Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE SANT LLUIS
Núm. 7245
Revocación temporal de competencias de la Junta de Gobierno Local
Mediante Resolución de Alcaldía núm. 2020/PRE/0000757, de día 06.08.20, la alcaldesa ha resuelto lo siguiente:
“El Pleno del Ayuntamiento, en sesión de fecha 04.07.2019 acordó fijar la periodicidad semanal de las sesiones de la Junta de Gobierno Local; por otro lado, mediante Resolución de Alcaldía núm. 635, de 24 de junio de 2020, esta Alcaldía delegó el ejercicio de determinadas competencias en la Junta de Gobierno Local.
Atendiendo que tradicionalmente en el mes de agosto no se celebran sesiones de la Junta pero es necesario continuar con la administración ordinaria municipal.
Atendiendo que el artículo 9.6 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público, que establece que la delegación será revocable en cualquier momento, así como los arts. 43 y 44 del Real decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales,
RESUELVO
Primero.- Suspender el régimen de sesiones de la Junta de Gobierno Local desde el día 6 de agosto hasta el día 4 de septiembre.
Segundo.- Revocar temporalmente la delegación de competencias efectuada por Resolución de Alcaldía núm. 635, de 24 de junio de 2019, de forma que las atribuciones delegadas en aquel decreto sean ejercidas por esta Alcaldía desde el día 6 de agosto hasta el día 4 de septiembre.
Tercero.- Las disposiciones contenidas en este Decreto entraran en vigor a partir de la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Cuarto.- Dar cuenta de la presente Resolución al Pleno del Ayuntamiento en la próxima sesión que este órgano celebre.”
Lo que se comunica para general conocimiento.
Sant Lluís, 7 de agosto 2020
La alcaldesa
M. Carolina Marquès Portella