Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

CONSEJO INSULAR DE MALLORCA

DEPARTAMENTO DE TERRITORIO

Núm. 7087
Acuerdo de aprobación definitiva de la modificación puntual nº. 1/2018 de las Normas Subsidiarias de Ses Salines, relativa al cambio de clasificación de unos terrenos posteriores a la calle Na Bergues

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

La Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión de día 31 de julio de 2020, ha tomado el acuerdo siguiente:

«Visto el expediente de la modificación puntual número 1/2018 de las normas subsidiarias de planeamiento del municipio de Ses Salines, relativa al cambio de clasificación de unos terrenos, posteriores a la calle Na Bergues del núcleo de ses Salines, que actualmente están clasificados como suelo urbano con calificación Intensiva Baja, por una nueva clasificación de suelo rústico con calificación de área de transición, de acuerdo con los planos de ordenación que se modifican (nº. 2-1, escalera 1:2.000; nº. 1-3, escalera 1:5000 y 3-1, escalera 1:2000), y de acuerdo con el dictamen de la Ponencia Técnica de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en el trámite previsto en el artículo 55.7 de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Islas Baleares, y en el artículo 164 del Reglamento general de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de ordenación y uso del suelo para la isla de Mallorca, esta Comisión Insular acuerda aprobar definitivamente la modificación puntual mencionada».

La publicación de este acuerdo se hace en reserva de la aprobación del acta.

Contra este acuerdo, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso contencioso administrativo delante de la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears, en el plazo de dos meses, contadores a partir del día siguiente a la publicación del presente acuerdo. Todo eso de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente.

 

Palma, 31 de julio de 2020

El secretario de la Comisión Insular de Ordenación del Territorio y Urbanismo

Jaume Munar Fullana