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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y RELACIONES EXTERIORES

Núm. 7299
Resolución de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores, a propuesta del director general de Cooperación Local y Patrimonio, por la cual se autoriza la prórroga de cesión de uso de un despacho en el Casal Ernest Lluch Lluch a la Asociación de Celíacos de las Illes Balears (Exp. DGTPFP 146/2020 PATRIM)

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Texto

En fecha 3 de agosto de 2020, el director general de Cooperación Local y Patrimonio ha formulado la propuesta de resolución siguiente:

Hechos

1. El Ayuntamiento de Palma cedió a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears el edificio situado en la calle de la Rosa núm. 3 de Palma, por un periodo de 99 años, mediante un convenio subscrito el 15 de mayo de 1995 y aprobado en fecha 4 de mayo de 1995 por el Consejo de Gobierno.

2. En fecha 30 de abril de 2004, el entonces consejero de Economía, Hacienda e Innovación y la secretaria de la Asociación de Celíacos de las Illes Balears firmaron un convenio, junto con una acta de entrega, en virtud del cual la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears cedía a la otra parte el uso de un espacio dentro del inmueble situado a la calle de Rosa núm. 3 de Palma, por un periodo de cuatro años a contar desde el día 1 de mayo de 2004 hasta el día 30 de abril de 2008, prorrogable expresamente en periodos de cuatro años.

3. La Resolución del consejero de Economía, Hacienda e Innovación en la cual autorizaba la cesión mencionada se publicó en el BOIB núm. 58, de 27 de abril de 2004.

4. Por este motivo, el 22 de julio de 2020, la consejera de Salud y Consumo propone al director general Cooperación Local y Patrimonio, que inicie el expediente de prórroga por un periodo de cuatro años del Convenio de cesión gratuita y temporal de uso del despacho núm. 312 (antiguo núm. 308), subscrito con la Asociación de Celiacos de las Illes Balears, ubicado en la tercera planta del inmueble del Casal Ernest Lluch, en la calle de Rosa núm. 3 de Palma, que vence el 30 de abril de 2020.

5. Por último, la secretaria general de la Consejería de Salud y Cosnsumo, ha enviado al director general de Cooperación Local y Patrimonio, mediante un oficio con fecha de entrada de 28 de julio de 2020, el expediente de prórroga para el periodo de tiempo que va desde el 1 de mayo de 2020 hasta el 30 de abril de 2024.

Fundamentos de derecho

1. Los artículos 63, 64 y 87 g de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 49, de 24 de abril)

2. Los artículos 128, 129 y 130 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 192, de 24 de diciembre).

3. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 44, de 3 de abril).

4. El Decreto 9/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).

5. El Decreto 10/2019, de 2 de julio, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros de Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 3 de julio).

6. El Decreto 21/2019, de 2 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el cual se modifica el Decreto 12/2019, de 2 de julio, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 106, de 2 de agosto).

7. El Decreto 62/2019, de 2 de agosto, por el cual se nombran los altos cargos de la Consejería de Hacienda y Relaciones Exteriores (BOIB núm. 107, de 3 de agosto).

Propuesta de Resolución

Propongo a la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Autorizar la prórroga de la cesión de uso gratuita y temporal de la parte del inmueble situado en la calle de Rosa núm. 3 de Palma, que se cedió a la Asociación de Celiacos de las Illes Balears mediante el Convenio de 30 de abril de 2004, para el periodo de tiempo d el 1 de mayo de 2020 hasta el 30 de abril de 2024.

2. Establecer, para la cesión, las condiciones siguientes:

a) Se mantienen, para la cesión, las mismas condiciones estipuladas en el Convenio de cesión de 30 de abril de 2004.

b) La cesión gratuita de uso comporta la obligación de la cesionaria de devolver el objeto de la cesión de uso a la Comunidad Autónoma de las Illes Balears cuando finalice el plazo establecido.

c) Si los bienes y los derechos cedidos no se destinan al uso que prevé el acta que autoriza la cesión o dejan de destinarse posteriormente, la cesión se considerará revocada y revertirá en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que tiene derecho a percibir del cesionario, habiendo hecho previamente la tasación pericial pertinente, el valor de los detrimentos o los deterioros que hayan experimentado.

3. Notificar la resolución en la Consejería de Salud y a la Asociación de Celiacos de las Illes Balears.

4. Anotar la cesión de uso gratuita y temporal en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Por todo esto, dicto la siguiente

Resolución

Manifestar la conformidad con la propuesta de resolución y dictar resolución en los mismos términos.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución —que agota la vía administrativa— se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de haberse notificado y publicado la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 3 de agosto de 2020

La consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores Rosario Sánchez Grau

El director general proponente Francesc Miralles Mascaró