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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE SANT JOAN DE LABRITJA

Núm. 7371
Aprobación definitiva de los estatutos y bases de actuación de la Junta de Compensación a constituir para la urbanización del Polígono UA-05PO de Cala de Portinatx

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Texto

Exp. 1125/2016

Para conocimiento general se hace saber que la Junta de Gobierno Local de 20 de julio de 2020, adoptó el siguiente acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar definitivamente los estatutos y las bases de actuación de la Junta de Compensación a constituir para la urbanización del polígono UA-05PO de Cala de Portinatx., con las modificaciones resultantes de los apartados anteriores.

SEGUNDO.- Designar como representante del Ayuntamiento en el órgano rector de la Junta de Compensación al Primer Teniente Alcalde D. Andrés Roig Marí.

TERCERO.- Publicar íntegramente en el Boletín Oficial de les Illes Balears, el presente acuerdo de aprobación definitiva. Asimismo, se notificará individualizadamente a los propietarios afectados por el sistema de actuación y a quienes hubieren comparecido en el expediente.

Según el artículo 162.5 del Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre régimen del Suelo y Ordenación Urbana en la notificación del acuerdo de aprobación definitiva se requerirá a quienes sean propietarios afectados, en los términos del número 3 del artículo anterior, y no hubieren solicitado su incorporación a la Junta, para que así lo efectúen, si lo desean, en el plazo de un mes, contado desde la notificación, con la advertencia de expropiación prevista en el artículo 127.1 de la Ley del Suelo. Dicho trámite no tendrá lugar cuando la totalidad de los propietarios hubiera solicitado inicialmente o en el trámite previsto en el número 1 de este artículo su incorporación a la Junta.

CUARTO.- Requerir a los interesados para que constituyan la junta de compensación mediante escritura pública en la que se designará el cargo del órgano rector, que necesariamente recaerá en persona física.

QUINTO.- Remitir la presente Resolución de constitución al Registro de Entidades Urbanísticas Colaboradoras, así como un ejemplar de los estatutos y bases de la Junta de Compensación, para su inscripción y archivo.

SEXTO.- Solicitar del Registro de la Propiedad la práctica de los asientos que correspondan y el depósito de los estatutos y bases aprobados.

Asimismo, el acuerdo transcrito junto al expediente estará a disposición de los interesados en el área de urbanismo del Ayuntamiento.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante LA Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

 

Sant Joan de Labritja, 31 de julio de 2020

El alcalde Antonio Marí Marí