Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
ESCUELA BALEAR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (EBAP)
Núm. 6906
Resolución de la consejera de Administraciones Públicas y Modernización de 15 de julio de 2020, de corrección de los errores observados en la Resolución de 22 de junio de 2020 por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de la exclusión, del concurso para constituir una bolsa extraordinaria para cubrir con carácter de interinidad, plazas vacantes del cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad psicología, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illles Balears, en las islas de Mallorca y Eivissa
Hechos
1. Con fecha de 7 de noviembre de 2019 se publicó la resolución de día 23 de octubre de 2019 por la que se convocaba un concurso para constituir una bolsa extraordinaria para cubrir, con carácter de interinidad, plazas vacantes del cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad psicología, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en las islas de Mallorca y Eivissa.
2. Mediante la Resolución del 22 de junio de 2020 se aprobaron las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, del concurso para constituir una bolsa extraordinaria para cubrir con carácter de interinidad, plazas vacantes del cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad psicología, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en las islas de Mallorca y Eivissa.
3. Se ha advertido un error en el anexo 2 de la Resolución mencionada en el punto anterior, relativo a la exclusión de una persona aspirante que ha acreditado la titulación exigida en el plazo de presentación de subsanaciones.
Fundamentos de derecho
1. El artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que dice “Las administraciones públicas pueden rectificar, así mismo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos”.
2. El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.
Por todo ello, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN
1. Corregir los errores advertidos en la Resolución de 22 de junio de 2020 por la que se aprueban las listas definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas, con indicación de las causas de exclusión, del concurso para constituir una bolsa extraordinaria para cubrir con carácter de interinidad, plazas vacantes del cuerpo facultativo superior, escala humanística y de ciencias sociales, especialidad psicología, de la Administración especial de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, en las islas de Mallorca y Eivissa, y añadir al anexo 1 (lista definitiva de personas admitidas) a Antonia Banegas Navarro que constaba excluida y que se declara definitivamente admitida.
2. Eliminar del anexo 2 (lista definitiva de personas aspirantes excluidas) la persona aspirante indicada en el apartado anterior.
3. Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y en el web <http://oposicions.caib.es>.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la consejera de Administraciones Públicas y Modernización, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con los artículos 123 i 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
Palma, 15 de juliol de 2020
La consejera de Administraciones Públicas y Modernización Isabel Castro Fernández
ANEXO 1 Corrección de error advertido
Anexo 1
Lista definitiva de personas admitidas
1. Se añade a la lista definitiva de personas admitidas, la persona siguiente:
DNI Nombre
***2360* BANEGAS NAVARRO, ANTONIA
Anexo 2
Lista definitiva de personas aspirantes excluidas
2. Se elimina de la lista definitiva de personas aspirantes excluidas, la persona indicada en el punto anterior.