciutadella |
Vela |
Cto Illes Balears 2020 |
27-02-20 |
512,86 € |
ME/2019-2023/47 |
Federació Balear de Piragüisme |
Piragüisme |
Cto Illes Balears 2020 Hivern |
29-02-20 |
800,00 € |
2. Ordenar la publicación de esta Resolución en el BOIB.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución – que agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación (o notificación), de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses desde el día siguiente de haberse publicado esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 6 de julio de 2020
El secretario general Xavier Lluís Bacigalupe Blanco (Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales y Deportes de delegación de competencias y firma (BOIB núm. 91, de 6 de julio de 2019)