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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

CONSEJO DE GOBIERNO

Núm. 7030
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 31 de julio de 2020 por el cual se decide que un importe de 2.510.000 de euros, correspondiente a los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, respecto de los cuales se declaró que no se ejecutarán en el marco de los planes anuales correspondientes, se debe imputar al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), de acuerdo con lo que prevé el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, y se concreta su destino

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Texto

La gestión de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19 obligó a parar buena parte de la economía de nuestras islas, así como del resto del Estado español, una medida también adoptada en la inmensa mayoría de países europeos y en todo el mundo. Como es evidente, esta parada de la actividad está teniendo consecuencias muy graves sobre la economía balear, con el añadido que la propia especialización productiva isleña, centrada con el turismo, el cual cuenta con un peso superior al 26 % del PIB balear, ha provocado que la incidencia de la parada se mantenga una vez que se ha permitido la reactivación económica.

En términos del mercado de trabajo, los efectos de la parada económica y la incertidumbre ante una temporada turística de muy baja intensidad no se han hecho esperar. Con datos de final de junio, la ocupación ha caído interanualmente en 85.000 personas, un -14.7 %. A estas cifras hay que tener en cuenta que 121.000 personas continuaban afectadas por ERTE, lo que supone un número potencialmente alto de personas que pueden pasar a la situación de desocupación.

En términos de paro, la crisis sanitaria, con las consecuencias sobre las dificultades de poner en marcha la temporada turística, ha provocado que el paro haya pasado de 38.000 personas en el mes de marzo a más del doble ya en el mes de mayo, con 74.000 personas.

Para paliar los efectos de esta crisis, la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB), ente adscrito a la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, por medio de  la Dirección General de Turismo, tiene previsto aprobar los siguientes proyectos previstos en el eje 7 “Mejora del turismo y estrategia de reactivación turística” del Pacto para la reactivación y la diversificación económica y social de las Illes Balears:

96 — Realzamiento de la valía de los destinos de Mallorca, Menorca, Ibiza y Formentera como destinos turísticos excelentes y seguros para destino potencial post-COVID-19:

Generación de una estrategia que permita planificar y realizar campañas tanto en mercados emisores internacionales como en nacionales, que vayan encaminadas a potenciar la imagen de la marca turística de las Illes Balears (Mallorca-Menorca-Ibiza-Formentera) como un destino sanitariamente seguro y de calidad con el fin de mitigar los efectos negativos de la situación provocada por la COVID-19.

98 — Dinamización del sector turístico con el impulso de los segmentos estratégicos:

Impulso del sector turístico de las Illes Balears, mediante el posicionamiento de los valores de las marcas turísticas y la dinamización del sector empresarial mediante la monitorización de los nuevos hábitos de consumo y canales de distribución y comercialización, entre otros, haciendo un análisis completo del mercado y campañas relevantes de comunicación.

99 — Reactivación del sector turístico mediante la comunicación y promoción de actividades y acontecimientos:

Apoyo a los eventos y proyectos que aportan valor añadido al destino y mejoran la agenda de actividades de las islas, dado que suponen un claro incremento del atractivo del destino, de la calidad de la oferta turística y del producto turístico dentro del territorio de las Illes Balears.

100 — Mejora de la calidad de la oferta:

Dinamización del sector empresarial invirtiendo en la formación de los profesionales de las Illes Balears para asegurar la calidad del servicio y fomentar el turismo familiar y sostenible ligado a la oferta de deporte, cultura, patrimonio, gastronomía y respetuoso con el medio ambiente.

101 — Potenciación de la conectividad aérea y marítima de las Illes Balears:

Potenciar la conectividad aérea y marítima de las Illes Balears, mediante la publicación de una convocatoria pública para la realización de campañas de co-marketing con líneas aéreas y compañías marítimas encaminadas a potenciar y aumentar la conectividad aérea y marítima de las Illes Balears.

 

102 — Realización de un proyecto de inteligencia turística basado en los datos masivos (big data) que ayude a analizar la demanda turística de manera segmentada:

Análisis de la demanda de la actividad turística en los diferentes destinos de las Illes Balears segmentado por producto turístico y su posterior explotación y análisis para afinar la estrategia de sostenibilidad como elemento de merma de los impactos de la actividad turística y la mejora del posicionamiento internacional de las Illes Balears.

103 — Acciones para la potenciación de la diferenciación de productos turísticos complementarios al de sol y playa:

Mejora de la comercialización y la especialización del destino impulsando una mayor especialización de la oferta, desarrollando nuevas formas de comercialización en las que estén presentes la innovación, la diferenciación y la calidad creando productos turísticos que permitan la desestacionalización y la diferenciación del destino destacando los siguientes segmentos: deportes, turismo activo, ecoturismo, MICE, lujo, salud y bienestar, cultura y gastronomía. Todos los productos tienen como nexo común un alto grado de especialización y de adaptación a cada segmento de mercado con el objetivo de fomentar un turismo de alto valor añadido que permita una mayor diferenciación y mejor comercialización de una oferta dimensionada y moderna, eficiente y adaptada a las necesidades actuales de sostenibilidad y accesibilidad.

104 — Promoción e impulso del turismo social:

Ejecución de un Programa de Turismo Social, con el objetivo de potenciar la actividad turística entre diferentes colectivos que tienen cierta dificultad como pueden ser el sénior, el juvenil, el escolar y el de personas con capacidades diversas para favorecer la actividad turística durante todo el año y, por tanto, la creación y mantenimiento de empleo en el sector turístico, con especial incidencia en el hotelero, durante la denominada temporada baja, contribuyendo también a paliar la estacionalidad del sector.

