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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES

Núm. 7173
Resolución del presidente del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) por la cual se nombra directora gerente de la IMAS

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Texto

Hechos

1. La Resolución del presidente del IMAS por la cual se aprueba la convocatoria pública de provisión por el sistema de libre designación del director/a gerente del IMAS, de 28 de mayo de 2020, y que ha estado objeto de publicación al BOIB n.º 103, de 6 de junio de 2020, al BOE n.º 167, de 15 de junio de 2020 y a la Sede electrónica del Consejo de Mallorca.

Esta convocatoria preveía al Anexo Y las características del lugar de trabajo y las funciones y al Anexo II las bases y el Anexo III el modelo de solicitud.

Posteriormente, se emite la Resolución de corrección de errores del Anexo Y de la Resolución del presidente del IMAS, por la cual se aprueba la convocatoria pública de provisión por el sistema de libre designación del director/a gerente del IMAS, de la publicación al BOIB.

3. La Diligencia de 14 de julio de 2020 de la jefa de servicio de Selección y Provisión, en la cual hace constar que han presentado solicitud 11 personas.

4. El Informe de la jefa de servicio de Selección y Provisión de revisión de solicitudes, de 17 de julio de 2020.

5. La Lista provisional de aspirantes seleccionados para la convocatoria el 20 de julio de 2020 de la jefa de Departamento de Recursos Humanos, y se publica en la Sede electrónica otorgando un plazo de 3 días hábiles para enmendar.

El 29 de julio de 2020 ha tenido entrada al Registro del IMAS, escrito de enmienda de documentación del señor Bartolomé Amengual Ventolrà.

6. Valoración por el órgano competente el curriculum vitae y los méritos aportados de cada candidato que ha presentado la solicitud, y de acuerdo con criterios de competencia y experiencia profesionales, resulta que la señora Maria Antònia Mas Bergas es la candidata más idónea y cumple los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria.

7. El Informe sobre la valoración del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 12.1 de los Estatutos del IMAS por parte de Maria Antònia Mas Bergas, de la jefa de Departamento de Recursos Humanos del IMAS de 31 de julio de 2020.

Fundamentos de derecho

1. La normativa general reguladora del abastecimiento de lugares de trabajo por el sistema de libre designación para personal directivo se recoge en los artículos 13 y 80 del Real decreto legislativo 5/2015,de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público; en los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Lugares de Trabajo y Promoción Profesional del Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado; en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto por el cual se regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección; en el artículo 196 de la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares; en los artículos 35 y 79 de la Ley 3/2007, de 27 de marzo, de la función pública de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares; como también en el artículo 3.2, 3.6 y 3.7, en los artículos 28 y siguientes del Decreto 33/1994, de 28 de marzo, por el cual se aprueba el Reglamento de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. El órgano de dirección del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (IMAS) es la Gerencia, en conformidad con el que prevé el artículo 6.b de sus Estatutos, aprobados por el Pleno del Consejo de Mallorca en sesión celebrada el día 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18 de mayo de 2019), adopta la estructura básica siguiente.

Y el/la gerente es la persona titular del máximo órgano de dirección ordinaria de la IMAS, nombrada y cesada por la presidencia de la IMAS, de acuerdo con el artículo 12.1 de los nuevos Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales.

El director o la directora gerente tiene la consideración de personal directivo y queda equiparado a todos los efectos al cargo de secretario técnico, de acuerdo con el artículo 12.2 de los nuevos Estatutos. 

3. El nombramiento tiene que recaer en un funcionario o funcionaria de carrera o laboral de cualquier administración pública o en cualquier profesional del sector privado, titulado/a superior en ambos casos, y con más de cinco años de ejercicio profesional en el segundo. En caso de que tenga la condición de personal laboral, se somete a la relación laboral de carácter especial de alta dirección, de acuerdo con el artículo 12 de los Estatutos del IMAS.

3. El nombramiento y cese del/ de la gerente corresponde al presidente del IMAS, de acuerdo con el artículo 12 de los Estatutos del IMAS, y de acuerdo con la base Quinta del Anexo II de la Convocatoria de referencia.

Hay que indicar, que la Presidencia de la IMAS dispone de un plazo de un mes contador desde el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes para resolver la convocatoria, de 'acuerdo con la base quinta del anexo II de la convocatoria pública de referencia.

4. El plazo para tomar posesión es de tres días hábiles desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, si no implica cambio de residencia de la persona nombrada, o de un mes si esta reside fuera de la isla de Mallorca. El nombramiento de la persona designada permanecerá vigente mientras no se produzca el cese exprés por la Presidencia de la IMAS.

5. Finalmente, hay que constituir la lista de candidatos preseleccionados en esta convocatoria de acuerdo con la base Sexta del Anexo II de la convocatoria de referencia, por el supuesto de finalización de la relación del servicio antes de la finalización de su vigencia por renuncia, dejación o cese por parte de la administración de la IMAS.

Por todo esto, dicto la siguiente 

RESOLUCIÓN    

Primero.- Nombrar a la señora Maria Antònia Mas Bergas con DNI **348*** para ocupar el lugar de directora gerente con las características siguientes:

CÓDIGO  PUESTO

PUESTO DE TRABAJO

DESTINO

NL

FP

TH

SUELDO ANUAL

OBSERVACIONES

AC0010001

DIRECTOR/A GERENTE

PALMA

1

L

07

57.026,60€

Requisitos art.12  Estatutos IMAS

 (BOIB Nº 67, de 18 de mayo de 2019)

Segundo.- Habida cuenta que la directora gerente tiene la condición de personal laboral, queda sometida a la relación laboral de carácter especial de personal de alta dirección.

Tercero.- Constituir la Bolsa de candidatos preseleccionados a la convocatoria pública de provisión por el sistema de libre designación del director/a gerente del IMAS, de acuerdo con el Anexo Y de la presente resolución.

Cuarto.- Notificar esta resolución a la persona interesada y ordenar su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares (BOIB) y a la sede electrónica del Consejo de Mallorca.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución – que no agota la vía administrativa – se puede interponer un recurso de alzada ante el Consejo Ejecutivo del Consejo Insular de Mallorca, en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de haberse notificado (o publicado), de acuerdo con el artículo 124 de la

Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas, y el artículo 28 de los Estatutos del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, aprobados el 11 de abril de 2019 (BOIB n.º 67, de 18-05-2019).

Contra la desestimación exprés del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente al de la notificación de la desestimación del mencionado recurso.

Contra la desestimación por silencio del recurso de alzada podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, en cualquier momento a partir del día siguiente a la desestimación presunta (tres meses desde la interposición del recurso sin que se haya notificado la resolución).

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo esto en conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa, y de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento

Administrativo Común de las administraciones públicas.

 

Palma, 31 de julio de 2020

El presidente Javier de Juan Martin

 

Anexo I  Bolsa de candidatos preseleccionados a la convocatoria pública de provisión por el sistema de libre designación del director/a gerente del IMAS

 

Apellidos, nombre

DNI

Amengual Ventolrà, Bartolomè

***049***

Ariza Martín, Antonio Javier

***940***

Bustamante Polanco, Eva Maria

***882***

Morell Forcades, Juan Luís

***435***

Oneto Carmona, Beatriz

***324***

Torra Torreguitart, Rafael

***731***