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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE CULTURA, PATRIMONIO Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA

Núm. 7229
Acuerdo de una nueva modificación en la convocatoria de subvenciones plurianual 2019-2020 al fondo de actividades del catálogo de actividades culturales del Consejo Insular de Mallorca (CACIM) por entidades de administración local o los organismos públicos que dependen (CAEM y cultura en xarxa). BDNS: 474281

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Texto

El Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, día 22 de julio de 2020, adoptó, entre otros, el acuerdo que transcribo literalmente a continuación:

» Hechos

1. El 18 de septiembre de 2019 se aprobó, mediante acuerdo del Consejo Ejecutivo, la convocatoria de subvenciones plurianual 2019-2020 al fondo de actividades del catálogo de actividades culturales del Consejo Insular de Mallorca (CACIM) por entidades de administración local o los organismos públicos que dependen (CAEM y cultura en xarxa). Extracto publicado en el BOIB nº 135 de 3 de octubre de 2019.

2. El Consejo Ejecutivo en sesión de 20 de noviembre de 2019 resolvió la mencionada convocatoria. La resolución de concesión se publicó en el BOIB nº 159 de 23 de noviembre.

3. Durante el mes de enero de 2020 se abonó anticipadamente la mitad del importe de todas las subvenciones concedidas, tal como se preveía en la propia convocatoria.

4. El Consejo Ejecutivo, en sesión de 3 de junio de 2020 toma el acuerdo de modificar determinados aspectos de la convocatoria de subvenciones plurianual 2019-2020 al fondo de actividades del catálogo de actividades culturales del Consejo Insular de Mallorca (CACIM) por entidades de administración local o los organismos públicos que dependen (CAEM y cultura en xarxa), atendida la paralización que se había dado durante los últimos meses por la pandemia de la COVID-19.

5. El 14 de julio de 2020, la directora insular de Cultura, ha informado sobre la necesidad de modificar nuevos aspectos de la mencionada convocatoria, por los mismos motivos que en la primera modificación, la situación actual provocada por la pandemia de la COVID-19 y las limitaciones de aspecto social, laboral y económico que se derivan.

Fundamentos de derecho

1. La Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

2. Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el cual se aprueba el reglamento de la Ley 38/2003 general de subvenciones.

3. La Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre del régimen jurídico del sector público.

4. La Ley 8/2000, de 27 de octubre, de consejos insulares.

5. El Reglamento Orgánico del Consejo de Mallorca, aprobado por acuerdo del Pleno del Consejo de Mallorca de 12 de abril de 2018.

6. El Decreto de organización del Consejo de Mallorca y las Bases de ejecución del presupuesto del Consejo de Mallorca del año 2020.

7. El artículo 29 del decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Islas Baleares por paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19.

8. Acuerdo del Pleno del Consejo Insular de Mallorca de 21 de mayo de 2020, de aplicación al Consejo Insular de Mallorca del régimen especial de concesión de subvenciones y otras ayudas, establecido en el Decreto Ley 8/2020, de medidas urgentes y extraordinarias.

Atendidos los antecedentes y los cimientos de derecho expuestos, elevo al Consejo Ejecutivo, la siguiente propuesta de

Acuerdo 

1. Modificar el apartado “15. Justificación de la subvención”, de la convocatoria de subvenciones plurianual 2019-2020 al fondo de actividades del catálogo de actividades del Consejo Insular de Mallorca (CACIM) por entidades de administración local o los organismos públicos que dependen (CAEM y cultura en xarxa), de forma que:

a) se añaden los párrafos siguientes:

Se entenderá que la actividad se ha llevado a cabo cuando la documentación presentada lo justifique, a pesar de que haya podido sufrir algún tipo de modificación respecto a la comunicación inicialmente presentada. La actividad se tendrá que corresponder con la comunicación inicialmente presentada, más allá de los cambios que se hayan podido dar durante su ejecución. La interpretación que realizará el órgano gestor respecto de que la actuación justificada se corresponde con la comunicación presentada tendrá en cuenta la situación y limitaciones provocadas por la COVID-19. Los cambios que haya podido sufrir el desarrollo de la actividad se tendrán que detallar a la memoria técnica (ANEXO 4), junto con la explicación de los motivos que los han generado.