105 — Plan de fomento del turismo sostenible. Impulso de la economía circular y verde en la planta hotelera:

Potenciación de la economía circular y verde en la planta hotelera de las Illes Balears, con especial énfasis en la gestión de residuos y del agua y la eficiencia energética para conseguir una gestión de los recursos más buena y un valor añadido sobre el establecimiento hotelero.

Por otro lado, mediante el Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, se declaró que se consideran de ejecución estratégica los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 1 que se adjunta al Acuerdo mencionado, según la excepción prevista en el primer párrafo in  fine del artículo 36.1 del Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19. Así mismo, se declaró que no se ejecutarán los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 2 que se adjunta al Acuerdo mencionado, y por el importe que se establece en el mismo anexo, según el último párrafo del artículo 36.1 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado, sin perjuicio de su financiación posterior a cargo de ejercicios futuros. Finalmente, el Acuerdo mencionado declaró que el resto de proyectos que constan relacionados en el anexo 3 que se adjunta al Acuerdo mencionado pueden seguir su curso, de acuerdo con las condiciones y los requisitos resultantes de los planes respectivos y las resoluciones de aprobación de cada proyecto, y el importe máximo que se establece en el mismo anexo.

Hay que tener en cuenta que el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado prevé que:

2. Las aplicaciones que, en forma de proyectos o de líneas de gasto o inversión, acuerde el Consejo de Gobierno, que se tienen que imputar al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), al cual hace referencia el artículo 11 del Decreto Ley 4/2020, de 20 de marzo, de medidas urgentes en materia de contratación, convenios, conciertos educativos y subvenciones, servicios sociales, medio ambiente, procedimientos administrativos y presupuestos para hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19, se tienen que publicar en el Boletín Oficial de las Illes Balears, e implicarán la autorización previa al consejero o al órgano competente para la autorización del gasto a que se refiere el artículo 72.2 de la Ley 14/2014, de 29 de diciembre, de finanzas de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y también para la suscripción del contrato, la subvención, el convenio o el negocio jurídico correspondiente en cada caso, en los casos en que la legislación presupuestaria o sectorial establezca la necesidad de esta autorización previa.

Así, mediante el presente Acuerdo, se decide que un importe total de 2.510.000 de euros, correspondiente a los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, respecto de los cuales se declaró que no se ejecutarán en el marco de los planes anuales correspondientes, se debe imputar al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), de acuerdo con lo que prevé el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado, y, en concreto, se debe destinar a los programas descritos en el eje 7 “Mejora del turismo y estrategia de reactivación turística” del Pacto para la reactivación y la diversificación económica y social de las Illes Balears.

Dado que se han agotado los recursos presupuestarios relativos a este ejercicio, se deberán realizar los correspondientes expedientes de generación de crédito que hagan falta en los estados de gastos del presupuesto corriente, a cargo de los recursos liberados como consecuencia de la anulación de las obligaciones reconocidas a las cuales hace referencia el último párrafo del artículo 36.1 del Decreto ley 8/2020, ingresados en la cuenta no presupuestaria que determine la Intervención General de la Comunidad Autónoma. Todo esto de acuerdo con lo que prevé el artículo 36.3 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado.

Este Acuerdo se toma sin perjuicio que se puedan tomar otros acuerdos posteriores que decidan que otros proyectos o líneas de gasto o inversión se imputen en el programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), de acuerdo con lo que prevé el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado.

Dado lo anterior, a propuesta conjunta de la consejera de Hacienda y Relaciones Exteriores y del consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo, el Consejo de Gobierno en la sesión del día 31 de julio de 2020, adopta, entre otros, el Acuerdo siguiente:

Primero. Decidir que un importe total de 2.510.000 de euros, correspondiente a los proyectos aprobados en el marco de los planes anuales de impulso del turismo sostenible que constan relacionados en el anexo 2 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 10 de julio de 2020, respecto de los cuales se declaró que no se ejecutarán en el marco de los planes anuales correspondientes, se debe imputar al programa presupuestario de gasto 413G (acciones públicas relativas a la COVID-19), de acuerdo con lo que prevé el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020, de 13 de mayo, de medidas urgentes y extraordinarias para el impulso de la actividad económica y la simplificación administrativa en el ámbito de las administraciones públicas de las Illes Balears para paliar los efectos de la crisis ocasionada por la COVID-19. En concreto, este importe se debe destinar a la financiación de los proyectos previstos en el eje 7 “Mejora del turismo y estrategia de reactivación turística” del Pacto para la reactivación y la diversificación económica y social de las Illes Balears, a cargo de la Agencia de Estrategia Turística de las Illes Balears (AETIB), ente adscrito a la Consejería de Modelo Económico, Turismo y Trabajo.

Segundo. Determinar que, de acuerdo con el artículo 36.2 del Decreto ley 8/2020 antes mencionado, en relación con el artículo 10.2 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears para el año 2020, modificado por el apartado 1 de la disposición final novena del Decreto ley 8/2020, este Acuerdo implica la autorización previa al consejero de Modelo Económico, Turismo y Trabajo para ejercer la competencia en materia de autorización y disposición del gasto del expediente de transferencia a la AETIB destinado a la financiación de los proyectos previstos en el eje 7 “Mejora del turismo y estrategia de reactivación turística” del Pacto para la reactivación y la diversificación económica y social de las Illes Balears, por un importe de 2.510.000 de euros, a cargo de la partida presupuestaria 12201/G/413G01/74101/00 para el año 2020.

Tercero. Publicar este Acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Palma, 31 de julio de 2020

La secretaria del Consejo de Gobierno

Pilar Costa i Serra