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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

FONDO DE GARANTÍA AGRARIA Y PESQUERA DE LAS ILLES BALEARS (FOGAIBA)

Núm. 7183
Resolución del vicepresidente en materia de pesca del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears (FOGAIBA) de traslado de créditos previstos en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 23 de agosto de 2018, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos al amparo de la Estrategia de desarrollo local participativo del Grupo de Acción Local de Pesca de la Asociación Leader Isla de Menorca, en el marco de la medida 4.1.2 del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, correspondientes a los años 2018-2022

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Texto

El 30 de agosto del 2018 se publicó en el BOIB núm. 107 la Resolución del presidente del FOGAIBA de 23 de agosto de 2018, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos al amparo de la Estrategia de desarrollo local participativo del Grupo de Acción Local de Pesca de la Asociación Leader Isla de Menorca, en el marco de la medida 4.1.2 del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, correspondientes a los años 2018-2022. Posteriormente, esta resolución fue corregida por la Resolución del presidente del FOGAIBA de 21 de mayo de 2019, publicada en el BOIB núm. 70, de 25 de mayo de 2019, y fue modificada por las resoluciones de la presidenta del FOGAIBA de 1 de julio de 2019, publicada en el BOIB núm. 89 de 4 de julio de 2019 y de 18 de diciembre de 2019, publicada en el BOIB núm. 171 de 21 de desembre de 2019.

Dicha resolución preveía un total de nueve convocatorias y en el apartado segundo destinaba inicialmente a la primera convocatoria un crédito de 450.000 €, mientras que el resto de convocatorias quedaban sometidas a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar el cumplimiento de las obligaciones generadas. También estableció que, si, una vez finalizado cualquiera de los periodos, no se hubiera agotado el importe máximo previsto inicialmente para cada uno de estos, la cantidad no aplicada se debería trasladar al periodo siguiente mediante una resolución del órgano competente para la concesión de subvenciones, que se debe publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

De acuerdo con ello, mediante la Resolución de la presidenta del FOGAIBA de 1 de julio de 2019, anteriormente mencionada, se acordó trasladar a la segunda convocatoria el crédito sobrante de la primera, así como incrementar en 150.000 € el crédito total, por lo que quedó destinado un crédito final a la segunda convocatoria de 479.197,43 €.

Visto el informe técnico del jefe del Servicio de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca, de fecha 22 de julio del 2020, se determina que, una vez finalizada la tramitación de las solicitudes de la segunda convocatoria, se ha dispuesto de un volumen de subvención de 116.905,68 € y, por lo tanto, se puede trasladar el presupuesto restante, trescientos sesenta y dos mil euros doscientos noventa y un euros con setenta y cinco céntimos (362.291,75 €), a la siguiente convocatoria.

En fecha 18 de enero del 2020 se publicó, en el BOIB núm. 8, el Decreto 1/2020, de 17 de enero, por el que se modifica el Decreto 64/2005, de 10 de junio, de creación del Fondo de Garantía Agraria y Pesquera de las Illes Balears. Con esta modificación se determina que la competencia para resolver los expedientes de subvención convocados en el ámbito de las materias de pesca corresponde al vicepresidente en materia de pesca.

Por todo ello, en virtud de las competencias que tengo atribuidas y a propuesta del Jefe de Ayudas OCM, del Estado y de Pesca del FOGAIBA, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Trasladar a la tercera convocatoria de subvenciones prevista en la Resolución del presidente del FOGAIBA de 23 de agosto de 2018, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas para proyectos al amparo de la Estrategia de desarrollo local participativo del Grupo de Acción Local de Pesca de la Asociación Leader Isla de Menorca, en el marco de la medida 4.1.2 del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, correspondientes a los años 2018-2022, el importe de 362.291,75 €.

Dichas subvenciones están cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca (FEMP) en un 85% y por la Comunidad Autónoma de las Illes Balears en el 15% restante.

Segundo

Esta resolución se debe comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y publicar en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.

 

Palma, 4 de agosto de 2020

El vicepresidente en materia de pesca del FOGAIBA Juan Mercant Terrasa