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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 7367
Resolución suspensión del servicio de Galeras por aviso de altas temperaturas

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Texto

La Alcaldía, mediante Resolución núm. 1358 de fecha 3 de agosto de 2020, ha acordado la suspensión del servicio de transporte urbano de galeras de las 12.00 a las 17.00 horas cuando se declare oficialmente por parte de la agencia Estatal de Meteorología (AEMET) aviso amarillo de temperaturas.

Lo que se publica en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios electrónico del sitio web del Ayuntamiento de Alcudia (http://www.alcudia.net/ajuntament/ca/), a los efectos establecidos en el artículo 45 de la Ley 39 / 2.015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Alcudia, 12 de agosto de 2020

La alcaldesa Bárbara Rebassa Bisbal

 

DECRETO DE ALCALDIA

Resolución de suspensión del servicio urbano de transporte de viajeros en vehículos de tracción animal con conductor para abuelos amarillo por altas temperaturas.

Antecedentes

1. En fecha 31 de julio de 2020 la Fundación Natura Parc ha emitido un informe para aplicar medidas de prevención respecto al servicio de transporte de viajeros en vehículos de tracción animal con conductor (Galeras) del municipio de Alcúdia, regulado por el Reglamento de transporte urbano de autotaxis y galeras, para cuando se activen avisos meteorológicos por temperaturas elevadas.

2. Con el fin de garantizar el bienestar de las caballerías el informe recomienda paralizar la actividad de los caballos en los espacios públicos entre las 12: 00h y las 17: 00h, desde el momento en que las temperaturas sean iguales o superiores a 36 ° C.

Fundamentos de derecho

1. Reglamento de transporte urbano de autotaxis y galeras (BOCAIB Núm. 36, de 25 de marzo de 1997).

2. Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Visto el informe técnico emitido por la técnica de Sanidad en fecha 31 de julio de 2020, mediante el cual informa favorablemente la suspensión del servicio referenciado en el caso de aviso amarillo por altas temperaturas.

Por todo ello, dicto la siguiente

Resolución

1. Acordar la suspensión del servicio de transporte urbano de galeras de las 12.00 a las 17.00 horas cuando se declare oficialmente por parte de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) aviso amarillo de temperaturas.

2. Comunicar a los prestadores del servicio la obligación de consultar la página web oficial de la AEMET para confirmar la existencia de los avisos amarillos, naranjas y rojos por temperaturas que condicionen el servicio.

3. Dar traslado del presente decreto a los titulares de las correspondientes licencias de galeras o sus representantes, así como a Policía Local y la Fundación Natura Parc, con eficacia inmediata según el artículo 39.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB).

Contra este acto administrativo, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de la publicación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo deberá presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso expedita la vía contencioso administrativa.

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el artículo 123 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa , ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.