Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE SALUD DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 7404
Resolución del director general del Servicio de Salud de las Islas Baleares de 13 de agosto de 2020 por la que se corrigen los errores observados en la Resolución de la consejera de Salud y Consumo de 5 de julio de 2020 por la que se publica la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de subdirector/subdirectora de Gestión de Personal de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, con contrato de alta dirección regulado por el Real decreto 1382/1985, de 1 de agosto
Hechos
1. El 8 de agosto de 2020 se publicó en el BOIB núm. 138 la Resolución de la consejera de Salud y Consumo de 5 de julio de 2020 por la que se publica la convocatoria para cubrir, por el sistema de libre designación, el puesto de trabajo de subdirector/subdirectora de Gestión de Personal de los Servicios Centrales del Servicio de Salud de las Islas Baleares, con contrato de alta dirección regulado por el Real decreto 1382/1985, de 1 de agosto.
2. Se han advertido errores en la Resolución en cuestión.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, establece que estas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos de los actos que hayan dictado.
2. El artículo 56.1 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dispone que la revocación de los actos de gravamen o desfavorables y la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde al órgano que haya dictado el acto o la disposición.
Por todo ello dicto la siguiente
Resolución
1. Rectificar el error observado en el punto 2.d) del anexo de la Resolución mencionada.
Donde dice:
Tener la titulación oficial de doctorado, licenciatura, grado en Medicina y Cirugía, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que venza el plazo para presentar solicitudes. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, es necesario acreditar que están homologadas por el Ministerio de Educación.
ha de decir:
Tener la titulación oficial de doctorado, licenciatura, grado, ingeniería, arquitectura o equivalente, o bien ingeniería técnica, diplomatura universitaria, arquitectura técnica, formación profesional de 3r grado o equivalente, o estar en condiciones de obtenerla antes de que venza el plazo para presentar solicitudes. En el caso de las titulaciones obtenidas en el extranjero, hay que acreditar que están homologadas por el Ministerio de Educación.
2. Publicar esta resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma, 13 de agosto de 2020
El director general del Servicio de Salud
Julio Miguel Fuster Culebras
Por delegación de la consejera de Salud y Consumo (BOIB núm. 10, de 21/01/2016)