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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO DE ESTUDIOS BALEARICOS

Núm. 6945
Extracto de la Resolución de la presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos de 28 de julio de 2020 por la que se convocan subvenciones para apoyar a la edición y la promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears durante el año 2020

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

BDNS 517832

De acuerdo con lo previsto en los artículos 17.3 y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios

Son beneficiarias de estas líneas de subvención las personas jurídicas o físicas que estén dadas de alta de una actividad económica en epígrafes relacionados con la edición editorial.

Segundo. Objeto y finalidad

2.1. Esta convocatoria tiene por objeto contribuir a la proyección de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears de carácter profesional durante el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2019 y el 30 de noviembre de 2020, con el fin de fomentar el intercambio y la relación cultural entre Mallorca, Menorca, Eivissa y Formentera y entre las Illes Balears y el exterior, y de paliar los efectos directos de las medidas relacionadas con la pandemia COVID-19.

2.2. Se establecen dos líneas de subvención:

a) Apoyo a la edición de proyectos editoriales vinculados a la proyección exterior del libro, independientemente de su apoyo, sea físico y/o digital, y de su formato, que se concreten en:

— Edición de traducciones de obras de autores naturales o residentes en las Illes Balears con distribución fuera del territorio de las Illes Balears.

— Edición de originales de autores naturales o residentes en las Illes Balears.

— Edición de traducciones al catalán de obras universales que sean publicadas por editoriales de las Illes Balears; editoriales que acrediten que el 50 % de los contratos laborales o servicios contratados se han ejecutado en el último año en las Illes Balears o proyectos editoriales cuya actividad subvencionada tenga lugar en el territorio de las Illes Balears.

— Digitalización de obras de autores de las Illes Balears que forman parte del patrimonio literario de nuestra comunidad.

Estos proyectos editoriales van acompañados de un proyecto de promoción exterior del libro (distribución nacional o internacional, promoción en entorno digital, promoción en redes, participación a encuentros telemáticos o presenciales, presentación fuera de la isla de residencia, difusión en plataformas de ferias profesionales, etc.).

Se pueden contabilizar e incluir los gastos siguientes:

- traducción

- corrección

- adelanto de los derechos de autor

- impresión

- diseño y maquetación

b) Apoyo a actividades de promoción de la literatura, el pensamiento, el cómic y la ilustración de las Illes Balears.

 

Se pueden solicitar ayudas para:

— La organización de presentaciones de una obra o un autor de las Illes Balears así como conferencias, mesa redondas y seminarios, fuera de su isla de residencia o en formato digital.

— La participación de los profesionales de las Illes Balears en ferias, festivales y jornadas profesionales.

— La producción de material gráfico y audiovisual asociado a la promoción de autores baleares.

Se pueden contabilizar e incluir los gastos derivados de:

— El desplazamiento de personas y carga. Solo se aceptan los billetes en clase turista.

— El alojamiento, siempre que se pueda justificar con facturas, con un máximo de 100 € por persona y noche.

— Los honorarios de personas y la contratación de servicios profesionales.

— La producción de material gráfico y audiovisual.

— El kilometraje en los desplazamientos por carretera que no se hagan en transporte público, con un precio máximo de 0,240141 euros por kilómetro.

En el caso de la asistencia a ferias o acontecimientos dedicados a la venta directa al público por parte de empresas de las Illes Balears solo será subvencionable:

— El 25 % del coste del alquiler del espacio.

— El 50 % del desplazamiento de las personas vinculadas a la empresa solicitante, con un máximo de dos personas.   

Tercero. Bases reguladoras

Orden de la consejera de Educación y Cultura de 1 de julio de 2009 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de educación y cultura (BOIB núm. 100, de 11 de julio).

Cuarto. Importe e imputación presupuestaria

El crédito asignado a esta convocatoria es de 240.000 € (doscientos cuarenta mil euros) con cargo al capítulo 4 del presupuesto del IEB de 2020, con la distribución siguiente:

— línea a): 220.000 € (doscientos veinte mil euros)

— línea b): 20.000 € (veinte mil euros)

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOIB y estará abierto hasta el día 15 de octubre de 2020.

 

Palma, 28 de julio de 2020

La presidenta del Instituto de Estudios Baleáricos Pilar Costa Serra