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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 7300
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a propuesta del director general de Cooperación Local y Patrimonio, por la que se autoriza la cesión de uso gratuita y temporal del despacho núm. 5 del Casal de Consumo situado en calle Indalecio Prieto núm. 14, de Palma, a la Asociación de Usuarios Financieros de las Illes Balears (Exp. SP 134/2020)

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Texto

Con fecha 3 de agosto de 2020, el director general de Cooperación Local y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. Con fecha 12 de febrero de 2020 la Asociación de Usuarios Financieros de las Illes Balears (en adelante, ASUFIN IB) envió por correo electrónico a la Dirección General de Consumo, escrito solicitando la cesión de uso, a su favor, de un despacho en la sede del Casal de Consumo, situado en calle Indalecio Prieto núm. 14, de Palma.

2. Con fecha 17 de febrero de 2020 el director general de Consumo traslada la solicitud a la Secretaría General de la Consejería de Salud y Consumo para que se inicien los trámites oportunos.

3. Con fecha 27 de marzo de 2020 tuvo entrada en la Secretaría General de la Consejería de Salud y Consumo la documentación de ASUFIN IB necesaria para la tramitación de la solicitud.

4. La Consejería de Salud y Consumo dispone de este inmueble. El número del activo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears es el 100000009346 – 0, con referencia catastral 1710505DD7811B0001SM, inscrito en el Registro de la Propiedad núm. 9 de Palma (folio 182, tomo 5986, libro 348, inscripción núm. 19094).

5. Con fecha 29 de junio de 2020, tuvo entrada en la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, oficio de la secretaria general de la Consejería de Salud y Consumo, con documentación para la tramitación de la cesión de uso gratuita y temporal del despacho núm. 5 situado en la calle Indalecio Prieto núm. 14, de Palma.

6. Con fecha 7 de julio de 2020 el director general de Cooperación Local y Patrimonio dio traslado a la secretaria general de la Consejería de Salud y Consumo, de un oficio solicitando la aportación de la documentación restante para poder iniciar el expediente patrimonial.

7. Con fecha 22 de julio de 2020, tuvo entrada en el Registro de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores, un oficio de la secretaria general de la Consejería de Salud y Consumo, adjuntando la documentación solicitada y instando a iniciar el expediente de cesión de uso gratuita y temporal.

8. Con fecha 27 de julio de 2020 se dictó resolución de inicio del expediente de cesión de uso gratuita y temporal por parte del director general de Cooperación Local y Patrimonio del despacho núm. 5 del Casal de Consumo a favor de la Asociación de Usuarios Financieros de las Illes Balears.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 63 y 64, por remisión de los artículos 72, 87.g), y el 88.f), todos ellos de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. Los artículos 128, 129 y 130, por remisión del artículo 142, todos ellos del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

3. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).

4. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).

5. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 2 de agosto).

6. El Decreto 62/2019, de 2 de agosto, por el que se nombra a los altos cargos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 107, de 3 de agosto).

Propuesta de Resolución

Propongo a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores que dicte resolución en los términos siguientes:

1. Autorizar la cesión de uso gratuita y temporal del despacho núm. 5 del Casal de Consumo situado en calle Indalecio Prieto núm. 14, de Palma, a favor de la Asociación de Usuarios Financieros de las Illes Balears.

2. Establecer que la cesión de uso concluirá el 31 de diciembre de cada año, si bien este plazo se podrá prorrogar por periodos anuales. La Asociación deberá manifestar expresamente, con anterioridad a la finalización del año, si desea seguir haciendo uso del local debiendo aportar memoria de las actividades realizadas y las que tiene previstas para el año que confirma.

La cesión de uso está condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:

-Si el bien inmueble y/o los bienes muebles cedidos no se destinasen al uso para los cuales motivaron su cesión, se considerará                         revocada la misma y revertirá en la CAIB, la cual tendrá derecho a percibir del cesionario, habiendo hecho previamente una                             tasación pericial, el valor del deterioro que hayan podido experimentar los bienes.

-El cesionario debe utilizar en exclusiva el local núm. 5, que tiene unas dimensiones de 8,32 m2. Además, se le autoriza el uso de los espacios comunes y sala de reuniones.

3. Notificar esta Resolución a las partes interesadas.

4. Anotar las características de la cesión en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 3 de agosto de 2020

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau

El director general proponente Francesc Miralles i Mascaró