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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ENERGÉTICA Y SECTORES PRODUCTIVOS

Núm. 7364
Resolución del consejero de Transición Energética y Sectores Productivos por la que se amplía el crédito asignado a la convocatoria para conceder ayudas destinadas a promover la implantación de herramientas TIC y procesos basados en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las pymes y Asal de las Islas Baleares mediante bonos tecnológicos, aprobada por la Resolución de la consejera de Innovación, Investigación y Turismo de 8 de abril de 2019 (BOIB núm. 49, de 16 de abril de 2019)

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Texto

El 16 de abril de 2019 se publicó en el Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución de la Consejera de Innovación, Investigación y Turismo de 8 de abril de 2019 por la que se aprobaba la convocatoria para conceder ayudas destinadas a promover la implantación de herramientas TIC y procesos basados ​​en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las pymes y Asal de las Islas Baleares mediante bonos tecnológicos (BOIB núm. 49, de 16 de abril de 2019) (en adelante, convocatoria). Los términos de la convocatoria constan en el anexo 1 de la Resolución mencionada.

El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Islas Baleares, establece las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Actualmente corresponden a la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos las competencias, entre otras, de impulso y fomento de la innovación a través de la Dirección General de Innovación y, por tanto, la tramitación de esta convocatoria.

De acuerdo con la base 4 de la convocatoria, el importe máximo que se destina a esta convocatoria es de 800.000,00 euros con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma con la distribución por ejercicios siguiente:

Ejercicio 2019: 400.000,00 euros, distribuidos de la siguiente forma:

  • 300.000,00 euros a cargo de la partida presupuestaria 12501 542A01 47000 00 FF 31110
  • 100.000,00 euros a cargo de la partida presupuestaria 12501 542A01 48000 00 FF 31110, siempre que haya crédito suficiente

Ejercicio 2020: 400.000,00 euros, distribuidos de la siguiente forma:

  • 300.000,00 euros a cargo de la partida presupuestaria 12501 542A01 47000 00 FF 31110
  • 100.000,00 euros a cargo de la partida presupuestaria 12501 542A01 48000 00 FF 31110, siempre que haya crédito suficiente

El apartado 4.1 de la convocatoria dispone que, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, los importes destinados a la convocatoria se pueden incrementar.

Las subvenciones otorgadas en esta convocatoria están cofinanciadas en un 50% con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2014 hasta 2020 de las Islas Baleares.

Con la nueva estructura orgánica y las competencias asumidas por la Dirección General de Innovación, actualmente el centro de coste es el 19501.

El crédito destinado a la convocatoria ha resultado insuficiente para atender todas las solicitudes presentadas en el marco de la convocatoria.

Actualmente, la Consejería de Transición Energética y Sectores Productivos tiene crédito disponible por un importe de 400.000,00 euros en las partidas finalistas 19501 542A01 47000 00 31110 y 19501 542A01 48000 00 31110 de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para el ejercicio 2020, lo que permite ampliar el importe máximo de la convocatoria. El hecho de aumentar la dotación presupuestaria inicial de esta convocatoria permitirá dar cobertura a más solicitudes y, por tanto, contribuir con más ayudas a fomentar e impulsar la innovación y la digitalización del sector productivo y empresarial de las Islas Baleares, en especial después del estado de alarma provocado por la COVID-19 y que ha evidenciado las necesidades de digitalizar la gestión empresarial y la comercialización de las pymes para limitar el trato presencial y, además, dinamizar el sector de proveedores tecnológicos.

El 25 de marzo de 2020, la directora general de Innovación emitió el informe justificativo relativo a la necesidad de modificar la Resolución de la Consejera de Innovación, Investigación y Turismo de 8 de abril de 2019, con el fin de incrementar el crédito asignado.

El 12 de mayo de 2020, el director general de Fondos Europeos remitió el informe de elegibilidad FEDER relativo a la ampliación de crédito de la convocatoria, en el que se informa favorablemente de esta modificación de la convocatoria cofinanciada en un 50% con cargo al Programa Operativo FEDER 2014 - 2020 de las Islas Baleares, condicionada a los términos establecidos en el Programa Operativo, la adecuación a los criterios de selección de operaciones pendientes de aprobación del Comité de Seguimiento y al cumplimiento de la normativa estatal de gastos subvencionables del FEDER.

Por todo ello, visto el informe previo de la Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, y teniendo en cuenta las disponibilidades presupuestarias, con la fiscalización previa limitada de la Intervención de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, dicto la siguiente

Resolución

1. Ampliar en 400.000,00 euros el crédito asignado inicialmente a la convocatoria para conceder ayudas destinadas a promover la implantación de herramientas TIC y procesos basados ​​en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las pymes y Asal de las Islas Baleares mediante el instrumento de bonos tecnológicos publicada en el BOIB núm. 49 de 16 de abril de 2019. Con esta ampliación el crédito total para el ejercicio 2020 destinado a la convocatoria de ayudas destinadas a promover la implantación de herramientas TIC y procesos basados ​​en TIC para la mejora de la gestión empresarial de las pymes y Asal de las Islas Baleares mediante el instrumento de bonos tecnológicos es de 800.000,00 euros cofinanciados con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) 2014-2020 de las Islas Baleares en un 50%.

2. Modificar el apartado 1 del punto 4 del anexo 1 de esta convocatoria, que queda con la siguiente redacción:

«1. El crédito asignado a esta convocatoria plurianual (2019-2020) es de 1.200.000,00 euros, con cargo a los presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan, se pueden aumentar los importes de esta convocatoria.

La asignación presupuestaria tiene carácter plurianual y la distribución máxima por anualidades es la siguiente:

2019: 400.000,00 euros distribuidos de la siguiente forma:

  • 300.000,00 euros a cargo de la partida presupuestaria 12501 542A01 47000 00 FF 31110
  • 100.000,00 euros a cargo de la partida presupuestaria 12501 542A01 48000 00 FF 31110

2020: 800.000,00 euros distribuidos de la siguiente forma:

  • 600.000,00 euros a cargo de la partida presupuestaria 19501 542A01 47000 00 FF 31110
  • 200.000,00 euros a cargo de la partida presupuestaria 19501 542A01 48000 00 FF 31110 »

3. Esta modificación está condicionada a los términos establecidos en el Programa Operativo, la adecuación a los criterios de selección de operaciones pendientes de aprobación del Comité de Seguimiento, así como el cumplimiento de la normativa estatal de gastos subvencionables del FEDER.

4. Comunicar esta Resolución a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicarla en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. La Resolución tiene efectos desde el día de su publicación.

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos en un plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.

Palma, 11 de agosto de 2020

El vicepresidente y consejero de Transición Energética y Sectores Productivos ​​​​​​​Juan Pedro Yllanes Suárez