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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 7254
Aprobación inicial convenio urbanístico entre el ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia y la entidad Bastiodon, s.l., para la modificación de la ordenación urbanística de la parcela denominada “es Port d’en Nebot”, en cala Vedella, incluida dentro del a.a. 4.4 de este termino municipal

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Texto

La Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el dia 29 de julio de 2020 adoptó, entre otros, el siguiente ACUERDO:

PRIMERO.- Aprobar inicialmente la suscripción ente el Ayuntamiento de Sant Josep de sa Talaia, con CIF nº. P-0704800-B y la entidad Bastiodon, S.L., con CIF nº. B-87749636 de un Convenio Urbanístico de planeamiento para la modificación de la ordenación urbanística de unos terrenos propiedad de citada entidad a Cala Vedella, T. M. de Sant Josep de sa Talaia, consistente en la modificación de la ordenación urbanística de la parcel·la denominada “Es Port d'en Nebot”, sita en Cala Vedella, de este Termino Municipal, con referencia cadastral 5988910CD4058N0001XH y con una superfície de 30.950,37 m2, la cual consta inscrita en el registro de la propiedad nº. 1 de Ibiza con el nº. 33.124, en el Folio 87 del Libro 524, Tomo 1.981, la cual se encuentra incluida en el A.A. 4.4 de Cala Vedella.

SEGUNDO.- Efectuar el trámite de información pública del acuerdo de aprobación inicial del convenio mediante publicación en el BOIB, y en la web o punto de acceso electrónico oficial correspondiente por termino de un mes. 

El anuncio habrá de incluir el contenido íntegro del convenio o indicar expresamente el lugar o el punto de acceso electrónico donde se pueda consultar, para que pueda ser examinao y presentr las alegaciones y sugerencias que se estimen pertinentes.

CUARTO.- Notificar de forma individual a los interesados directamente afectados.

QUINTO.- Una vez transcurrido el plazo par presentar alegaciones a la aprobación inicial, en caso de haberlas, estas se deberán resolver y el acuerdo, ahora inicial, deberá ser aprobado definitivamente por el Pleno del Ayuntamiento por majoria absoluta de sus miembros y este acuerdo y el texto íntegro del Convenio habrán de ser publicados en el BOIB y, en su caso, en el registro de convenios administrativos urbanísticos.”

Lo que se publica para general conocimiento, haciendose saber que el acuerdo, juntamente con el texto íntegro del convenio aprobado ahora inicialmente será accessible desde el siguiente localizador: https://santjosep.sedelectronica.es/board. donde podrá ser examinado y se podran presentar las alegaciones y sugerencias que se estimen pertinentes, por el periodo de 30 días hábiles a contar desde el dia siguiente de esta publicación.

 

Sant Josep de sa Talaia, 6 de agosto de 2020

El  alcalde Josep Marí Ribas