Se delega en el órgano competente para reconocer la obligación derivada de la subvención concedida, la facultad para aceptar la justificación presentada en el supuesto previsto en el artículo 47 de la Ordenanza General de Subvenciones del Consejo de Mallorca.

b) Se modifica la redacción del punto 2 del apartado de la “Memoria Técnica”, en el siguiente sentido:

2. ANEXO 4. Evaluación de las actividades o representaciones llevadas a cabo. Si se tercia, cumplimentación del apartado 9 del anexo: Justificación de los cambios motivados por la situación de alerta sanitaria provocada por la COVID-19.

c) Se modifica el anexo 4 “Evaluación de la actividad cultural del CACIM”, se adjunta el nuevo modelo a cumplimentar como parte integrante de este acuerdo.

2. Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y trasladar las modificaciones realizadas a la Base de datos Nacional de Subvenciones.

Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, podéis interponer el recurso de alzada en el plazo de un mes, contador a partir del día siguiente la publicación. El recurso se puede interponer formalmente ante el Consejo Ejecutivo o ante la Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Mallorca, que es el órgano competente para resolverlo.

Contra la desestimación expresa de este recurso de alzada, podéis interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma que corresponda, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente de recibir la notificación de la desestimación del dicho recurso de alzada.

Si han transcurrido tres meses desde la interposición del recurso de alzada y no habéis recibido la notificación de resolución expresa, se entiende desestimado por silencio y podéis interponer el recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Palma que corresponda, sin limitación de tiempo.

No No obstante lo anterior, podéis interponer, si procede, cualquier otro recurso que consideréis oportuno. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. «

 

Palma, 4 de agosto de 2020

El secretario técnico del Departamento de Cultura, Patrimonio y Política Lingüística Josep Mallol Vicens (Por delegación, resolución de 23/07/2019; BOIB nº 109, de 08/08/2019)

 

 

ANNEX 4 [MODIFICAT ATESA LA SITUACIÓ PROVOCADA PER LA PANDÈMIA DE LA COVID-19]

(Aquest annex s'ha de presentar amb la documentació justificativa i s'ha de presentar un per cada activitat realitzada objecte de la subvenció)

AVALUACIÓ DE L'ACTIVITAT CULTURAL DEL CACIM

(MEMÒRIA TÈCNICA)

1- Dades de l'Ajuntament

Ajuntament

 

Nom de la persona que avalua

 

Càrrec

 

2- Dades generals de l'activitat

Títol de l'activitat

 

Nom del professional, empresa o entitat

 

Data realització

 

Hora

 

Lloc de realització

 

Nombre d'assistents/espectadors

 

Valoració global de l'activitat (1 a 10)

 

 

3- Avaluació del grau de satisfacció dels següents aspectes:

 

1-2

3-4

5-6

7-8

9-10

Qualitat de l'activitat

 

 

 

 

 

Adequació a les edats proposades

 

 

 

 

 

Gestió amb el responsable de l'activitat

 

 

 

 

 

Assistència de públic

 

 

 

 

 

Satisfacció del públic

 

 

 

 

 

Satisfacció de l'entitat programadora

 

 

 

 

 

4- Valoració de l'espai i de l'horari en què s'ha realitzat l'activitat (justificau la resposta):

Espai:

 

Horari:

 

 

​​​​​​​5- Quina difusió heu realitzat des de l'ajuntament?

Cartells

 

Díptics/tríptics

 

Anuncis a publicacions

 

Xarxes socials

 

Whatsapp

 

Web ajuntament

 

Altres (especificar)

 

6- La informació que apareix al Catàleg d'Activitats Culturals (CACIM) és correcte en relació a l'activitat cultural que s'ha desenvolupat?

 

Justificau el perquè

No

 

7- Perfil dels assistents/espectadors a l'activitat cultural:

 

 

 

8- Comentaris/observacions sobre l'activitat duta a terme

 

 

 

9- Justificació dels canvis motivats per la situació d'alerta sanitària provocada per la COVID-19

 

 

 

 

 

 

​​​​​​​___________________, _____ de ______________________ de 20__

 

El representant legal o persona autoritzada de l'entitat beneficiària                                            

(Nom complet i signatura)